Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2003 (02/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 2 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 192º inciso 5) de la Constitucion Politica del Estado, concordante con lo dispuesto por el articulo 10º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que las Municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, el articulo 62º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que corresponde a las municipalidades, segun el caso, planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes, el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales; Que, la Ley Nº 27314 "Ley General de Residuos Solidos" establece que la gestion de los residuos solidos en el MORDAZA debe tener un manejo integral y sostenible, mediante la articulacion, integracion y compatibilizacion de las politicas, planes, programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestion del manejo de los residuos solidos, estableciendo nuevas competencias y obligaciones de las Municipalidades; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27314, senala nuevas atribuciones y responsabilidades en el manejo de los residuos solidos de caracter metropolitano, estableciendo las funciones de planificar, autorizar, supervisar, fiscalizar y sancionar el adecuado manejo de los residuos solidos en la provincia de Lima; Que, el articulo 46º de la Ley Nº 27314 responsabiliza a las municipalidades provinciales la realizacion de auditorias ambientales en el manejo de los residuos solidos en la provincia de Lima; Que, la Ordenanza Nº 295 del 27 de octubre 2000, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, establece el "Sistema Metropolitano de Gestion de los Residuos Solidos", y mediante Decreto de Alcaldia Nº 147 del 10 diciembre del 2001, aprueba su reglamento, con el fin de establecer los procedimientos tecnicos y administrativos que se debe observar para el adecuado manejo de los residuos solidos en la provincia de Lima; Que, la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que a partir de enero del ano 2003, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, asumira nuevas competencias y funciones regionales, siendo una de ellas promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad; Que, un sin numero de actividades urbanas vienen produciendo efectos severos y adversos a la salud publica y de no establecerse politicas ambientales metropolitanas oportunas, el deterioro del ambiente no garantizara escenarios futuros de productividad y desarrollo economico local; Que, la actual estructura funcional, combina funciones sobre areas tematicas muy divergentes con la gestion ambiental propiamente dicha, como registros publicos, servicios basicos y hasta poco de ornato. Por otro lado las propias funciones ambientales se encuentran en gran medida concentradas sobre el area del Cercado de Lima; por ello no existe una estructura funcional idonea para el gobierno metropolitano en materia ambiental; Que, es indispensable una vision mas amplia, la capacidad organizativa estrategica, cuerpo normativo, recursos humanos, capacidad de anticipacion y de prevencion, identificacion de impactos, evaluacion ambiental de estudios de inversion y una vision integrada del medio ambiente metropolitano y de toda la Corporacion en su responsabilidad directa e indirecta con el ambiente; Que, la autoridad local requiere de un nivel organicofuncional especializado y completo que ejerza jurisdiccion sobre todos los componentes del ambiente que inciden en la calidad de vida. De esta manera la organizacion municipal fortalecida podra impulsar la gobernabilidad ambiental y contribuir al gobierno metropolitano con la ejecucion de normas, su aplicacion y control, en la mejora del medio ambiente; Que, a la fecha la Municipalidad de MORDAZA, no cuenta con una instancia municipal Metropolitana de gestion y supervision, responsable de coordinar y realizar acciones que contribuyan con la implantacion y sostenibilidad del Sistema del Medio Ambiente y del Sistema Metropolitano de Residuos Solidos; Que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia Nº 141 de fecha 14 de octubre de

2002, ha aprobado los Objetivos Estrategicos para el periodo 2003 - 2003, en el cual se establecen objetivos estrategicos para "Hacer de MORDAZA una MORDAZA con calidad de MORDAZA y ambientalmente sustentable"; Por lo MORDAZA mencionado es conveniente establecer un MORDAZA organo funcional especializado; organo que establezca jurisdiccion ambiental MORDAZA sobre el espacio metropolitano, ejerza la defensa integral del ambiente y promueva la educacion y la prevencion sobre temas ambientales de interes general y publico, por lo que es necesario actualizar el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Edicto Nº 021 de fecha 1 de MORDAZA de 1985, modificado por el Edicto Nº 047 del 23 de MORDAZA de 1997 y demas modificatorias creando la Direccion Municipal de Gestion Ambiental; Estando a lo acordado y con la opinion favorable de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente a traves de su Dictamen Nº 005-2002-MML/CSCMA, aprobado en Sesion Nº 009-2002, del 28 de MORDAZA de 2002; con el VºBº del Director General de Planificacion y Director Municipal Metropolitano, y con cargo a dar cuenta en Sesion de Concejo; SE RESUELVE:: Articulo 1º.- Modifiquese el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por Edicto Nº 021 modificado por el Edicto Nº 047 del 23 de MORDAZA de 1987 y demas modificatorias, en lo concerniente a la Direccion Municipal de Servicios a la MORDAZA, la cual es sustituida en su texto, por la Direccion Municipal de Gestion Ambiental: "DIRECCION MUNICIPAL DE GESTION AMBIENTAL Articulo 96º.- La Direccion Municipal de Gestion Ambiental es un organo de linea, encargado de dirigir y ejecutar la politica del Concejo y Alcaldia en materia ambiental, siendo responsable ante estas instancias de gobierno de cumplirlas a traves de las actividades y programas correspondientes. Esta a cargo de un Director Municipal. Articulo 97º.- La Direccion Municipal de Gestion Ambiental tiene como objetivos la proteccion, promocion y conservacion del ambiente a fin de garantizar una adecuada calidad de MORDAZA, tendiente a lograr el desarrollo integral de la poblacion metropolitana. Proponer politicas para contribuir al desarrollo sostenible, entendido este como un MORDAZA equilibrio entre el desarrollo social y economico local, sustentado en el uso racional y sostenible de los recursos naturales y la proteccion del ambiente de la provincia de Lima. Articulo 98º.- Son funciones de la Direccion Municipal de Gestion Ambiental las siguientes: a. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas en materia ambiental en el ambito de su competencia, asi como el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. b. Formular politicas de control de emision e inmision de contaminantes, asi como el transporte de sustancias y desechos toxicos o peligrosos. c. Formular y ejecutar planes, programas y proyectos en materia ambiental. d. Formular, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de Accion y Presupuesto de la Direccion Municipal de Gestion Ambiental. Asi mismo, evaluar y proponer los objetivos estrategicos para la Gestion Ambiental, que oriente durante los periodos de gestion municipal las acciones en esta materia, dentro del MORDAZA del respectivo Plan Estrategico. e. Proponer al Concejo Metropolitano normas, reglamentos orientados a prevenir, controlar o mitigar los impactos ambientales negativos generados por las actividades socioeconomicas, tendientes a la preservacion, proteccion y conservacion del ambiente y los recursos naturales. f. Establecer requisitos y procedimientos de evaluacion ambiental en la gestion e implementacion de actividades socioeconomicas existentes, por planificar o implementar a fin de reducir potencialmente efectos que alteren al ambiente o la salud publica. g. Promover, coordinar y ejecutar planes integrales de manejo o recuperacion ambiental de los recursos naturales. h. Asesorar y coordinar el desarrollo de las distintas actividades que se relacionen con el ambiente y que requieren un desarrollo integrado entre los organos funcionales de la Corporacion Municipal. Asi mismo emitira

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