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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2003 (27/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 34

PÆg. 238044 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de enero de 2003 así corresponda, además de los datos previstos en los artículos 50º del Reglamento General de los Registros Públicos y 46º del Reglamento de las Inscripciones, la cir- cunstancia de que el precio ha sido cancelado con dinero propio o de terceros, precisando en este último caso, el nombre, denominación o razón social del tercero que fi- nanció el pago. 5.2. De la anotación de la obligación de constituir hipoteca Si se hubiera acordado la obligación de constituir hi- poteca convencional, sujeta a la condición suspensiva de que el bien llegue a existir, por un monto superior al finan- ciamiento otorgado por el tercero para la adquisición de la vivienda en proceso de construcción o en plano, se anotará preventivamente dicha obligación, consignándose en el asiento respectivo, además de los datos previstos en los artículos 50º del Reglamento General de los Re- gistros Públicos y 56º del Reglamento de Inscripciones, la condición suspensiva a la que se encuentra sujeta la hi- poteca pactada. 5.3. Obligación del Registrador de extender de ofi- cio la hipoteca legal El Registrador, al extender el asiento de inscripción definitivo de los contratos de compraventa a que se refie- re el numeral 5.1, procederá simultáneamente a extender el asiento de inscripción de la hipoteca legal respectiva, salvo que se haya acordado la obligación de constituir hi- poteca convencional condicionada a la existencia del bien, en cuyo caso, previo cumplimiento de la condición, proce- derá a extender el asiento de inscripción de la hipoteca convencional. 6. RESPONSABILIDADSon responsables del cumplimiento de la presente di- rectiva, los Jefes Zonales, el Gerente de Propiedad In- mueble de la Zona IX, los Gerentes Registrales y Regis- tradores Públicos de las Zonas Registrales y del Registro Predial Urbano que conforman la SUNARP. 01479 Amplían funciones y plazo de Comisión encargada de procesamiento y organiza-ción de Archivos Administrativos y Re-gistrales de la Sede Central, Zona Regis- tral N” IX - Sede Lima y Registro Pre- dial Urbano RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 031-2003-SUNARP/SN Lima, 22 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendente Nacio- nal de los Registros Públicos Nº 020-2003-SUNARP/SN, de fecha 17 de enero de 2003, publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano el 21 de enero de 2003, se constituyó una comisión encargada del procesamiento y organización de Archivos Administrativos y Registrales de la Sede Cen- tral, la Zona Registral Nº IX – Sede Lima y el Registro Predial Urbano; Que, es necesario ampliar las funciones de dicha Comi- sión la que además de proponer las recomendaciones del caso que conlleven a la depuración, mantenimiento, re- construcción, encuadernación y otras acciones condu- centes a resolver problemas actuales de los Archivos Ad- ministrativos y Registrales correspondientes a la Sede Central, Zona Registral Nº IX – Sede Lima y al Registro Predial Urbano, deberá encargarse también del análisis de los archivos de cada una de las Zonas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos; Estando a lo dispuesto por el artículo 7º inciso v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Supre- ma Nº 135-2002-JUS, de fecha 11 de julio de 2002;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar las funciones de la Comi- sión constituida por Resolución del Superintendente Na- cional de los Registros Públicos Nº 020-2003-SUNARP/ SN, de fecha 17 de enero de 2003, encargada del proce-samiento y organización de los Archivos Administrativos yRegistrales de la Sede Central, Zona Registral Nº IX –Sede Lima y del Registro Predial Urbano, la que ademásdeberá encargarse de hacer el respectivo análisis de los archivos de cada Zona Registral que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos. Artículo Segundo.- Ampliar el plazo de treinta (30) a cuarenticinco (45) días útiles, para que la Comisión pro-ponga sus recomendaciones para llevar a cabo los proce-sos de depuración, mantenimiento, reconstrucción, encuadernación y otras acciones conducentes a la solu- ción de problemas actuales vinculados a Archivos Adminis-trativos y Registrales, incluyendo sus recomendacionesrespecto a la forma para que la Sede Central y cada ZonaRegistral ejecute los procesos relacionados a dichos ar-chivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 01478 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Establecen Beneficio Especial Tributa- rio en el distrito ORDENANZA Nº 0001-03/MDLV La Victoria, 14 de enero de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto en la Sesión Extraordinaria de Concejo celebra- da con fecha 9 de enero del 2003, el Oficio Nº 001-03-MDLV/DR del 7 de enero del año 2003 por el que el Direc-tor de Rentas solicita el otorgamiento del Beneficio de Regularización Tributaria; y, CONSIDERANDO:Que, se ha evaluado la propuesta formulada por el Di- rector de Rentas con la conclusión de que por los mo- mentos actuales los contribuyentes del distrito han acu- mulado deudas considerables por su incumplimiento enel pago de sus tributos municipales; Que, es justificable por lo hechos descritos conceder beneficios tributarios, otorgándose las facilidades que re-quieran a efecto de que pueda regularizar el pago de los tributos; Que, la Administración anterior a través de Ordenan- za Nº 016, 037, 059 y 075, dieron lugar, con una deci-sión antitécnica, a un alza excesiva de los montos apagar por arbitrios municipales por conceptos de Lim-pieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, de los años 1999, 2000, 2001 y 2002, incumpliendo con lo dis- puesto en el Decreto Legislativo Nº 776 y lo estableci-do en la Ley Nº 26725; Que, esta administración ha procedido a analizar minu- ciosamente las normas dadas por la anterior administra-ción que se relacionan con los servicios señalados en el párrafo anterior y que de dichas ordenanzas lo más res- catable a su aplicación es la Ordenanza Nº 002-98, en lamedida de que cuenta con los requisitos que disponen laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el De-creto Legislativo Nº 776; Que, es sabido que nuestra economía pasa por una situación crítica, debido a que gran parte de los contribuyentes de este distrito no han cumplido consus obligaciones, por lo que esta Administración havisto por conveniente hacer menos pesada esa cargaal vecino;