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PÆg. 236583 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de enero de 2003 larizaciones y procedimientos establecidos por los Artícu- los 30º y 31º del Reglamento de Acondicionamiento Territo- rial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Que, la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano mediante Dictamen Nº 123-2002-MML-CDU, ha emitidoopinión favorable a la petición del Cambio de Zonificación; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Único.- Modifíquese el Plano de Zonificación Ge- neral de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de La Molina de Residencialde Baja Densidad R2 a Comercio Vecinal C-2 de las manzanasI, O, P y V de la Urb. Covima y de las manzanas A y V de la Urb.Santa Patricia III Etapa, ubicada en las cuadras 11, 12 y 13 dela Av. Los Constructores, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; recomendando a la Municipalidad Dis- trital, elaborar un estudio de la sección vial de la Av. Los Cons-tructores, según lo establecido en la Ordenanza Nº 198-MMLcon respecto a la solución de estacionamientos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 00135 ORDENANZA Nº 470 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de la fecha el Documento Sim- ple Nº 10744-02 (Exp. Nº 12244-2-2000), seguido por Cons-tructora SABRE S.A. - COSABRE S.A., solicitando la resti- tución de la zonificación de Comercio Vecinal - C2 a Comer- cio Sectorial - C3, del terreno de 17,737.00 m2 denomina-do Parcela Rústica Nº 1, ubicado en la Av. La Molina Este,distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º inciso 2) de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades Nº 23853 y el Artículo 3º del Regla-mento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 85-VC, corresponde a las Municipalidades Provinciales através de sus Concejos Municipales, aprobar mediante Or-denanza los Planes Urbanos, que en el caso de la provinciade Lima se denomina Plan de Desarrollo Metropolitano; Que, las modificaciones y actualizaciones del Plan de Desarrollo Metropolitano se encuentran sujetas a las regu- larizaciones y procedimientos establecidos por los Artícu-los 30º y 31º del Reglamento de Acondicionamiento Territo-rial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y la OrdenanzaNº 134 del 19 de diciembre de 1997; Que, la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano mediante Dictamen Nº 125-2002-MML-CDU, ha emitido opinión favorable a la petición del cambio de zonificación; De conformidad con lo establecido en el artículo 134º inci- sos 2), 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,los artículos 18º, 24º, 26º y 30º del Reglamento de Acondiciona-miento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, apro- bado por Decreto Supremo Nº 007-85-VC y la Ordenanza Nº 134 del 19 de diciembre de 1997; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo Primero.- Modifíquese el Plano de Zonificación de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a Mediano Plazo, correspondiente al distrito de La Molina de ComercioVecinal - C2 a Comercio Sectorial - C3, del terreno de 17,737.00 m2 denominado Parcela Rústica Nº 1, ubicado en la Av. La Molina Este, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil dos. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 00136 Asignan la Zonificación de Equipa- miento Educativo a terreno ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho,para uso de Centro Educativo ORDENANZA Nº 476 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de la fecha el Expediente Nº 4487-94, seguido por el Centro Educativo Inicial Nº 099 KarolWojtyla, solicitando la Desafectación del Uso de Suelo yAsignación de Zonificación del terreno calificado como Zonade Recreación Pública-ZRP a Equipamiento Educativo - E1de un área de 1,158.10 m2, para el uso de Centro Educati- vo, ubicado en el Sector III - 8° y 9° Etapa del Proyecto Ciudad Mariscal Cáceres, distrito de San Juan de Lurigan-cho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la División de Obras de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho mediante Informe Nº 271-94-DO/DDUde fecha 12 de agosto de 1994, se pronuncia a favor de ladesafectación del área solicitada por ser política de la ac-tual gestión municipal brindar un buen servicio aducativo aniños de 3, 4 y 5 años. Que, con Informe Nº 279-95-MLM-DMDU-OPDM-DPTN de fecha 20 de abril de 1995, ratificado por Informe Nº 205-95-MLM-DMDU-OPDM-DPTN de fecha 28 de noviembre de1995 e Informe Nº 941-97-MML-DMDU-OPDM-DPTN defecha 21 de julio de 1997, la Oficina del Plan de DesarrolloMetropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Ur- bano, opinó que la ampliación del área educativa solicitada mantiene sustancialmente el diseño urbanístico del ProyectoCiudad Mariscal Cáceres como también el trazo vial plan-teado por el Proyecto de ENACE, toda vez que la citadaampliación forma parte del área de recreación pública y delos aportes hechos por el referido proyecto al Estado y que se constató que el área solicitada se encuentra construida para fines educativos; Que, el literal b) del artículo 28º de la Ordenanza Nº 296-MML-MML de fecha 30 de noviembre de 2001, que re-gula el Régimen de Constitución y Administración de Bie-nes de Uso Público en la provincia de Lima, establece la causal de desafectación de los bienes de uso público por la pérdida de la naturaleza que justificó la inclusión en esacategoría de bienes; Que, la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano mediante Dictamen Nº 142-2002-MML-CDU, ha emitidoopinión favorable sobre la referida Desafectación y cambio de uso de suelo, tomando en cuenta el grado de consolida- ción desde el año 1990; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 y la Ordenanza Nº 296-MML; Aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Único.- DESAFECTAR el Uso del Suelo como Zona de Recreación Pública ZRP y asignarle Zonificaciónde Equipamiento Educativo - E1 al área de 1,158.10 m2ubicada en el Sector III - 8° y 9° Etapa del Proyecto Ciudad