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PÆg. 237774 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de enero de 2003 Artículo 2º.- Establecer como fecha límite para la pre- sentación de los respectivos trabajos, el día lunes 10 defebrero de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 01165 SUNAT Establecen precisión sobre causal de exoneración a que se refiere la Res. N” 142-2002/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 017-2003/SUNAT Lima, 21 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 142-2002/SUNAT se autorizó la contratación de servicios de ampliación de potencia, instalación de un interruptorautónomo y de una línea media de tensión para la indepen-dización de los suministros de energía eléctrica para loslocales en donde funcionan la Sede Central y la Intenden-cia Regional Lima; Que según el Informe Técnico Nº 016-2002-MJ0400 emitido por el Departamento de Ingeniería y Mantenimiento,los citados inmuebles de propiedad de la SUNAT se en-cuentran en el área geográfica de concesión de la empre-sa Luz del Sur S.A.A., por lo que ésta es la única que pue-de realizar la ampliación de la potencia requerida, de con- formidad con el artículo 82º de la Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, encontrándose justificada la con-tratación de los servicios de ampliación de potencia y lanecesidad de exonerar dicha adquisición de las formalida-des del proceso de selección correspondiente; Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.3 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 011- 2001-CONSUCODE/PRE, aprobado por Resolución Nº118-2001-CONSUCODE/PRE, corresponde precisar queel artículo 30º de la Ley Nº 25844 - Ley de ConcesionesEléctricas establece que las concesiones de distribuciónde Servicio Público de Electricidad en una zona deter- minada, es exclusiva para un solo concesionario, el cual es el único proveedor con capacidad de hacer modificacionesa las redes de distribución eléctrica dentro del área de suconcesión, configurándose así la causal establecida en elinciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, que señala que se encuentran exoneradas de los procesos de licitación, concurso público o adjudicación di-recta las adquisiciones y contrataciones de bienes o servi-cios que no admiten sustitutos; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 , aproba- do por Decreto supremo Nº 012-2001-PCM, y en los artí- culos 105º, 113º y 116º de su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facul-tades conferidas en el inciso 4) del artículo 19º del Regla-mento de Organización y Funciones de la SUNAT, aproba-do por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precísese que la causal de la exone- ración a que se refiere la Resolución de SuperintendenciaNº 142-2002/SUNAT se sustenta en el Informe Técnico Nº 016-2002-MJ0400, según lo expuesto en los consideran- dos de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 01222Aprueban disposiciones y formularios para la declaración anual del impuestoa la renta 2002 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 018-2003/SUNAT Lima, 21 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que según el Artículo 79º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 054-99-EF y normas modifica- torias, los contribuyentes del impuesto que obtengan ren- tas computables para los efectos de esta ley, deberán pre-sentar declaración jurada de la renta obtenida en el ejerci-cio gravable en los medios, condiciones, forma, plazos ylugares que determine la SUNAT; Que el citado artículo faculta a la SUNAT a establecer o exceptuar de la obligación de presentar la declaración jura- da del Impuesto a la Renta, en los casos que estime con-veniente, a efecto de garantizar una mejor administración orecaudación del impuesto; Que, por su parte, el Artículo 88º del TUO del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, autoriza a la Administración Tri- butaria a establecer para determinados deudores la obliga-ción de presentar la declaración tributaria por medios mag-néticos, en las condiciones que se señale para ello; Que mediante Resoluciones de Superintendencia Nºs. 129-2002/SUNAT y 138-2002/SUNAT se establecieron los sujetos obligados a presentar declaraciones determinati- vas mediante el empleo de programas de declaración tele-mática (PDT); Que resulta necesario establecer los medios, condicio- nes, forma, plazos y lugares para la presentación de laDeclaración Anual del Impuesto a la Renta correspondien- te al ejercicio gravable 2002; Al amparo del Artículo 79º del TUO de la Ley del Im- puesto a la Renta, Artículo 88º del TUO del Código Tributa-rio, Artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 e inciso q)del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio-nes de la Superintendencia Nacional de Administración Tri- butaria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Resolución, se tendrán en consideración las siguientes definiciones: a. Impuesto : Impuesto a la Renta. b. Declaración : Declaración Anual del Impuesto co- rrespondiente al ejercicio gravable 2002. c. PDT : Programas de Declaración Telemática. Medio informático desarrollado por laSUNAT para elaborar las declaracio-nes. d. Ley : TUO de la Ley del Impuesto a la Ren- ta aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF y normas modificatorias. Cuando se mencionen artículos sin indicar la norma a la que corresponden, se entenderán referidos a la presen-te Resolución. Artículo 2º.- APROBACIÓN DE FORMULARIOS 2.1 Apruébase los siguientes formularios preimpresos:a. Formulario Nº 179 : Declaración Pago Anual Im- puesto a la Renta - Personas Naturales Ejercicio Gravable2002. b. Formulario Nº 180 : Declaración Pago Anual Im- puesto a la Renta - Tercera Ca-tegoría Ejercicio Gravable 2002. A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolu- ción, dichos formularios serán distribuidos en forma gratuita através de las oficinas de la SUNAT, Centros de Servicios alContribuyente, bancos y demás entidades autorizadas.