Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2003 (08/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de febrero de 2003

De conformidad con el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; asi como Art. 3º de la Ley Nº 27806 - de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Secretario General del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como funcionario responsable para brindar la informacion a que se refiere el Articulo 3º de la Ley Nº 27806 - de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Los funcionarios de la Entidad entregaran la informacion que se les solicite dentro de los plazos que senala la Ley, bajo responsabilidad. La Unidad de Tramite Documentario y el Archivo Central de la Municipalidad implementaran las acciones necesarias para entregar informacion veraz en los plazos establecidos. Articulo Segundo.- PONGASE EN CONOCIMIENTO la presente Resolucion a las instancias que correspondan. MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 16 de enero de 2003. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 02567

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Autorizan contratar empresa para evaluacion de deuda tributaria, conciliacion de cuentas y otros servicios relativos al Impuesto Predial y Arbitrios de principales contribuyentes
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2003-MDB Bellavista, 29 de enero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesion Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 009-2003-MDB.OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 03-2003OATR/UEC de la Oficina de Rentas, referidos al procedimiento de ejecucion coactiva llevado a cabo por la Municipalidad en contra de Telefonica del Peru S.A.A., el mismo que no se ha logrado efectivizar debido a las multiples dificultades administrativas entre las cuales destaca el concurso de acreedores sobre la ejecutada; Que, el articulo 111º - Servicios Personalisimos del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM senala que de conformidad con el inciso h) del articulo 19º, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de Seleccion, los Contratos de Locacion de Servicios celebrados con personas naturales y juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio. La evaluacion de las caracteristicas o habilidades del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo. Las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al ampa-

ro del presente articulo no seran materia de subcontratacion; Que, el articulo 113º del Reglamento citado describe que las Resoluciones o Acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe tecnico - legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones que se refiere al articulo 19º de la Ley se realizaran mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en caso de los Gobiernos Locales, cuya MORDAZA y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 115º del Reglamento citado, establece que las Resoluciones y Acuerdos que aprueben las exoneraciones del MORDAZA de seleccion conforme al articulo 19º de la Ley, salvo las previstas en los incisos b) y d), son publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision o adopcion, segun corresponda; Que, el articulo 116º del Reglamento mencionado, senala que las adquisiciones y contrataciones exoneradas, de conformidad con el articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º. La autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, el Informe Nº 009-2003-MDB.OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica contiene la justificacion legal de la procedencia a la exoneracion del Concurso Publico respectivo; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los articulos 10º y 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta respectiva, adopto el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la evaluacion de la deuda tributaria, conciliacion y asesoramiento de la cobranza de la cartera morosa de los principales contribuyentes por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, notificados por la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, a favor de la Municipalidad Distrital de Bellavista, debiendose cumplir con los procedimientos que establece el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Autorizar al Director Municipal de la Municipalidad Distrital de Bellavista, para que a traves del Comite Especial conformado para tal fin, proceda a la contratacion de una empresa, bajo la modalidad de servicios personalisimos, para que se encargue de la evaluacion de la deuda tributaria, conciliacion de cuentas y asesoramiento de la cobranza de la cartera morosa de los principales contribuyentes por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, notificados por la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, a favor de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Esta contratacion sera efectuada con las siguientes condiciones incluidas en las Bases Administrativas: plazo de ejecucion 30 dias y monto referencial del 10% del monto a cobrar. Articulo Tercero.- La contratacion que se efectue en virtud de la autorizacion otorgada por el presente Acuerdo de Concejo, se regulara por las disposiciones del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas de la Municipalidad Distrital de Bellavista, dentro del plazo de los diez (10) dias calendario

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