Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2003 (02/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 2 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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e. Realizar analisis de los componentes ambientales: agua, aire, suelo, subsuelo, riberas maritimas, fluviales y lacustres, mediante el monitoreo y evaluacion ambiental. f. Interpretar y evaluar los resultados de estudios de monitoreo ambiental y su relacion con la salud publica, definiendo las acciones correctivas necesarias. g. Realizar y coordinar acciones relativas a la investigacion interdisciplinaria en materia ambiental y sus implicancias interinstitucionales y transectoriales. h. Realizar auditorias ambientales a las empresas o entidades publicas o privadas dentro del ambito de su competencia, respecto de los sistemas de explotacion, almacenamiento, transporte, produccion, transformacion, comercializacion, uso o disposicion de desechos, de compuesto o actividades que por su naturaleza constituyen riesgo potencial para el ambiente o salud publica, verificando las medidas y capacidad de las empresas para prevenir y actuar en caso de contingencias o emergencias ambientales. i. Determinar como resultado de las auditorias ambientales, las medidas correctivas o preventivas acciones, estudios, proyectos, obras, programas o procedimientos que debera realizar la empresa u organismo auditado, asi como los plazos para su cumplimiento y dar seguimiento a tales medidas. j. Disenar e implementar los terminos de referencia, ejecucion o revision de estudios de evaluacion ambiental de actividades socioeconomicas y de proyectos de inversion a fin de determinar su viabilidad ambiental. k. Difundir, capacitar y educar a los ciudadanos para promover la cultura de prevencion y el control del deterioro ambiental. l. Promover el desarrollo empresarial y la competitividad de los operadores que manejan los residuos solidos m. Implementar y administrar un registro de empresas publicas o privadas debidamente calificadas para elaborar estudios de evaluacion ambiental o realizar actividades relacionadas con el saneamiento ambiental. n. Otorgar certificaciones ambientales a las entidades que desarrollan actividades comerciales, industriales, de servicios y otros con potencial de afectacion o degradacion al ambiente. o. Otras funciones que le asignen. Articulo 2º.- Establecer que la Direccion Municipal de Gestion Ambiental, en un plazo no mayor de 180 dias contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, propondra a la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente el Plan Estrategico para la Gestion Ambiental de MORDAZA Metropolitana. Articulo 3º.- Establecer que de conformidad con el articulo 209º de la Ley Nº 27444 - Ley General de Procedimientos Administrativos, las apelaciones en contra de lo resuelto por la Direccion Municipal de Gestion Ambiental, seran resueltas en MORDAZA y MORDAZA instancia por la Alcaldia Metropolitana. Articulo 4º.- Encarguese al Director Municipal Metropolitano las acciones de implementacion que se requieran, en cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolucion. Articulo 5º.- Establecer que la Direccion Municipal de Gestion Ambiental se constituye sobre la base de los bienes patrimoniales, personal, recursos presupuestales y acervo documentario de los Proyectos Especiales de Recuperacion Ambiental del Area Metropolitana - PRAAM, Supervision Municipal de Servicios de Limpieza - SUMSEL, Brigada Ecologica y de la Autoridad Municipal de Proteccion de los Pantanos de MORDAZA - PROHVILLA, de la Direccion Municipal de Servicios a la MORDAZA, y de su Direccion de Ecologia. Articulo 6º.- Derogase los articulos Nºs 106º, 107º, y 109º, del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Edicto Nº 021 del 1 de MORDAZA de 1985, modificado por el Edicto Nº 047 del 23 de MORDAZA de 1987 y demas modificatorias; y derogase las disposiciones que se opongan a la presente. Articulo 7º.- Desactivar la Direccion Municipal de Servicios a la MORDAZA y sus Direcciones de Ecologia y de Servicios Basicos. La mision, funciones y competencias de la Direccion de Servicios Basicos deberan ser asumidas por la Direccion de Obras y Renovacion MORDAZA de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano. Articulo 8º.- Desactivar los Proyectos Especiales denominados: "Recuperacion Ambiental del Area Metropolitana", "Brigada Ecologica" y "Supervision Municipal de Servicios de Limpieza" creados en via de regularizacion por Decreto de Alcaldia Nº 108-98.

Articulo 9º.- Incorporar a la estructura organica y funcional de la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social, como organo dependiente de MORDAZA, a la Direccion de Registros Civiles, con las funciones que fueron aprobadas con el Edicto 021, modificado por el Edicto Nº 047 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 10º.- Establecer que la presente Resolucion de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA ORGANIGRAMA DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE GESTION AMBIENTAL
DIRECCION MUNICIPAL DE GESTION AMBIENTAL

DIRECCION DE PLANEAMIENTO AMBIENTAL

DIRECCION DE OPERACIONES AMBIENTALES

DIRECCION DE CALIDAD AMBIENTAL

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MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Modifican articulo de resolucion que aprobo proyectos de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 482-2002/MDC Carabayllo, 20 de diciembre de 2002 VISTO; El expediente Nº 7915-02-A y 9877-02-A, seguido por la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, donde comunican la existencia de un error material en la R.A. Nº 055-2002/MDC, el Exp. Nº 7750-02-S, seguido por SERPAR - MORDAZA, donde solicitan precisar el MORDAZA Parrafo del Art. 5º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas en la emision de la R.A. Nº 055-2002/MDC, y el Exp. Nº 9793-02-P seguido por Promotora de Vivienda "Atlantida" S.R.L., donde solicita la modificacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 055-2002/MDC. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 055-2002/ MDC, se aprobo la Habilitacion MORDAZA Via Regularizacion para uso de vivienda R-4 del terreno de 35,000.00 m2 de propiedad de Promotora de Vivienda "Atlantida" S.R.LTDA., de acuerdo al Plano signado con el numero 004-2001-DIDUR/MDC, constituida por la parcela Nº 201 del ex fundo Caudivilla, Huacoy y Punchauca, ubicada en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; Que, al haberse encontrado un error involuntario en la emision de la Resolucion de Alcaldia Nº 055-2002/MDC, se modifica el Articulo MORDAZA de la parte resolutiva de la citada Resolucion, mediante R.A. Nº 095-2002/MDC; Que, con R.A. Nº 7352-MML del 14-10-2000, se dispone la reserva de un area de 76,627.25 m2 para el Patio - Taller Norte de la AATE, especificandose que en la propiedad de la Promotora de Vivienda Atlantida se reserva un area de 2,949.50 m2; Que, en el Articulo MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 055-2002/MDC, se senala como area con zonificacion OU destinado para Tren Electrico 2,599.00 m2, area menor al dispuesto por la R.A. Nº 7352-MML;

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