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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2003 (09/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 236803 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de enero de 2003 Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la AdministraciónPœblica correspondiente al mes de ene-ro de 2003 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2003-EF/77 Lima, 8 de enero del 2003 CONSIDERANDO:Que es necesario garantizar la distribución de los re- cursos del Tesoro Público, por concepto de Gasto de Per-sonal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gastopor Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante unriguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la basede los ingresos efectivos a la Caja Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministe- rial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE:Artículo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pen- siones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneracio-nes) en la Administración Pública en lo correspondiente al mesde ENERO - 2003 se sujetará al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES):13 DE ENERO Presidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y FinanzasPoder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaAgricultura de las RegionesTribunal ConstitucionalContraloría GeneralJurado Nacional de EleccionesOficina Nacional de Procesos ElectoralesRegistro Nacional de Identificación y Estado Civil 14 DE ENERO Ministerio de Energía y MinasUniversidadesMinisterio de AgriculturaMinisterio de la ProducciónMinisterio de Comercio Exterior y TurismoMinisterio de SaludRegiones, excepto unidades ejecutoras de Agricultura y Educación Ministerio de Promoción de la Mujer y Desarrollo So- cial Ministerio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de Transportes y ComunicacionesMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento 15 DE ENERO Ministerio de Educación: USES 01, 03 y 07 16 DE ENERO Ministerio de Educación: USE 02, Dirección de Educa- ción de Lima y Dirección de Educación del Callao 17 DE ENERO Ministerio del Interior 20 DE ENERO Educación de las Regiones 21 DE ENERO Ministerio de DefensaMinisterio de Educación, excepto: USES 01, 02, 03 y 07; Dirección de Educación de Lima y Dirección de Educa-ción del Callao PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (RE- MUNERACIONES): 17 DE ENERO Presidencia del Consejo de MinistrosCongreso de la República Ministerio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y FinanzasContraloría GeneralPoder JudicialMinisterio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaTribunal ConstitucionalJurado Nacional de EleccionesOficina Nacional de Procesos ElectoralesDefensoría del PuebloRegistro Nacional de Identificación y Estado CivilAgricultura de las Regiones 20 DE ENERO UniversidadesMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y Turismo 21 DE ENERO Ministerio de AgriculturaMinisterio de Energía y MinasMinisterio de Transportes y ComunicacionesMinisterio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de la ProducciónMinisterio de Promoción de la Mujer y Desarrollo So- cial Regiones, excepto unidades ejecutoras de Educación y de Agricultura 22 DE ENERO Ministerio de EducaciónEducación de las Regiones 23 DE ENERO Ministerio de Defensa 24 DE ENERO Ministerio del Interior Artículo 2º.- La Dirección General del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de undía hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º; en los casosde Unidades Ejecutoras que estén aplicando lo dispuestoen el Artículo 17º del D.S. Nº 347-90-EF les otorgará di-chas Autorizaciones con anticipación de dos días hábilesal programado; para el efecto las unidades ejecutoras re-querirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La entrega de Cartas-Órdenes y/o che- ques de los mencionados conceptos se efectuará has-ta por los montos límites de las correspondientesAutorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Direc-tor General de Administración o quien haga sus veces.El diskette que detalla los montos a ser abonados enlas cuentas de ahorro de los trabajadores deberá serexactamente igual al monto considerado en la CartaOrden o Cheque y deberán ser presentados al Bancocon dos días de anticipación. Artículo 4º.- A partir del presente Año Fiscal, los recur- sos destinados al pago de obligaciones provisionales delSector Educación, a nivel nacional, se encuentran previs-tos en los respectivos Pliegos, conforme a la Ley de Pre-supuesto del Sector Público – Ley Nº 27879, por lo que lascorrespondientes Unidades Ejecutoras deberán adoptar lasacciones pertinentes a efectos de cumplir con dicho pagoen las fechas señaladas en Cronograma aprobado por lapresente Resolución Viceministerial. Regístrese y comuníquese.KURT BURNEO FARFÁN Viceministro de Hacienda 00349 Amplían Calendario de Compromisos del mes de diciembre del Aæo Fiscal 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2003-EF/76.01 Lima, 6 de enero de 2003