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PÆg. 237698 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de enero de 2003 den de Servicio – Guía de Internamiento Nº 1467 por la suma de S/. 53 100 Nuevos Soles, para la realización de la obra de la referencia. 2. El 9.10.01, GRETROURA EIRL solicita al CONSU- CODE, se le extienda una constancia de no estar inhabi- litado para contratar con el Estado. 3. El 17 y 24.10.01, mediante comunicación suscrita por la Jefatura de Adquisiciones Directas de la DIRLOG – PNP, dirigida a la Gerencia de Registros del CONSU- CODE se comunica el otorgamiento de la Buena Pro enel proceso de selección de la referencia a la firma GRE- TROURA EIRL por la suma de S/ 53 100 Nuevos Soles. 4. El 28.6.02, la Gerencia de Registros del CONSU- CODE informa al Tribunal de lo actuado por la empresa GRETROURA EIRL. 5. El 8.7.02, el Tribunal requiere a la Entidad a fin de que cumpla con remitir el Informe Técnico y/o Legal so- bre la presunta responsabilidad de la empresa GRE- TROURA EIRL y los antecedentes administrativos res-pectivos. 6. El 25.7.02, la Secretaría del Tribunal informa que la Entidad no ha cumplido con remitir lo requerido. 7. El 26.7.02, se dispone reiterar por última vez a la Entidad, bajo apercibimiento de resolverse con la docu- mentación obrante en autos, comunicando a su Órganode Control Interno el reiterado requerimiento. 8. El 12.8.02, la Secretaría del Tribunal informa que la Entidad no ha cumplido con remitir lo requerido. 9. El 13.8.02, se remite lo actuado a la Primera Sala para que evalúe la procedencia del inicio del procedimien- to administrativo sancionador contra la empresa GRE-TROURA EIRL. 10. El 20.8.02, la Entidad, mediante Informe Legal Nº 14-2002-DIRLOG PNP/DA.CAL, concluye que la empre-sa GRETROURA EIRL ha infringido el artículo 205º inc g) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado. 11. El 4.9.02, por nueva conformación de Salas se remite lo actuado a la Segunda Sala. 12. El 13.9.02, la Entidad, mediante Of. Nº 255-2002- DIRLOG PNP/DIVIBA-DEPLICON.SLC, remite los ante- cedentes administrativos. 13. El 10.10.02, la Segunda Sala del Tribunal, me- diante Acuerdo Nº 106/2002-TC-S2, acuerda el Inicio del procedimiento administrativo sancionador. 14. El 26.11.02, la Secretaría del Tribunal da cuenta que la empresa GRETROURA EIRL no ha cumplido con formular sus descargos pese a haber sido emplazada vía edicto para tal fin, al no tener domicilio cierto. 15. El 27.11.02, el Tribunal hace efectivo el apercibi- miento decretado de resolver con la documentación obran- te en autos. FUNDAMENTACIÓN: 1. El presente procedimiento administrativo sancio- nador ha sido iniciado por la causal contemplada en el inciso g) del artículo 205º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Re- glamento, esto es, contratar la ejecución de una obra sincontar con inscripción en el Registro Nacional de Contra- tistas como ejecutor de obra. 2. En autos, tal como expresamente lo reconoce la Entidad, se encuentra acreditado de modo fehaciente, que la empresa GRETROURA EIRL incumplió la norma- tiva vigente, al suscribir un contrato de ejecución de obrasin contar con la inscripción en el Registro Nacional de Contratistas como ejecutor de obra. 3. El referido contratista pese a haber sido emplaza- do vía edicto para que presente sus descargos no lo ha efectuado, por lo que no es factible evaluar las circuns- tancias de tiempo y modo que rodearon la contratación. 4. Sin perjuicio de ello, debe señalarse como criterio para graduar la imposición de sanción, tal como faculta el artículo 209º del Reglamento, que en el Informe Legalde la Entidad, acápite C numeral I, expresamente se re- conoce que las obras fueron concluidas y entregadas según consta en el Acta de Recepción y conformidad defecha 17.10.01. 5. De otra parte, siendo igualmente responsabilidad de la Entidad el que sus contratos de obra sean suscritosúnicamente con quienes cumplen las condiciones de ley para ser ejecutores de obra, debe ponerse en conoci- miento del Órgano de Control Interno de la Entidad loactuado para el deslinde de las responsabilidades co- rrespondientes. De conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 52º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estrado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001, y artículo 204º de su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, con la intervención del vocal doctor Marco Martínez Za- mora por ausencia del vocal doctor Carlos Cabieses Ló-pez conforme a lo dispuesto por la Resolución Nº 307- 2002-CONSUCODE/PRE. LA SALA RESUELVE: 1º. Sancionar a la empresa GRETROURA EIRL con seis (6) meses de suspensión de sus derechos de parti- cipar en procesos de selección y contratar con el Estado, por las razones expuestas en la fundamentación, la mis-ma que entrará en vigencia partir del día siguiente de su notificación mediante publicación. 2º. Poner en conocimiento de la Gerencia de Regis- tros la Resolución para las anotaciones pertinentes. 3º. Hacer de conocimiento del Órgano de Control In- terno de la Entidad lo actuado para las finalidades delcaso. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. RODRÍGUEZ ARDILES WENDORFF RODRÍGUEZMARTÍNEZ ZAMORA 00918 FONAFE Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presu- puestal 2003 FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 001-2003/DE-FONAFE Lima, 9 de enero de 2003LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL FONAFE: VISTO, el Memorándum Nº 001-2003/AA-FONAFE del 8 de enero de 2003 del Área de Administración solicitan- do la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE para el Ejer- cicio Presupuestal 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concor-dante con el artículo 7º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Resolu- ción Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE del 7 de diciembrede 2001, que aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSU- CODE/PRE que regula el procedimiento de elaboración e información que debe contener el Plan Anual, estable-cen que cada Entidad debe elaborar su Plan de Adquisi- ciones y Contrataciones consolidando información de las licitaciones públicas, concursos públicos yadjudicaciones directas que se realizarán en el año fis- cal correspondiente; Que, el Área de Administración como área responsa- ble de planificar los procesos de selección ha procesado y consolidado los requerimientos de las áreas usuarias del FONAFE para la elaboración del Plan Anual, en ar-monía con el Presupuesto Institucional aprobado median-