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PÆg. 238273 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de enero de 2003 Angamos Oeste Nº 120, ambas en la provincia y departa- mento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 01854 Modifican el Reglamento para la Admi- nistración del Riesgo País RESOLUCIÓN SBS Nº 118-2003 Lima, 29 de enero de 2003EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Se-guros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Se- guros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, las empresas del sistema financiero gozan de li-bertad para asignar los recursos de sus carteras, aunque debiendo observar el criterio de la diversificación del ries-go y los límites estipulados en dicha Ley; Que, es objetivo de esta Superintendencia procurar que las empresas supervisadas cuenten con un sistema de control de riesgos que les permita identificar, medir, con-trolar y reportar los riesgos que enfrentan, con la finalidad de proteger los intereses del público de acuerdo a lo esti- pulado en el artículo 347º de la Ley General; Que, mediante la Resolución SBS Nº 505-2002 del 31 de mayo de 2002 se aprobó el Reglamento para la admi- nistración del riesgo país, estableciéndose los criterios mí-nimos prudenciales para la gestión y control del mismo, siendo necesario establecer algunas modificaciones y pre- cisiones en el mencionado reglamento; Que, asimismo, dicha Resolución estableció el re- querimiento de provisiones por riesgo país, el cual será exigible a partir del 31 de enero de 2003, resultandooportuna la adecuación del Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolución SBS Nº 895-98 del 1 de setiembre de1998 y sus normas modificatorias, para el debido re- gistro de dichas provisiones; Contando con la opinión favorable de las Superinten- dencias Adjuntas de Banca y Asesoría Jurídica, así como de la Gerencia de Estudios Económicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Reglamento para la Ad- ministración del Riesgo País, aprobado por Resolución SBS Nº 505-2002 del 31 de mayo de 2002, de acuerdo con lassiguientes disposiciones. 1. Sustitúyase el segundo párrafo del Artículo 6º en los términos siguientes: “Cuando la exposición de la cartera crediticia de una empresa en un país supere el cinco por ciento (5%) de su patrimonio efectivo, esta Superintendencia podrá exigir la evaluación del riesgo integral de dicha cartera por parte deuna empresa de Auditoría Externa de reconocido presti- gio.” 2. Incorpórese como cuarto párrafo del artículo 15º lo siguiente: “En caso el requerimiento de provisiones por riesgo país resulte mayor al correspondiente a la naturaleza de la ope- ración activa, las empresas deberán reconocer el requeri-miento adicional de provisiones en una cuenta contable independiente, según las disposiciones contenidas en el Manual de Contabilidad. Las provisiones correspondien-tes a la naturaleza de la operación activa deberán man- tenerse en sus cuentas respectivas.” Artículo Segundo .- Aprobar las modificaciones al Ma- nual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financie-ro, aprobado por la Resolución SBS Nº895-98 y sus nor- mas modificatorias, de acuerdo a lo señalado en el Anexo adjunto. Artículo Tercero .- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Asimismo, el requerimiento de provisionesestablecido en el artículo 16º del Reglamento para la Ad- ministración del Riesgo País será exigible a partir del 31 de marzo de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros ANEXO Modifíquense los Capítulos III “Catálogo de Cuen- tas”, IV “Descripción y Dinámica de Cuentas ” y V “Anexos y Reportes” del Manual de Contabilidad, en los siguientes términos: 1. Incorpórense en la cuenta 2702 “Otras Provisiones”, las siguientes subcuenta, cuentas analíticas y subcuentas analíticas: 2702.05 PRO VISIONES PARA RIESGO PAÍS 2702.05.01 DEPÓSITOS EN EL EXTERIOR 2702.05.03 INVERSIONES NEGOCIABLES Y A VENCIMIENTO 2702.05.04 CRÉDITOS 2702.05.04.01 CRÉDITOS DIRECTOS 2702.05.04.02 CRÉDITOS INDIRECTOS2702.05.05 CUENTAS POR COBRAR 2702.05.06 BIENES RECIBIDOS EN PAGO Y ADJUDICADOS 2702.05.07 INVERSIONES PERMANENTES 2. Modifíquense la Forma A - Balance General y sus Normas de Agrupación, en la parte de Pasivo, en el rubroProvisiones, de acuerdo a lo señalado en el numeral ante- rior, tal como se muestra a continuación: PROVISIONES 2700 PROVISIONES PARA CRÉDITOS CONTINGENTES2701 PROVISIONES PARA OTRAS CONTINGENCIAS Y RIESGO PAÍS 2702 3. Incorpórense en la cuenta 4305 “Provisiones para Contingencias y Otras” las siguientes subcuenta, cuentasanalíticas y subcuentas analíticas: 4305.05 PRO VISIONES PARA RIESGO PAÍS 4305.05.01 DEPÓSITOS EN EL EXTERIOR 4305.05.03 INVERSIONES NEGOCIABLES Y A VENCIMIENTO 4305.05.04 CRÉDITOS 4305.05.04.01 CRÉDITOS DIRECTOS 4305.05.04.02 CRÉDITOS INDIRECTOS 4305.05.05 CUENTAS POR COBRAR 4305.05.06 BIENES RECIBIDOS EN PAGO Y ADJUDICADOS 4305.05.07 INVERSIONES PERMANENTES 4. Sustitúyase el primer párrafo de la descripción del rubro 27 “Provisiones” por el siguiente texto: “Comprende las provisiones para contingencias que la empresa constituye afectando el resultado del ejercicio, pero cuyo pago o liquidación se efectuará en el ejercicio o ejer-cicios siguientes. Asimismo incluye las provisiones para riesgo país de acuerdo a las normas que sobre la materia haya establecido la Superintendencia de Banca y Segu-ros”. 5. Sustitúyase la descripción de la cuenta 2702 “Otras provisiones” por el siguiente texto: