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PÆg. 238263 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 PROVÍAS RURAL, de acuerdo a los cuadros que figuran como Anexos de la presente resolución y forman parte in-tegrante de la misma. Artículo 2º.- Disponer que los Jefes de las Unidades Ejecutoras 008-PROVÍAS DEPARTAMENTAL y 009-PRO-VÍAS RURAL pongan en conocimiento del Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CON- SUCODE y de la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicro Empresa - PROMPYME, la inclusión efectuada me- diante la presente resolución, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de expedición de la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 01909 Declaran nulas adjudicaciones directas pœblicas convocadas para seleccionarproveedores de combustible y líquidoasfÆltico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 060-2003-MTC/02 Lima, 27 de enero de 2003 VISTA: La Nota de Elevación Nº 020-2002-MTC/22.DE de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestruc- tura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPAR-TAMENTAL, mediante la cual solicita se declare la nulidad de las Adjudicaciones Directas Públicas Nº 0001-2002- MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 y Nº 002-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04; CONSIDERANDO:Que, con fecha 27 de setiembre de 2002 se publicó las convocatorias de las Adjudicaciones Directas Públicas Nº0001-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 y Nº 002-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 para se- leccionar a los proveedores de Combustible (Petróleo Die-sel - 2) y Líquido Asfáltico RC-250 respectivamente, para la Carretera Vizcachani - Chivay - Huambo Tramo Chucura Km. 25+000 - Quebrada Ccapo Km. 35+000; Que, con fecha 15 de octubre de 2002 se suspendió los Actos de presentación y evaluación de propuestas y otor- gamiento de buena pro correspondientes a las Adjudica-ciones Directas Públicas Nº 0001-2002-MTC/15.02.PRO- VIAS-D-ZONAL Nº 04 y Nº 002-2002-MTC/15.02.PRO- VIAS-D-ZONAL Nº 04, debido a que se consideró necesa-rio esperar la designación de los Comités Especiales en- cargados de llevar a cabo dichas Adjudicaciones Directas Públicas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 749-2002-MTC/ 15.17 de fecha 11 de octubre de 2002, se designó al Comi- té Especial encargado de llevar a cabo las adjudicacionesdirectas públicas para las adquisiciones de Combustible (Diesel - 2) y Líquido Asfáltico RC-250; Que, mediante Informe Nº 018-2002-MTC/22.GAL el Gerente de Asuntos Legales de PROVIAS DEPARTA- MENTAL señala que debe emitirse la Resolución Ministe- rial que declare nulas las mencionadas Adjudicaciones Di-rectas Públicas al haber los Comités pretendido dar inicio a los actos de apertura de sobres sin contar con la resolu- ción de designación correspondiente; Que, de acuerdo al artículo 23º del Texto Único Orde- nado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, para cada proceso de selección la Entidad designa- rá un Comité Especial que deberá llevar adelante el proce- so, teniendo a su cargo la organización, conducción y eje-cución de la integridad del proceso hasta antes de la sus- cripción del contrato; Que, de conformidad con el artículo 34º del Reglamen- to, el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad, según corresponda, designará mediante re-solución al Comité Especial encargado de conducir el pro- ceso de selección; Que, el artículo 17º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, en adelante el Regla-mento, establece que los procesos de selección se inician con la convocatoria y culminan con la suscripción del con- trato, entre otros; Que, de acuerdo al artículo 23º del Reglamento, el Comité Especial se encargará de la organización y eje- cución, desde la preparación de las Bases, absoluciónde consultas, evaluación de observaciones, recepción de ofertas, calificación de postores, evaluación de propuestas y, en general, todo acto necesario o conve-niente, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme; Que, según lo señalado en el artículo 27º del Regla- mento, elaboradas las Bases por el Comité Especial, éste las elevará a la autoridad competente para su aprobación. Una vez aprobadas, el Comité Especial dispondrá la reali-zación de la Convocatoria; Que, de acuerdo a los documentos tenidos a la vis- ta, y a lo indicado por el Gerente de Mantenimiento dePROVIAS DEPARTAMENTAL mediante Memorándum Nº 043-2002-MTC/22.GM, con fecha 27 de setiembre de 2002 se convocó a las Adjudicaciones Directas Nº0001-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 y Nº 002-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 sin contar con la resolución de designación del ComitéEspecial; Que, en tal sentido, dichas convocatorias y las corres- pondientes absoluciones de consultas e integraciones deBases resultan nulas al haber sido efectuadas por perso- nas distintas al Comité Especial que debía ser designado de acuerdo a lo señalado por el artículo 34º del Reglamen-to; Que, de conformidad con el artículo 26º del Reglamen- to, el Titular del Pliego podrá declarar la nulidad del proce-so de selección en caso que se hayan expedido actos ad- ministrativos que contravengan las normas legales, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio dela que sea declarada en la resolución recaída sobre los recursos impugnativos; Que, en tal sentido, corresponde declarar la nulidad de las Adjudicaciones Directas Públicas Nº 0001-2002-MTC/ 15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 y Nº 002-2002-MTC/ 15.02.PROVIAS-D-ZONAL Nº 04 por haber sido efectua-das sin existir designación del Comité Especial correspon- diente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar nulas las Adjudicaciones Direc- tas Públicas Nº 0001-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZO- NAL Nº 04 y Nº 002-2002-MTC/15.02.PROVIAS-D-ZONALNº 04, retrotrayendo dichos procesos a la etapa de Convo- catoria, por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 01908 Designan Director de Navegación AØrea de la Dirección General de AeronÆuti- ca Civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2003-MTC/02 Lima, 27 de enero de 2003