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PÆg. 237691 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de enero de 2003 ciento (3%) del total de sus capturas anuales para el con- sumo humano directo, materia prima que será estibada a bordo en cajas con hielo; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 130-2002- PRODUCE, publicada el 23 de octubre del 2002, en el Diario Oficial El Peruano se establecen las condiciones y requisitos, para que los armadores de embarcacionespesqueras de madera que se encuentren en los alcan- ces de la Ley Nº 26920, puedan solicitar y obtener los respectivos permisos de pesca y que dichas embarca-ciones pesqueras puedan efectuar faenas de pesca; Que mediante escrito de visto, el señor Juan Vite Pin- go, solicita permiso de pesca para operar la embarca-ción pesquera de madera "MI DIONICIO IV" de matrícula Nº PT-6161-CM, con Arqueo Neto de 12.00 equivalente a 51.24 m3 de capacidad de bodega, en la extracción delos recursos hidrobiológicos Anchoveta y Sardina, para el consumo humano directo e indirecto y los recursos Jurel y Caballa con destino al consumo humano directo; Que de la evaluación efectuada a los documentos alcanzados y que obran en el expediente sobre solici- tud de permiso de pesca, para acceder a la extracciónde los recursos anchoveta y sardina para consumo hu- mano directo e indirecto, y jurel y caballa para consumo humano directo se ha determinado que el recurrente hacumplido con los requisitos procesales y sustantivos de la Ley Nº 26920, Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODU- CE y normas complementarias, por lo que resulta pro-cedente otorgar el permiso de pesca solicitado, preci- sando que en razón al principio precautorio incorporado a nuestro ordenamiento jurídico vigente procede única-mente destinar los recursos sardina, jurel y caballa al consumo humano directo con la finalidad de garantizar el aprovechamiento sostenido de dichos recursos, conrespecto al recurso anchoveta podrá destinarse al di- recto e indirecto; Estando a lo informado por la Dirección de Admi- nistración Pesquera mediante Informe Nº 035-2002-PRO- DUCE/DNEPP-Dchi y con la visación de la Oficina Ge- neral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000- PE, Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modifi- cado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE y la Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demásnormas complementarias, el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, Decre-to Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007- 2002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a Juan Vite Pingo, para operar la Embarcación Pesquera de madera denominada "MI DIONICIO IV" de matrícula PT-6161-CM, de Arqueo Neto 12.00 equivalente a 51.24 m3 de capaci-dad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológi- co anchoveta con destino para el consumo humano di- recto e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballacon destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1/ 2 y 1 1/2 pulgadas (13 mm. y 38 mm.) según correspon-da, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina y fuerade las 10 millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca en el extremo referido a destinar la extracción del recurso sardina con destino al consumo humano indirecto, por las razones expuestas en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- La embarcación pesquera objeto de la presente Resolución, conforme lo dispone el artículo 4ºde la Resolución Ministerial Nº130-2002-PRODUCE, pre- vio al inicio de sus faenas de pesca deberá contar a bor- do con la plataforma/baliza del Sistema de SeguimientoSatelital (SISESAT) operativa, la que deberá emitir seña- les de posicionamiento GPS (Global Positioning Sistem)