Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2003 (08/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 8 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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do de Compensacion Municipal (FONCOMUN), en un 70% para Gastos Corrientes y 30% para Inversiones respectivamente. Articulo Segundo.- En merito a lo dispuesto en el articulo primero que antecede, aprobar la Modificacion Presupuestaria en el Nivel Funcional Programatico del Pliego Municipalidad Distrital de Carabayllo, Ejercicio Fiscal al 2003, por la Fuente de Financiamiento 07: Fondo de Compensacion Municipal, conforme se detalla en anexo MP-02-A que forma parte integrante de la presente. Articulo Tercero .- Autorizar al senor MORDAZA la expedicion de la correspondiente Resolucion y remitir lo actuado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para mantener actualizada la informacion del MORDAZA Legal Presupuestario a Nivel Provincial. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02633

fecha, a disposicion de los interesados en la Unidad de Logistica de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, sito en Av. MORDAZA MORDAZA 1733 Km. 18 - Carabayllo, 1er. Piso del Local Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02634

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Regimen tributario de los arbitrios municipales
ORDENANZA N° 109-MPL Pueblo Libre, 6 de febrero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Pueblo Libre, en sesion de la fecha, aprobo por Unanimidad, el Dictamen N° 02-2003MPL/CPL-CPDE, referente a las Tasas para el cobro de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 191º reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y el inciso 3) del Art. 192º del mismo ordenamiento juridico faculta a los gobiernos locales, crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en aplicacion de la MORDAZA IV del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, la Municipalidad de Pueblo Libre mediante Ordenanza puede crear, modificar, y suprimir sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencias y derechos o exonerar de ellas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, es facultad del Concejo Municipal ejercer funciones normativas; en consecuencia, dictar, modificar y derogar las Ordenanzas; En uso de las atribuciones conferidas en los articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853 y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente: REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- Ambito de Aplicacion: En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitucion Politica del Peru y leyes complementarias, se establece en la jurisdiccion del distrito de Pueblo Libre, el MORDAZA legal del regimen tributario de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo. Articulo Segundo.- Hecho Imponible: El hecho generador de la obligacion de pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, esta constituido por la prestacion, implementacion y/o mantenimiento de los servicios publicos municipales referidos. Articulo Tercero.- Son Contribuyentes de los Arbitrios regulados por la presente Ordenanza: Los propietarios de los predios cuando los habiten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren desocupados o cuan-

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestal 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 056-2003-A/MDC Carabayllo, 30 de enero de 2003 Visto, el Informe Nº 010-03-DM/MDC, de la Direccion Municipal, en relacion al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2003; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los articulos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de su Reglamento, establecen que las Entidades del Sector Publico deben elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal, asi como el monto del presupuesto requerido para su contratacion o adquisicion, el mismo que una vez aprobado debera ser remitido al CONSUCODE y a PROMPYME dentro de los plazos establecidos; Que, de conformidad al Art. 6º del Reglamento de la Ley MORDAZA acotada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establece que dicho Plan debe contener la informacion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas a realizarse durante el periodo correspondiente a cada Ejercicio Fiscal; Que, mediante el informe de vistos, el Director Municipal eleva al Despacho de Alcaldia el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano 2003 de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, propuesto por el Jefe de la Unidad de Logistica mediante el INFORME Nº 70-2003-UL/ DA-MDC, con las adquisiciones y contrataciones que se detallan en el cuadro adjunto, y que responde a los objetivos generales trazados por la Alta Direccion para el Ejercicio Fiscal 2003, y solicita su aprobacion respectiva; Con la opinion favorable de la Direccion Municipal y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, correspondiente al Ejercicio Presupuestal del Ano 2003, segun se detalla en el cuadro adjunto, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar al Director de Administracion, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y la remision de un ejemplar del mismo al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion, debiendo asimismo poner dicho Plan Anual a partir de la

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