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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2003 (31/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 238280 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por las propuestas de bienes elabo-rados dentro del territorio nacional; Que, de los antecedentes del mencionado proceso de selección se observa que la evaluación de las pro-puestas económicas se efectuó sobre la base de un adi- cional de sólo un 15%, contraviniendo lo señalado en las Bases, el artículo 52º del Reglamento y la Ley Nº 27633; Que, por otro lado, conforme al Acuerdo Nº 017/010 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pu- blicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23 de se-tiembre del 2002, los valores que establezcan las Entida- des y las propuestas económicas que presenten los posto- res participantes en los procesos de selección convocadosen aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demás normas ampliatorias, modificatorias y conexas, de-ben ser formuladas en cifras monetarias que consideren hasta un máximo de dos (02) decimales; Que, de acuerdo al numeral 5.6 de las Bases, en lo que respecta a la propuesta económica, se estableció que se especificará el monto total de la oferta, conside- rando hasta tres decimales, contraviniéndose de estamanera lo establecido en el citado Acuerdo; Que, de lo señalado anteriormente, se observa que se ha prescindido del artículo 33º de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, el artículo 52º del Reglamento, así como lo señalado en la Ley Nº 27633 y el Acuerdo Nº 017/010, al evaluar incorrectamente las pro-puestas económicas y elaborar incorrectamente las Ba- ses del presente proceso, por lo que se ha incurrido en causal de nulidad según lo establecido en el artículo 57ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que dispone que son nulos los actos administrativos cuando son dictados por órganoincompetente, contravengan las normas legales, conten- gan un imposible jurídico o prescindan de las normas esen- ciales del procedimiento; Que, el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titular del Pliego o la máxima au-toridad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selec- ción por alguna de las causales establecidas en el artículo57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sólo hasta antes de la celebra- ción del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada enla resolución recaída sobre los recursos impugnativos; Que, atendiendo a la norma mencionada preceden- temente, corresponde declarar de oficio la nulidad de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 0206S00291; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el OficioNº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la fa- cultad prevista en el artículo 26º del Reglamento del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado; Que, la declaración de nulidad de oficio de un proceso es una atribución de la autoridad administrativa en los ca- sos contemplados en la Ley; Que, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, la más alta autoridad de la Entidad puede disponer la evaluación del adecuado desempeño de los miembros delComité Especial y servidores que participaron en el men- cionado proceso de selección, con la finalidad de deslin- dar las responsabilidades a que hubiere lugar; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0206S00291 "Adquisición de PapelToalla", y en consecuencia, sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro, debiéndose retrotraer el proceso a la Etapa de Convocatoria, previa reformulación de las Bases. 2. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. 3. ENCARGAR al Órgano de Auditoría Interna que rea- lice el deslinde de responsabilidades a que hubiere lu- gar.4. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de la Adjudi-cación Directa Selectiva Nº 0206S00291, la Gerencia General del Hospital Guillermo Almenara Irigoyen y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR FELIPE GUTIÉRREZ PEÑA Presidente Ejecutivo 01925 Declaran nulidad de concurso pœblico sobre contratación del servicio de ali-mentación y nutrición para el HospitalIII Daniel Alcides Carrión RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 041-PE-ESSALUD-2003 Lima, 27 de enero del 2003 VISTA: La Carta Nº 1285-GDTA-ESSALUD-2002 mediante la cual el Gerente Departamental de Tacna solicita que sedeclare de oficio la nulidad del Concurso Público Nº 0221P00011 "Contratación del Servicio de Alimentación y Nutrición para el Hospital III Daniel Alcides Carrión"; y laCarta Nº 7093-OCAJ-ESSALUD-2002; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de setiembre del 2002, se convocó al Concurso Público Nº 0221P00011 con el objeto de con-tratar el servicio de Alimentación y Nutrición para el Hospi- tal III "Daniel Alcides Carrión" de la Gerencia Departamen- tal Tacna, con un valor referencial de S/. 376,174.68 (Tres-cientos setentiséis mil ciento setenticuatro y 68/100 Nue- vos Soles); Que, conforme a lo señalado en el artículo 25º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las Bases de una Licitación o Concur-so Público serán aprobadas por el Titular del Pliego que lo convoca o por el funcionario designado por este último o por el Directorio en el caso de las Empresas del Estado; Que, de los antecedentes de las Bases del Concurso Público Nº 0221P00011 se observa que éstas no fueron aprobadas por funcionario alguno, siendo convocados sincontar con dicho requisito, contraviniendo de esta manera lo establecido en el artículo 25º de la Ley; Que, asimismo, el artículo 66º del Reglamento del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, señala que las Bases establecerán ade- más de los requerimientos mínimos a cumplir para que lapropuesta sea admitida, los factores necesarios para la evaluación, los puntajes máximos que se le asignan y los respectivos criterios de evaluación y calificación. En talsentido, para la evaluación técnica deberán distinguirse dos momentos: uno en el cual se verifica que las propuestas cumplan con los requerimientos mínimos a efectos que seanadmitidas, y otro posterior en el cual se las califica, asig- nándoles puntajes en función de los factores de evaluación preestablecidos en las Bases, los mismos que pueden in-cluir las mejoras que se hayan ofertado sobre los requeri- mientos mínimos con la finalidad de seleccionar la propues- ta de la mejor calidad; Que, en el mismo sentido se ha pronunciado el Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE a través de su Pronunciamiento Nº 072-2002(GTN); Que, en el presente caso, el numeral 1.1 del Anexo 4 "Especificaciones Técnicas" de las Bases del ConcursoPúblico Nº 0221P00011, establece como requerimiento mínimo que el valor calórico total (VCT) de los regímenes normales será no menor de 2,200 calorías al día distribui-das en la siguiente forma: Desayuno 20%, Almuerzo 45% y Comida 35%;