Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2003 (27/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 27 de enero de 2003

tion institucional, en el cual se determinan la naturaleza, funciones, estructura organica y ambito de competencia de todos los organos que conforman el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL. Articulo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de aplicacion en todos los organos que conforman PROVIAS NACIONAL. TITULO II NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES GENERALES Articulo 3º.- PROVIAS NACIONAL, es una Unidad Ejecutora del Pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrita al Despacho del Viceministro de Transportes, de caracter temporal, con autonomia tecnica, administrativa y financiera, encargada de las actividades de preparacion, gestion, administracion y ejecucion de proyectos de infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y aquellos que se le encargue, en el ambito de su competencia, y cualquier otra forma de infraestructura relacionada a la Red Vial Nacional, bajo un enfoque intermodal. Articulo 4º.- El Proyecto Especial Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL tiene su domicilio legal en la MORDAZA de MORDAZA y desarrolla sus actividades en todo el territorio nacional. Articulo 5º.- PROVIAS NACIONAL, creado por Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC tiene por finalidad construir, rehabilitar, mejorar y mantener la infraestructura de transporte de la Red Vial Nacional, enmarcado dentro de los lineamientos de politica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, propiciando la participacion del Sector Privado, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en MORDAZA con el medio ambiente. Articulo 6º.- PROVIAS NACIONAL tiene las siguientes funciones generales: a) Promover, planificar, programar, coordinar, supervisar y evaluar la ejecucion de estudios y obras de los proyectos de infraestructura de transporte terrestre de la Red Vial Nacional; b) Recuperar y mantener en operatividad permanente la Red Vial Nacional - PROVIAS NACIONAL; c) Asesorar a las Entidades del Sector Publico Nacional en aspectos relacionados con el ambito de su competencia; d) Coordinar con los organos del Sector la formulacion del Plan y Programa Nacional de Infraestructura de Transportes de la Red Vial Nacional; e) Preservar y prevenir el contexto ambiental de la Red Vial Nacional; f) Promover, gestionar y tramitar el financiamiento interno y externo, publico y privado, asi como la participacion de Gobiernos Locales, sector privado y comunal en apoyo al desarrollo de los proyectos y programas de infraestructura de transporte; g) Realizar todas las actividades tecnicas, economicas, financieras y administrativas requeridas para el logro de sus objetivos, dentro del MORDAZA que senala la Ley; h) Fomentar la constitucion de pequenas y microempresas de mantenimiento vial, integradas por pobladores de la MORDAZA beneficiada con la rehabilitacion vial, para que se encarguen de realizar obras de mejoramiento y mantenimiento vial; i) Administrar el Fondo Especial de Mantenimiento Vial, destinado exclusivamente a la gestion de mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional; j) Normar, supervisar y controlar la Implementacion y funcionamiento de las Unidades de Peaje y Estaciones de Pesaje; k) Celebrar convenios y contratos dentro del ambito de su competencia y de acuerdo con la normatividad legal vigente; l) Consolidar la informacion sobre proyectos de infraestructura de transporte que desarrollen las entidades del Sector Publico Nacional en las areas y redes de su competencia; m) Administrar los fondos especiales destinados a los proyectos de infraestructura de transporte; n) Ejecutar administrativa y financieramente los proyectos y/o fondos de inversion destinados para el desarrollo y ampliacion de la infraestructura de transporte;

o) Propiciar la capacitacion permanente de su personal; p) Recaudar los ingresos por concepto de pago de peaje y multas administrativas de pesos y medidas vehiculares; q) Otras que le asigne el Viceministro de Transportes. Articulo 7º.- PROVIAS NACIONAL, en materia de infraestructura de transportes, se encarga de la construccion, rehabilitacion, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura de transportes de categoria nacional, que comprende carreteras, puentes y cualquier otra forma de infraestructura de transporte relacionada. TITULO III ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 8º.- PROVIAS NACIONAL tiene la siguiente estructura organica: 1. ORGANO DE DIRECCION - Direccion Ejecutiva 2. ORGANO DE CONTROL - Gerencia de Auditoria Interna 3. ORGANO DE APOYO - Gerencia de Administracion 4. ORGANOS DE ASESORIA - Gerencia de Asuntos Legales - Gerencia de Planificacion y Presupuesto 5. ORGANOS DE LINEA Gerencia de Obras Gerencia de Estudios y Proyectos Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional Gerencia de Operaciones Zonales

6. ORGANOS DESCONCENTRADOS - Unidades Zonales TITULO IV ORGANO DE ALTA DIRECCION CAPITULO I DIRECCION EJECUTIVA Articulo 9º.- La Direccion Ejecutiva, es el MORDAZA organo decisorio del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL y como tal, es responsable de su direccion y administracion general. Articulo 10º.- La Direccion Ejecutiva tiene las siguientes funciones, responsabilidades y/o atribuciones: a) Formular la politica general de la Entidad y velar por su cumplimiento, en el ambito de su competencia y en concordancia con sus objetivos y la politica sectorial; b) Ejercer la direccion y administracion general de la Entidad; c) Proponer las estrategias de desarrollo institucional de corto, mediano y largo plazo; d) Establecer mecanismos que promuevan la transparencia, honestidad, neutralidad y probidad en la gestion institucional; e) Designar a los funcionarios de la Entidad que se encargaran de aprobar las Bases y Valores Referenciales correspondientes a Adjudicacion Directa y de Menor Cuantia; f) Aprobar Bases y Valores Referenciales correspondientes a todos los procesos de seleccion de Concursos Publicos y Licitaciones Publicas; g) Cautelar que los recursos economicos obtenidos por recaudacion de peajes y multas administrativas se destinen exclusivamente para financiar el Programa de Mantenimiento Vial a su cargo;

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