Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2003 (20/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 20 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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te Acuerdo de Directorio Nº 003-2002/019-FONAFE, de fecha 10 de diciembre de 2002; Con la visacion del Area de Administracion y en uso de las facultades que le confiere la normatividad senalada en el primer considerando que regula el procedimiento de elaboracion e informacion que debe contener el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de las entidades del Sector Publico; RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, para el ejercicio presupuestal 2003, el mismo que adjunto, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- ENCARGAR al Area de Administracion ejecute las Adquisiciones y contrataciones del FONAFE, gestionando en su oportunidad la aprobacion de los procesos de seleccion conforme la programacion establecida en el Plan Anual. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, la presente Resolucion dentro de los dias habiles establecidos en la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE. Articulo 4º.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el Articulo Primero este a disposicion de los interesados en el Area de Administracion del FONAFE. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Ejecutiva 01001

INADE
Autorizan al Proyecto Especial Rio Cachi a prorrogar plazo de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 006-2003-INADE-1100 MORDAZA, 13 de enero del 2003 VISTO; El Oficio Nº 1167-2002-INADE-PERC-7201 de fecha 16 de diciembre del 2002 del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Rio Cachi; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con personeria juridica de derecho publico interno y autonomia tecnica, economica, financiera y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal; Que, mediante el Oficio del exordio, el Director Ejecutivo del PERC, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para prorrogar el contrato de arrendamiento del inmueble en el cual funcionan las oficinas administrativas del Proyecto Especial; Que, el Articulo 19º inciso g) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Que, el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal, concordante con el Articulo 113º de su Reglamento, aprobado

por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico - Legal previo y publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, desde el ano 1998 el PERC conduce en calidad de Arrendatario el inmueble sito en la Av. Mariscal MORDAZA A. MORDAZA Nº 387 en la MORDAZA de MORDAZA, en el cual funcionan las oficinas administrativas de dicho Proyecto Especial, pagando una renta mensual de Tres Mil Seiscientos Sesenta y Cinco y 50/100 Nuevos Soles (S/ .3,665.50), cuya prorroga y ampliacion del contrato ha vencido el 31 de diciembre del 2002; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 004-20027205.02/OASG, la Oficina de Abastecimiento del PERC senala que existe la necesidad de renovar el contrato de arrendamiento de dicho inmueble por la suma total de S/ . 43,986.00 y por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2003, no existiendo incremento mensual del alquiler; Que, a traves del Informe Legal Nº 011-2002-INADE7204/OAJ, el Asesor Legal del PERC emite opinion legal, en el sentido que resulta procedente la exoneracion del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para prorrogar el Contrato de Arrendamiento aludido, por estar contemplada en la causal contenida en el inciso g) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, en razon a que el monto total del arrendamiento asciende a la suma de S/ .43,986.00; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, en merito de los hechos expuestos en los informes precedentes, estima que la situacion descrita permite la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para prorrogar el contrato de arrendamiento aludido, al MORDAZA del inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolucion Jefatural que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE; Que, en consecuencia, la prorroga del Contrato de Arrendamiento debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Estando al Informe Tecnico Nº 004-2002-7205.02/ OASG de la Oficina de Abastecimiento e Informe Legal Nº 011-2002-INADE-7204/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica del PERC; Con las visaciones de la Gerencia General, Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Rio Cachi, del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento del inmueble sito en la Av. Mariscal MORDAZA A. MORDAZA Nº 387 en la MORDAZA de MORDAZA, celebrado con la Sra. MORDAZA Cruzatt de MORDAZA, por un monto total de S/. 43,986.00 y por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2003. Articulo 2º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del PERC, a fin de que proceda a celebrar la prorroga del

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