Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2003 (08/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de febrero de 2003

Que, el inciso 3) del articulo 37º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, senala que los Regidores tiene la atribucion de ejercitar funcion de fiscalizacion y vigilancia de los actos de la Administracion Municipal; Que, el articulo 191º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico anota que al termino de la MORDAZA Administrativa el servidor debera hacer entrega formal del cargo, bienes y asuntos pendientes de atencion ante quien la autoridad competente disponga; Que, tanto el MORDAZA y los funcionarios de la anterior Gestion no cumplieron con brindar apoyo e informacion para el cumplimiento de la formacion y funciones de la Comision de Transferencia, conforme lo establece la Ley Nº 26997; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Concejo por el inciso 10) del articulo 10º y el inciso 2) del articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD; SE ACORDO: Articulo Primero.- SOLICITAR a la Contraloria General de la Republica que disponga una Auditoria y Examen Especial de Control de los actos efectuados por la anterior Gestion Municipal durante el periodo MORDAZA del 2001 a diciembre del 2002, a fin de determinar las responsabilidades administrativas, civiles y penales. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02455

Que, por otro lado, el citado dispositivo, establece que las municipalidades estan facultadas para establecer el monto minimo a pagar por concepto del Impuesto equivalente a 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del ano al que corresponda el impuesto; Que, el cuerpo legal referido, en su Art. 14º Inc. a) indica que los contribuyentes estan obligados a presentar declaraciones juradas de autoavaluo hasta el ultimo dia habil de febrero, salvo que la Municipalidad establezca prorroga; Que, el ultimo parrafo del Art. 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general por la Administracion Tributaria; Que, el Decreto Supremo Nº 191-2002 de fecha 18.DICIEMBRE.2002, establece que a partir del 1 de enero del ano 2003, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es de Tres Mil Cien Nuevos Soles (S/ . 3,100); De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 36º Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; Decreto Legislativo Nº 776 - de Tributacion Municipal, concordante con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar al Codigo Tributario; con el Dictamen favorable de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA DISPOSICIONES GENERALES DEL IMPUESTO PREDIAL - EJERCICIO 2003 Articulo Primero.- El Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003 se calculara aplicando la escala progresiva acumulativa siguiente: Tramo de Autoavaluo Hasta 15 UIT Mas de 15 UIT y hasta 60 UIT Mas de 60 UIT Alicuota 0.2% 0.6% 1.0% Impuesto Parcial 93.00 837.00 Impuesto Acumulativo 93.00 930.00

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Establecen disposiciones sobre calculo, monto minimo anual y fechas de pago del Impuesto Predial
ORDENANZA Nº 089 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 25 de enero del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25 de enero del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA Yrribaren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre el Impuesto Predial para el Ejercicio Fiscal 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal se establece el MORDAZA normativo para la recaudacion, administracion y fiscalizacion del Impuesto Predial; determinacion de la escala progresiva acumulativa y las alternativas para cancelar el Impuesto Predial; Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 13º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, se define los Tramos del Autoavaluo y alicuota correspondiente. Impuesto se calcula aplicando a la Base Imponible la escala progresiva acumulativa;

Articulo Segundo.- ESTABLECER para el Ejercicio 2003, el monto minimo anual a pagar por concepto de Impuesto Predial en S/. 18.60 (Dieciocho y 60/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- ESTABLECER las fechas para el pago del Impuesto Predial para el Ejercicio 2003, de acuerdo a las siguientes alternativas: FORMA DE PAGO VENCIMIENTO

- Pago al contado (las 4 cuotas) : 28 de febrero del 2003 - Pago fraccionado: - Primera Cuota - MORDAZA Cuota - Tercera Cuota - Cuarta Cuota : 31.MARZO.2003 sin reajuste del IPM : 31.MAYO.2003 con reajuste del IPM : 31.AGOSTO.2003 con reajuste del IPM : 30.NOVIEMBRE.2003 con reajuste del IPM

Cuotas que seran reajustadas con la variacion acumulada del indice de precios al por mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a la Direccion Municipal y Oficina de Rentas, a traves de sus Unidades Organicas, para el cumplimiento de lo dispuesto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 02564

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