Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2003 (20/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, lunes 20 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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la presente resolucion, estando impedida de modificar las caracteristicas a que se contrae el articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 01030

se encuentran exoneradas de los procesos de Concurso Publico y Adjudicacion Directa, las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Articulo 19º, debiendose realizar mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la renovacion de la contratacion de la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. para que brinde el servicio de Actualizacion y Soporte de los Productos Oracle, por el periodo de doce (12) meses a partir del 1 de febrero de 2003. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el indicado servicio mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- El valor referencial anual de la contratacion se ha estimado en US$ 83 600,64 (Ochentitres mil seiscientos y 64/100 Dolares de los Estados Unidos de America), incluidos los impuestos de ley. Articulo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico-Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 00989

ORGANISMOS AUTONOMOS SBS
Autorizan renovar contratacion del servicio de actualizacion y soporte de los productos Oracle mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 41-2003 MORDAZA, 10 de enero de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 057-2002-SBS se exonero del MORDAZA correspondiente, la contratacion del servicio de actualizacion y soporte de los productos Oracle, contratandose a la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, dicha exoneracion fue procedente dado que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., subsidiaria de Oracle Corporation resulto la unica empresa autorizada en el Peru para comercializar y brindar el servicio de Soporte Tecnico de sus productos, segun lo senalara el Departamento de Logistica y el Departamento Legal en el Memorandum Nº 017-2002-DL e Informe Nº 055-2002LEG, respectivamente; Que, a efecto de mantener la continuidad del servicio de Soporte Tecnico de los productos Oracle, garantizando el nivel de conocimiento apropiado del software, la Gerencia de Informatica ha solicitado mediante el Informe Tecnico Nº 038-2002-GI de fecha 9 de diciembre de 2002, la renovacion del contrato de servicio correspondiente; Que, la verificacion de la condicion de Sistemas Oracle del Peru S.A. como unica empresa subsidiaria de Oracle Corporation para comercializar y brindar el servicio de soporte y actualizacion de sus productos, se ha realizado a traves de la Carta s/n de fecha 29 de noviembre de 2002 que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. ha remitido a la SBS, en la cual reitera que es la unica subsidiaria de Oracle Corporation y por tanto la unica autorizada para brindar los servicios solicitados; Que, por Informe Nº 041-2002-DL, el Departamento de Logistica, concluye que los servicios a contratar resultan unicos sin admision de sustitutos. En tal sentido, precisa que procede la contratacion de renovacion del servicio de soporte tecnico de los productos Oracle para el periodo anual que se inicia a partir del 1 de febrero de 2003, por un monto igual al periodo anterior de US$ 83 600,64 (Ochentitres mil seiscientos y 64/100 Dolares de los Estados Unidos de America); Que, de acuerdo a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, las mencionadas caracteristicas que constituyen las consideraciones fundamentales para la contratacion de la renovacion de las licencias indicadas, califican la adquisicion, conforme a lo dispuesto por el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establece que

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Sancionan a Gretroura EIRL con suspension del ejercicio de sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 010/2003.TC-S2

Sumilla. Constituye la infraccion prevista en el inciso g) del articulo 205º del Reglamento, la suscripcion de un contrato de ejecucion de obra sin encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Contratistas.
MORDAZA, 8 de enero de 2003 Visto, en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 10.12.2002, el Expediente Nº 607/2002.TC, referido al procedimiento de imposicion de sancion a GRETROURA E.I.R.L., por suscribir un contrato de ejecucion de obra sin encontrarse inscrito en el Registro Nacional de Contratistas con la Policia Nacional del Peru, y atendiendo a los siguientes; ANTECEDENTES: 1. El 27.9.01, la Entidad, Policia Nacional del Peru, Dpto de Adquisiciones Directas ­ DIRLOG, emite la Or-

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