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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (08/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

PÆg. 238840 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de febrero de 2003 Artículo Sétimo.- La Oficina de Rentas queda encargada del cumplimiento del presente Decreto de Al- caldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RENÁN ESPINOZA ROSALES Alcalde 02450 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00003-2003-MDPP Puente Piedra, 24 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son los órganos de Go-bierno Local y como tales tienen autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad de Puente Piedra está próximo a conmemorar el septuagésimo sexto Aniversario de su Crea- ción Política y dentro de este contexto ha programado una serie de actividades que requieren de la participación delvecindario, por lo que corresponde una manifestación tra- dicional de identificación Patriótica, como es de cumplir con el embanderamiento, la limpieza y el pintado de las fa-chadas en general de los inmuebles del distrito; En uso de las facultades conferidas por el inciso 17) del artículo 47º y el inciso 5) del artículo 73º de la Ley Nº23853, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDE- RAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO, así como la lim-pieza y el pintado de las fachadas de los inmuebles del distrito, a partir del 8 de febrero hasta el 14 de febrero del 2003, con motivo de conmemorarse el septuagésimo sex-to Aniversario de Creación Política del distrito. Artículo Segundo.- INVITAR, a través de la Oficina de Participación Vecinal, a la población a participar y con-currir a los actos celebratorios de tan magna fecha. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Muni- cipal y Dirección de Servicios Públicos, el cumplimientodel presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENÁN ESPINOZA ROSALES Alcalde 02451 Autorizan realización de matrimonio civil comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000004-2003-MDPP Puente Piedra, 24 de enero de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política establece que las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local y como tales tienen autonomía adminis-trativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 4º de la Constitución Política señala que el Estado protege a la familia y promueve el matri-monio, reconociéndolos como institutos naturales y funda- mentales de la sociedad; Que, el inciso 11) del artículo 66º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que son funciones de las Municipalidades en materia de pobla-ción organizar los Registros Civiles, llevando las estadís- ticas correspondientes de acuerdo con la legislación so- bre la materia; Que, el artículo 234º del Código Civil indica que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y forma-lizada con sujeción a las disposiciones de éste Código, a fin de hacer vida común; Que, la Municipalidad de Puente Piedra está próxima a celebrar el septuagésimo sexto Aniversario de su Crea- ción Política y dentro de este contexto, la División de Re- gistro Civil, ha previsto dentro del Plan de Actividades adesarrollar, la realización del Matrimonio Comunitario co- rrespondiente, a celebrarse el día 14 de febrero del 2003; Que, es política de la actual Gestión brindar las facilida- des necesarias a todos lo ciudadanos del Distrito que deseen regularizar y/o formalizar su estado civil, de acuer- do a lo dispuesto en las Leyes de la materia; En uso de las atribuciones conferidas por los incisos 6) y 17) del artículo 47º y el artículo 111º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y de acuerdo alo informado por la Oficina de Registros Civiles y de Saneamiento Ambiental; SE DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del MA- TRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, con ocasión de con- memorarse el septuagésimo sexto Aniversario de Crea- ción Política del Distrito de Puente Piedra, el mismo quese celebrará el día 14 de febrero del año en curso, a ho- ras 10:00 a.m. en la Plaza de Armas del distrito y, el día 15 de febrero del 2003 en La Ensenada, a horas 10:00a.m. Artículo Segundo.- ESTABLECER como requisitos para la realización del Matrimonio Comunitario, lo siguien-te: a) Partida de Nacimiento de ambos contrayentes ac- tualizada (con una antigüedad no mayor de un año). b) Fotocopia legalizada del D.N.I. de ambos contra- yentes. c) Recibo de agua, luz o teléfono de ambos contrayen- tes (en caso de ser propietarios) y Contrato de Arrenda- miento (en caso de ser arrendatario o inquilino). d) Copia simple del D.N.I. de dos testigos. e) Pago único de S/. 75.00 (incluye pago por concep- to de examen médico). f) Declaración Jurada de Soltería. Artículo Tercero.- EXONÉRESE de la publicación de edictos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Munici- pal, Oficina de Administración, División de Registro Civil,Unidad de Logística y Saneamiento Ambiental el cumpli- miento del presente Dispositivo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENÁN ESPINOZA ROSALES Alcalde 02452 Declaran en situación de urgencia las adquisiciones de bienes y servicios parala continuidad de prestación de diver-sos servicios de la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 00002-2003-MDPP Puente Piedra, 2 de enero de 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA