Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2003 (27/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 27 de enero de 2003

de quien depende funcional y jerarquicamente, mantiene relaciones funcionales y de coordinacion con los organos de la entidad. CAPITULO IV GERENCIA DE OPERACIONES ZONALES Articulo 33º.- La Gerencia de Operaciones Zonales, es el organo de linea encargado de la administracion de las Unidades Zonales, Unidades de Peaje y Estaciones de Pesaje, incluyendo la recaudacion de peajes y el cumplimiento de la normatividad vigente de la regulacion y control de los pesos y medidas vehiculares y de ejecutar los programas de mantenimiento rutinario de la Red Vial Nacional. Articulo 34º.- La Gerencia de Operaciones Zonales tiene las siguientes funciones: a) Dirigir, coordinar y supervisar la ejecucion del programa de mantenimiento rutinario de carreteras, puentes y demas infraestructura relacionada con la Red Vial Nacional Asfaltada; b) Dirigir y supervisar las actividades tecnico administrativas de las Unidades Zonales; c) Dirigir y supervisar los contratos de mantenimiento rutinario hasta su respectiva liquidacion; d) Evaluar y supervisar la ejecucion de actividades de mantenimiento a nivel zonal; e) Formular, procesar y tramitar las valorizaciones de los contratos; f) Establecer los procesos y controles que aseguren la captacion eficiente de los recursos economicos por concepto de pago de peaje y multas administrativas de pesos y medidas vehiculares; g) Llevar la estadistica de la recaudacion en las Unidades de Peajes, Estaciones de Pesajes y de multas por infraccion por sobre pesos y sobre dimension vehicular; h) Llevar la estadistica diaria de circulacion vehicular para determinar los respectivos IMD; i) Proveer informacion sistematica sobre las condiciones de transitabilidad y seguridad vial; j) Efectuar la supervision y control de cualquier MORDAZA de intervencion dentro del derecho de via de la Red Vial Nacional; k) Incorporar las medidas de mitigacion de los impactos ambientales negativos en los procesos de mantenimiento vial; l) Otorgar autorizaciones especiales y excepcionales correspondientes a cargas especiales de acuerdo a la normatividad vigente; m) Expedir y notificar Resoluciones Gerenciales en asuntos materia de su competencia, ejerciendo la primera instancia administrativa; n) Procesar, autorizar y tramitar las solicitudes de remesas de las Unidades Zonales; o) Las demas funciones que le asigne la Direccion Ejecutiva, de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 35º.- La Gerencia de Operaciones Zonales esta a cargo de un Gerente, que es designado por el Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL de quien depende funcional y jerarquicamente, mantiene relaciones funcionales y de coordinacion con los organos de la entidad. TITULO IX ORGANOS DESCONCENTRADOS CAPITULO I UNIDADES ZONALES Articulo 36º.- Las Unidades Zonales son organos desconcentrados del PROVIAS NACIONAL, encargados de ejecutar todas las actividades correspondientes al mantenimiento de carreteras, puentes, peaje, pesaje y demas infraestructura relacionada con la Red Vial Nacional. Cada Unidad Zonal, esta a cargo de un Jefe Zonal, que es designado por el Director Ejecutivo del PROVIAS NACIONAL, depende funcional y jerarquicamente de la Gerencia de Operaciones Zonales y mantiene relaciones funcionales y de coordinacion con los organos del PROVIAS NACIONAL. Articulo 37º.- Las Unidades Zonales tienen las siguientes funciones, responsabilidades y/o atribuciones:

a) Ejecutar los programas de mantenimiento rutinario y emergencias de la Red Vial Nacional en los tramos de carreteras a su cargo, asi como la administracion de los sistemas de pesaje y peaje; b) Ejecutar los programas de mantenimiento periodico y/o rehabilitacion de los tramos a cargo de la Unidad Zonal; c) Participar en la formulacion del Plan Anual de Mantenimiento Rutinario; d) Elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de la Unidad Zonal; e) Formular el Presupuesto Anual por tramo y proyectos a cargo de la Unidad Zonal; f) Elaborar y proponer los terminos de referencia para la contratacion de servicios especializados de mantenimiento; g) Llevar a cabo las adquisiciones y contrataciones bienes y servicios para la ejecucion del programa de mantenimiento rutinario segun los terminos de referencia y demas normas aprobadas por la Gerencia de Mantenimiento de la Red Vial Nacional; h) Formular las solicitudes de remesas de los programas de mantenimiento, unidades de peaje, estaciones de pesaje, proyectos de reforestacion y otros. i) Llevar a cabo las rendiciones de cuentas documentadas por transferencia recibidas en la modalidad de encargo y su contabilizacion a traves del SIAF y/o Sistemas administrativos de la Entidad; j) Representar a la Entidad ante las instancias administrativas y policiales correspondientes al ambito territorial de su competencia; con cargo a dar cuenta a la Direccion Ejecutiva; k) Monitorear las actividades de recaudacion en las unidades de peaje; l) Reportar las estadisticas del control/flujo vehicular; m) Otras funciones inherentes a su ambito de accion asi como las que le asigne la Gerencia de Operaciones Zonales. TITULO X RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 38º.- El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL mantiene relaciones de caracter jerarquico, funcional y de coordinacion, de acuerdo a lo siguiente: a) Jerarquico: Depende jerarquicamente del Despacho Viceministerial de Transportes. b) Funcional: Con los organos y entidades del Sector Transportes y Comunicaciones y demas instituciones y organismos del Sector Publico relacionados con sus actividades. c) Coordinacion: Con Entidades Publicas y Privadas relacionadas con sus actividades. TITULO XI RECURSOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS Articulo 39º.- Constituyen recursos economicos y financieros del PROVIAS, los siguientes: a) Los que le asigne la Ley Anual de Presupuesto para el Sector Publico; b) Los que provengan de los Contratos de Prestamo celebrados entre el Gobierno del Peru y otros Gobiernos, y de Organismos y Entidades Nacionales e internacionales Financiadoras y Cofinanciadoras; c) Los que provengan de transferencias, donaciones; Los provenientes de recursos directamente recaudados. TITULO XII REGIMEN LABORAL Articulo 40º.- El personal del PROVIAS NACIONAL se encuentra comprendido en el Regimen Laboral de la Actividad Privada, de conformidad con lo establecido en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 033-2002MTC.

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