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PÆg. 237684 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de enero de 2003 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA Modifican el D.U. N” 122-2001 que creó el Fondo Especial de Administración delDinero Obtenido Ilícitamente en perjui- cio del Estado (FEDADOI) DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2003 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 122-2001, mo- dificado por los Decretos de Urgencia Nºs. 125-2001 y 139-2001, se creó el Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado (FE- DADOI), con la finalidad de aplicar los dineros obtenidosilícitamente en perjuicio del Estado, recuperados por la acción de la justicia, a los objetivos específicamente esta- blecidos en su norma de creación y modificatorias; Que, por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto Público para el Año Fiscal 2003, se dispuso que el FEDADOI se adscriba al PliegoPresidencia del Consejo de Ministros; Que, a fin de facilitar su funcionamiento, resulta con- veniente reestructurar la conformación del FEDADOI in-corporando a un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá; Que, las disposiciones que regulan al FEDADOI, en tanto éste tiene a su cargo la administración de dinero mil habido constitutivo de fondos públicos, son de mate- ria económica y financiera y, en atención a sus altos objeti-vos, resultan de interés nacional; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República. DECRETA: Artículo 1º.- Del objeto Modifícase el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 122-2001, el mismo que quedará redactado con el siguien- te texto: "Artículo 2º.- El Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado (FE- DADOI) estará integrado de la siguiente manera: Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá; Un representante del Ministerio de Justicia; Un representante del Ministerio del Interior; y Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas Los representantes antes citados serán designados mediante Resolución Ministerial de sus respectivos sec-tores; El Fondo Especial de Administración del Dinero Ob- tenido Ilícitamente en perjuicio del Estado (FEDADOI)contará con una Secretaría Técnica, la cual será desig- nada por el Presidente del Consejo de Ministros." Artículo 2º.- De la reglamentación Mediante Decreto Supremo refrendado por el Presi- dente del Consejo de Ministros, se dictarán las normasreglamentarias para la aplicación del presente Decreto de Urgencia. Artículo 3º.- Del refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia, el Ministro del Interior y por el Ministro de Eco-nomía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los diecio- cho días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la RepúblicaLUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 1119 P C M Adscriben el Instituto Nacional de Ra- dio y Televisión del Perœ - IRTP al Sec-tor Presidencia del Consejo de Ministros DECRETO SUPREMO Nº 009-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 829, se creó el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a partir de la transformación de la Empresa de Radio y TelevisiónPeruana S.A. incorporándolo entonces como un Progra- ma Presupuestal del Ministerio de Educación; Que, dicha opción política buscaba priorizar las fun- ciones de difusión de contenidos educativos, informativos, culturales y de esparcimiento que corresponde desarro- llar al Estado. De esta forma, se dispuso que el InstitutoNacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP tenga a su cargo la operación de los medios de radiodifusión sonora y por televisión de propiedad del Estado, asumiendo latitularidad de las frecuencias correspondientes. Que, para tal efecto se dispuso en el artículo 3º del citado Decreto Legislativo la creación dentro del PliegoPresupuestal del Ministerio de Educación, del Programa Presupuestal del Instituto de Radio y Televisión del Perú; Que, posteriormente dicha norma fue derogada por el ar- tículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 053-97 que comprendió al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a partir del 1 de julio de 1997, dentro de la Sección SegundaInstancias Descentralizadas del Presupuesto del Sector Pú- blico para 1997, creando un Pliego propio para dicha entidad; Que, al conferir al Instituto Nacional de Radio y Tele- visión del Perú - IRTP plena autonomía financiera y pre- supuestal, el Decreto de Urgencia en mención no señaló a qué Sector se adscribía; Que, para cubrir dicho vacío legal se expidió el De- creto Supremo Nº 003-97-ED que modificó el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 006-96-ED, Reglamento de Or-ganización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, señalando que éste es un Or- ganismo Público Descentralizado del Sector Educaciónque goza de personería jurídica de derecho público inter- no, autonomía administrativa, económica y financiera; Que, asimismo, el nuevo Reglamento de Organiza- ción y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televi- sión del Perú - IRTP, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, señaló en su artículo 2º que éste es unOrganismo Público Descentralizado del Sector Educación que goza de personería jurídica de derecho público inter- no, autonomía administrativa, económica y financiera; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene por finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, demanera que se logre una mejor atención a la ciudadanía; por lo que, en ese sentido, la organización y toda activi- dad de las entidades deben dirigirse a brindar un mejorservicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priori- zando permanentemente el interés y bienestar de la per- sona humana; Que, conforme a las normas citadas en el párrafo pre- cedente, en el diseño y estructura de la Administración