Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2003 (20/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de enero de 2003

Que por Resolucion Directoral Nº 027-99-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, del 23 de marzo de 1999, se otorgo permiso de pesca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la operacion de la embarcacion pesquera "MARIA MARTHA", con matricula CO-16659-CM y 71.57 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos jurel, caballa, MORDAZA y machete, empleando red de cerco de 1 ½ pulgadas de longitud de abertura de malla, fuera de las cinco (5) millas de la costa, permiso posteriormente MORDAZA para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina a traves de la Resolucion Directoral Nº 092-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, del 13 de noviembre del 2000; Que por escrito del visto, de fecha 31 de enero del 2002, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la correccion de la resoluciones refer idas en el considerando anterior, senalando que no consignaban la capacidad real de la embarcacion pesquera "MARIA MARTHA"; Que por escrito del visto, de fecha 20 de setiembre del 2002, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formula desistimiento a la solicitud de rectificacion a que se refiere el considerando anterior; Que de acuerdo a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero y con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los numerales 189.1, 189.4, 189.5 y 189.6 del articulo 189º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar el DESISTIMIENTO formulado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA respecto a su solicitud de rectificacion de la capacidad de bodega de la embarcacion "MARIA MARTHA" consignada en Resoluciones Directorales Nº 027-99-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR y Nº 092-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01018

cion de sus instalaciones y cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento correspondiente del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; Que mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA NERY MORDAZA MORDAZA, solicita autorizacion para el funcionamiento de un acuario comercial, denominado ACUARIO AMAZONAS; Que se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 005-2002-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 7 de noviembre de 2002 y contando con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Resolucion Ministerial Nº 219-2001-PE y el Procedimiento Nº 17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA NERY MORDAZA MORDAZA autorizacion hasta el 26 de agosto del 2003, para el funcionamiento de un acuario comercial denominado ACUARIO AMAZONAS, ubicado en la Manzana A Lote 3 del Primer Programa de la Cooperativa de Vivienda San MORDAZA de MORDAZA Ltda., distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima.. Articulo 2º.- La vigencia de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion estara supeditada a la operatividad del acuario comercial y a la MORDAZA trimestral del registro de movimiento comercial de los recursos hidrobiologicos ornamentales. Articulo 3º.- El senor MORDAZA NERY MORDAZA MORDAZA, debera cumplir estrictamente con lo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 219-2001-PE y las demas normas que dicte el Ministerio de la Produccion. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) y a la Municipalidad Provincial de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 01020

Otorgan autorizacion para el funcionamiento de acuario comercial ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 133-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 10 de diciembre del 2002 Vistos los escritos con Registro Nº CE-00358003 de fechas 26 de agosto y 9 de octubre de 2002, presentados por el senor MORDAZA NERY MORDAZA MATOS. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el articulo 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, las autorizaciones son derechos especificos que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado a las personas naturales o juridicas para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que conforme con el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 219-2001-PE, el funcionamiento de acuarios comerciales requiere de la autorizacion del Ministerio de la Produccion, la misma que se otorgara previa verifica-

Declaran improcedente solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 136-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 12 de diciembre del 2002 Visto el expediente de registro Nº CE-00129001, con escritos de fecha 26 de marzo, 10 de junio y 31 de MORDAZA del 2002, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA BALLON CHIRINOS; CONSIDERANDO: Que el articulo 24º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de

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