Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2003 (31/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, viernes 31 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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Angamos Oeste Nº 120, MORDAZA en la provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 01854

tes a la naturaleza de la operacion activa deberan mantenerse en sus cuentas respectivas." Articulo Segundo.- Aprobar las modificaciones al Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolucion SBS Nº895-98 y sus normas modificatorias, de acuerdo a lo senalado en el Anexo adjunto. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, el requerimiento de provisiones establecido en el articulo 16º del Reglamento para la Administracion del Riesgo MORDAZA sera exigible a partir del 31 de marzo de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros ANEXO

Modifican el Reglamento para la Administracion del Riesgo MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 118-2003 MORDAZA, 29 de enero de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 8º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, las empresas del sistema financiero gozan de MORDAZA para asignar los recursos de sus carteras, aunque debiendo observar el criterio de la diversificacion del riesgo y los limites estipulados en dicha Ley; Que, es objetivo de esta Superintendencia procurar que las empresas supervisadas cuenten con un sistema de control de riesgos que les permita identificar, medir, controlar y reportar los riesgos que enfrentan, con la finalidad de proteger los intereses del publico de acuerdo a lo estipulado en el articulo 347º de la Ley General; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 505-2002 del 31 de MORDAZA de 2002 se aprobo el Reglamento para la administracion del riesgo MORDAZA, estableciendose los criterios minimos prudenciales para la gestion y control del mismo, siendo necesario establecer algunas modificaciones y precisiones en el mencionado reglamento; Que, asimismo, dicha Resolucion establecio el requerimiento de provisiones por riesgo MORDAZA, el cual sera exigible a partir del 31 de enero de 2003, resultando oportuna la adecuacion del Manual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolucion SBS Nº 895-98 del 1 de setiembre de 1998 y sus normas modificatorias, para el debido registro de dichas provisiones; Contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica, asi como de la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Reglamento para la Administracion del Riesgo MORDAZA, aprobado por Resolucion SBS Nº 505-2002 del 31 de MORDAZA de 2002, de acuerdo con las siguientes disposiciones. 1. Sustituyase el MORDAZA parrafo del Articulo 6º en los terminos siguientes: "Cuando la exposicion de la cartera crediticia de una empresa en un MORDAZA supere el cinco por ciento (5%) de su patrimonio efectivo, esta Superintendencia podra exigir la evaluacion del riesgo integral de dicha cartera por parte de una empresa de Auditoria Externa de reconocido prestigio." 2. Incorporese como MORDAZA parrafo del articulo 15º lo siguiente: "En caso el requerimiento de provisiones por riesgo MORDAZA resulte mayor al correspondiente a la naturaleza de la operacion activa, las empresas deberan reconocer el requerimiento adicional de provisiones en una cuenta contable independiente, segun las disposiciones contenidas en el Manual de Contabilidad. Las provisiones correspondien-

Modifiquense los Capitulos III "Catalogo de Cuentas", IV "Descripcion y Dinamica de Cuentas" y V "Anexos y Reportes" del Manual de Contabilidad, en los siguientes terminos: 1. Incorporense en la cuenta 2702 "Otras Provisiones", las siguientes subcuenta, cuentas analiticas y subcuentas analiticas:
2702.05 2702.05.01 2702.05.03 2702.05.04 2702.05.04.01 2702.05.04.02 2702.05.05 2702.05.06 2702.05.07 PROVISIONES PARA RIESGO MORDAZA DEPOSITOS EN EL EXTERIOR INVERSIONES NEGOCIABLES Y A VENCIMIENTO CREDITOS CREDITOS DIRECTOS CREDITOS INDIRECTOS CUENTAS POR COBRAR BIENES RECIBIDOS EN PAGO Y ADJUDICADOS INVERSIONES PERMANENTES

2. Modifiquense la Forma A - Balance General y sus Normas de Agrupacion, en la parte de Pasivo, en el rubro Provisiones, de acuerdo a lo senalado en el numeral anterior, tal como se muestra a continuacion:
PROVISIONES 2700 PROVISIONES PARA CREDITOS CONTINGENTES 2701 PROVISIONES PARA OTRAS CONTINGENCIAS Y RIESGO MORDAZA 2702

3. Incorporense en la cuenta 4305 "Provisiones para Contingencias y Otras" las siguientes subcuenta, cuentas analiticas y subcuentas analiticas:
4305.05 4305.05.01 4305.05.03 4305.05.04 4305.05.04.01 4305.05.04.02 4305.05.05 4305.05.06 4305.05.07 PROVISIONES PARA RIESGO MORDAZA DEPOSITOS EN EL EXTERIOR INVERSIONES NEGOCIABLES Y A VENCIMIENTO CREDITOS CREDITOS DIRECTOS CREDITOS INDIRECTOS CUENTAS POR COBRAR BIENES RECIBIDOS EN PAGO Y ADJUDICADOS INVERSIONES PERMANENTES

4. Sustituyase el primer parrafo de la descripcion del rubro 27 "Provisiones" por el siguiente texto: "Comprende las provisiones para contingencias que la empresa constituye afectando el resultado del ejercicio, pero cuyo pago o liquidacion se efectuara en el ejercicio o ejercicios siguientes. Asimismo incluye las provisiones para riesgo MORDAZA de acuerdo a las normas que sobre la materia MORDAZA establecido la Superintendencia de Banca y Seguros". 5. Sustituyase la descripcion de la cuenta 2702 "Otras provisiones" por el siguiente texto:

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