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PÆg. 237696 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de enero de 2003 el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en eldistrito de Nauta, provincia y departamento de Loreto, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 102.1 MHz Indicativo : OBT-8APotencia : 250 w. Emisión : 256F8E Horario : H24Ubicación de los Estudios y la Planta : Jr. Capablanca Nº 20, Zona de Agua Potable,distrito de Nauta, provin- cia y departamento de Loreto. Coordenadas: L.O. 73° 34’ 13"L.S. 04° 30’ 06.5" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta antes de sesenta (60) días previos a la terminación dedicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, caso contrariose dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- Don YVAN ENRIQUE VASQUEZ VALE- RA, está obligado a instalar y operar el servicio de radio-difusión concedido acorde con la presente resolución, estando impedido de modificar las características a que se contrae el artículo 1º de la presente resolución sinautorización previa de este Ministerio. Artículo 4º.- La autorización a que se contrae la pre- sente Resolución se sujeta a las disposiciones legales yreglamentarias vigentes que regulan el servicio autoriza- do, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 01029 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 037-2003-MTC/03 Lima, 10 de enero del 2003 VISTA, la solicitud formulada por la empresa CORPO- RACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION, RADIO Y TELEVISION CONSTELACION-SUR S.R.L., para que se le otorgue autorización para establecer una estacióndel servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuen- cia Modulada (FM), en el distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, el artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacióndel servicio de radiodifusión se requiere de autorización, permiso y licencia; otorgándose la autorización por Re- solución del Viceministro de Comunicaciones, según loprevisto en el artículo 144º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, los artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un serviciode telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación;Que, el artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, señalan que para obtenerautorización para prestar servicio de radiodifusión se re- quiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que endichas normas se detallan; Que, el artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada laautorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación au-torizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene la corres- pondiente aprobación del Ministerio; Que, mediante Informes Nºs. 429-2002-MTC/ 15.19.03.2 y 553-2002-MTC/15.19.01, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Aseso-ría Técnica, respectivamente, señalan que la solicitud formulada por la empresa CORPORACION DE SERVI- CIOS DE COMUNICACION, RADIO Y TELEVISIONCONSTELACION-SUR S.R.L, cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorización y permiso solicita-dos; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC,su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACION DE SERVICIOS DE COMUNICACION, RADIO Y TELE- VISION CONSTELACION-SUR S.R.L., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años,que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en FrecuenciaModulada (FM), en el distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco, de acuerdo a las si- guientes características técnicas: Estación : BC-FM Frecuencia : 106.9 MHzIndicativo : OCR-7Z Potencia : 0.5Kw. Emisión : 256F8EHorario : H24 Ubicación de los Estudios : Jr. Talara Nº 212, distrito de Sicuani, provincia de Can- chis, departamento de Cus- co. Ubicación de la planta : Cerro Leche Mocco, distrito de Sicuani, provincia de Can- chis, departamento de Cus-co. Coordenadas: L.O. 71° 14’ 10" L.S. 14° 15’ 27" El plazo de la autorización y el permiso concedido se computará a partir del día siguiente de publicada la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- La autorización que se otorga en el artí- culo precedente, se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hastaantes de sesenta (60) días previos a la terminación de dicho período, el titular de la autorización debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique laspruebas de funcionamiento respectivas, caso contrario se dejará sin efecto la autorización. Artículo 3º.- La empresa CORPORACION DE SERVI- CIOS DE COMUNICACION, RADIO Y TELEVISION CONSTELACION-SUR S.R.L., está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión concedido acorde con