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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2003 (09/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 236805 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 372, de fecha 19 de mayo de 1971, se expidió Cédula de Cesantía a fa-vor de doña Nelly Zevallos Nolte; Que, doña Nelly Zevallos Nolte de Vásquez solicita la modificación de la Resolución Suprema Nº 372, en lo quese refiere a adicionar el apellido de su estado civil de casa-da, de acuerdo con la Partida de Matrimonio expedida porel Concejo Provincial de Lima, así como conforme a suDocumento Nacional de Identidad D.N.I. Nº 06472663; Que, el artículo 24º del Código Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agrega-do al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevomatrimonio; Que, el artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins-cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el artículo 26º de la invocada norma le- gal señala que toda persona tiene derecho a exigir que sele designe por su nombre, por lo que doña Nelly ZevallosNolte de Vásquez debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi-ficación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad(D.N.I.), constituye la única Cédula de Identidad Personal paratodos los actos civiles, comerciales, administrativos, judicia-les y, en general, para todos aquellos casos en que, por man-dato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el in-ciso a) del artículo 84º del Reglamento de Inscripciones delmencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad(D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 449-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los DecretosSupremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 372, de fecha 19 de mayo de 1971, en el sentido que el nombrecorrecto de la cesante es Nelly Zevallos Nolte de Vásquez,quedando subsistentes los demás extremos contenidosen la misma, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Lima, para suconocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 00399 MINCETUR Oficializan "Primer Foro Cono Sur de Zonas Francas" organizado por el Comi- tØ de Administración de la Zona Fran- ca y Zona Comercial de Tacna RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2003-MINCETUR-DM Lima, 3 de enero de 2003 Visto el Oficio Nº 359-2002-PCA-ZOTAC, mediante el cual el Presidente del Comité de Administración de ZO-TAC, Administrador de ZOFRATACNA, solicita la oficializa-ción del "Primer Foro Cono Sur de Zonas Francas", que sellevará a cabo en la ciudad de Tacna, el 23 y 24 de abril delaño 2003; CONSIDERANDO: Que, en la VI Conferencia Latinoamericana de Zonas Francas, llevada a cabo, del 22 al 25 de octubre de 2002,en la ciudad de Cádiz - España, se aprobó la Declaración de la VI Conferencia Latinoamericana de Zonas Francas,eligiéndose al Perú y al Comité de Administración de laZona de Tratamiento Especial y Comercial de Tacna - ZO-TAC, hoy ZOFRATACNA, como sede y organizador del "Pri-mer Foro Cono Sur de Zonas Francas" a realizarse en laciudad de Tacna - Perú, los días 23 y 24 de abril del año2003; Que, el tema del Foro es la "Búsqueda de soluciones a los problemas planteados por la Resolución 8 del MER-COSUR", tema relacionado con la necesidad que tienenlos parques y zonas francas, de desarrollar un conjunto denuevos servicios que los sigan haciendo atractivos para lainversión extranjera, aun sin contar con incentivos tributa-rios o de otra índole; Que, el evento tiene como principal objetivo el crear un espacio en el cual los empresarios de zonas francas, em-presas usuarias, entidades públicas y proveedores de ser-vicios, tengan la oportunidad de establecer nuevos con-tactos, y contar con información sobre el avance de lasnegociaciones a nivel mundial en el tema de zonas fran-cas. De esta manera, el Foro busca ser una nueva herra-mienta comercial; Que, por tanto resulta de interés proceder a la Oficiali- zación del "Primer Foro Cono Sur de Zonas Francas", allevarse a cabo en la ciudad de Tacna; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27688, Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacnay el Decreto Supremo Nº 011-2000-MINCETUR,Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comer-cial de Tacna; SE RESUELVE:Artículo Único.- Oficializar el "Primer Foro Cono Sur de Zonas Francas", organizado por el Comité de Adminis-tración de la Zona Franca y Zona Comercial de Tacna -ZOTAC, Administrador de ZOFRATACNA, el que se llevaráa cabo en la ciudad de Tacna, los días 23 y 24 de abril de2003. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 00271 Modifican artículo 2” de la R.M. N” 129- 2002-MINCETUR/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2003-MINCETUR/DM Lima, 3 de enero de 2003 Visto el Memorándum Nº 230-2002-MINCETUR/SG/ OGA-OASA, de la Dirección de Abastecimiento y Ser-vicios Auxiliares de la Oficina General de Adminis-tración; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2002-MIN- CETUR/DM del 21 de noviembre de 2002, se autorizó elviaje del doctor Alfredo Ferrero Diez-Canseco, Viceminis-tro de Comercio Exterior, a las ciudades de Brasilia y SaoPaulo, del 25 al 28 de noviembre de 2002, a fin de queparticipe en la Reunión Bilateral Perú-Brasil y en reunio-nes de trabajo con empresarios vinculados al comercioexterior; Que, respecto a dicho viaje, el monto autorizado por concepto de pasajes aéreos ascendió a la suma de US $1,127.24. Sin embargo con el Informe Nº 230-2002-MIN-CETUR/SG/OGA-OASA, la Dirección de Abastecimientoy Servicios Auxiliares comunica que el costo del pasajeaéreo ascendió a US $ 1,244.90, debido a cambios justifi-cados en el itinerario; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 2º de la Resolu- ción Ministerial Nº 129-2002-MINCETUR/DM, en el senti-