Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2003 (20/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 4

PÆg. 237686 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 027-99-CTAR-PIU- RA/DIREPE-DR, del 23 de marzo de 1999, se otorgópermiso de pesca al señor BASILIO FIESTAS GALÁN, para la operación de la embarcación pesquera "MA- RÍA MARTHA", con matrícula CO-16659-CM y 71.57m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos jurel, caballa, lisa y machete, empleando red de cerco de 1 ½ pulgadas de longitud de abertura demalla, fuera de las cinco (5) millas de la costa, permi- so posteriormente ampliado para la extracción de los recursos anchoveta y sardina a través de la Resolu-ción Directoral Nº 092-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, del 13 de noviembre del 2000; Que por escrito del visto, de fecha 31 de enero del 2002, el señor BASILIO FIESTAS GALÁN solicitó la corrección de la resoluciones referidas en el considerando anterior, señalando que no consignabanla capacidad real de la embarcación pesquera "MARÍA MARTHA"; Que por escrito del visto, de fecha 20 de setiembre del 2002, el señor BASILIO FIESTAS GALÁN, formula desistimiento a la solicitud de rectificación a que se refie- re el considerando anterior; Que de acuerdo a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero y con la opiniónfavorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los numerales 189.1, 189.4, 189.5 y 189.6 del artículo 189º de la Leydel Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar el DESISTIMIENTO formula- do por el señor BASILIO FIESTAS GALÁN respecto a susolicitud de rectificación de la capacidad de bodega de la embarcación "MARÍA MARTHA" consignada en Resoluciones Directorales Nº 027-99-CTAR-PIURA/DIREPE-DR y Nº 092-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese y comuníquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 01018 Otorgan autorización para el funciona- miento de acuario comercial ubicado en el distrito de San Martín de Porres, pro- vincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 133-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 10 de diciembre del 2002 Vistos los escritos con Registro Nº CE-00358003 de fechas 26 de agosto y 9 de octubre de 2002, presenta-dos por el señor LIZARDO NERY GARCÍA MATOS. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, lasautorizaciones son derechos específicos que el Ministe- rio de la Producción otorga a plazo determinado a las personas naturales o jurídicas para el desarrollo de lasactividades pesqueras; Que conforme con el artículo 2º de la Resolución Minis- terial Nº 219-2001-PE, el funcionamiento de acuarioscomerciales requiere de la autorización del Ministerio de la Producción, la misma que se otorgará previa verifica-ción de sus instalaciones y cumplimiento de los requisi- tos establecidos en el procedimiento correspondiente del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio; Que mediante los escritos del visto, el señor LIZAR- DO NERY GARCÍA MATOS, solicita autorización para el funcionamiento de un acuario comercial, denominadoACUARIO AMAZONAS; Que se ha acreditado el cumplimiento de los requisi- tos establecidos en el procedimiento Nº 17 del Texto Úni-co de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce- samiento Pesquero mediante Informe Nº 005-2002-PRO-DUCE/DNEPP-Dch de fecha 7 de noviembre de 2002 y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, laResolución Ministerial Nº 219-2001-PE y el Procedimiento Nº 17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por DecretoSupremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor LIZARDO NERY GAR- CÍA MATOS autorización hasta el 26 de agosto del 2003, para el funcionamiento de un acuario comercial denomi-nado ACUARIO AMAZONAS, ubicado en la Manzana A Lote 3 del Primer Programa de la Cooperativa de Vivien- da San Juan de Salinas Ltda., distrito de San Martín dePorres, provincia y departamento de Lima.. Artículo 2º.- La vigencia de la autorización otorgada por la presente Resolución estará supeditada a la opera-tividad del acuario comercial y a la presentación trimes- tral del registro de movimiento comercial de los recursos hidrobiológicos ornamentales. Artículo 3º.- El señor LIZARDO NERY GARCIA MA- TOS, deberá cumplir estrictamente con lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 219-2001-PE y las demásnormas que dicte el Ministerio de la Producción. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Superintendencia Nacional de Adminis-tración Tributaria (SUNAT) y a la Municipalidad Provincial de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 01020 Declaran improcedente solicitud de autorización de incremento de flota víasustitución de capacidad de bodega deembarcación pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 136-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 12 de diciembre del 2002Visto el expediente de registro Nº CE-00129001, con escritos de fecha 26 de marzo, 10 de junio y 31 de juliodel 2002, presentado por el señor JOSÉ ANTONIO BA- LLÓN CHIRINOS; CONSIDERANDO: Que el artículo 24º de la Ley General de Pesca, De- creto Ley Nº 25977, establece que la construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras deberá contarcon autorización previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de