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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (09/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 238855 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de febrero de 2003 a) Presidente. b) Vicepresidente.c) Secretario. d) Vocal. El cargo de Presidente lo ejerce el Presidente del Consejo Directivo Nacional y el cargo de Vicepresidente lo ejerce el Secretario de Economía y Bienes Patrimo-niales. Artículo 17° .- El Directorio tiene como funciones: a) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento y los Reglamentos Especiales que se acuerden. b) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Administración del Patrimonio transferido en Administración. c) Cautelar la intangibilidad del Patrimonio recibido en Administración. d) Evaluar los servicios sociales en prestación y ofer- tar, en términos de riesgos, costo y rentabilidad. e) Promover y asegurar un desarrollo ordenado de la economía, servicios sociales y bienestar en concordan- cia con Sec. De Economía y Bienes Patrimoniales. f) Generar un crecimiento sostenido del valor econó- mico. g) Velar por la mayor eficiencia financiera.h) Presentar su Presupuesto y estados financieros y Plan de Trabajo, para su aprobación al Consejo Directi- vo. i) Formular y ejecutar Contratos y Convenios de dife- rente índole, en coordinación con la Comisión estableci- da en el Estatuto. j) Resolver los asuntos no contemplados en este Reglamento previa aprobación del Consejo de Vigi- lancia. k) Elevar los Informes-Balances y Memorias anuales a ANCIJE y al Ministerio de Educación en armonía con el inciso “e)” del Artículo 2° del D.S. N° 007-77-ED. l) Tener actualizado el Padrón de los aportantes a la Ex Mutualista Magisterial. Artículo 18° .- El Directorio sesionará: a) Ordinariamente, una vez por semana. b) Extraordinariamente, cuando los convoque el Pre- sidente del Directorio o tres de sus miembros. La permanencia de todos los miembros del Directo- rio es cotidiana para una atención eficiente al asociado y una mejor administración del Patrimonio. Artículo 19° .- El Quórum para sus sesiones está dado por el 50% más uno de sus miembros. Artículo 20° .- Los acuerdos son válidos, cuando se adoptan por mayoría simple. En caso de empate, el Pre- sidente dirime. Artículo 21° .- Son removidos los miembros del Di- rectorio por la Asamblea General Extraordinaria a pro- puesta del Consejo Directivo Nacional por: a) Por dejar de asistir en forma injustificada a sesio- nes por tres veces consecutivas al mes. b) Dejar de asistir a sesiones por cinco veces no consecutivas al año. c) Por deficiente desempeño en sus funciones o falta grave. Artículo 22° .- Los miembros del Directorio son res- ponsables ante los Órganos de Gobierno de ANCIJE,conforme a su Estatuto y al presente Reglamento. Artículo 23° .- El Directorio es responsable solidaria- mente de la administración del Patrimonio. Artículo 24° .- El miembro del Directorio que quiera salvar su responsabilidad en los acuerdos del mismo, expresará su voto discrepante, haciendo constar en actasu posición. Artículo 25° .- Las dietas del Directorio serán fijadas en el Presupuesto Anual de ANCIJE. Artículo 26° .- Son funciones del Presidente del Di- rectorio: a) Velar por el estricto cumplimiento del Estatuto de ANCIJE sus Reglamentos y demás disposiciones lega- les de la Asociación.b) Convocar y presidir las sesiones semanales ordi- narias y extraordinarias. c) Firmar con el Secretario la correspondencia ofi- cial, las actas de sesiones y otros documentos. d) Firmar con el Gerente el Presupuesto y Estados Financieros que son elevados al CDN para su aproba- ción o modificación. e) Hacer cumplir coordinadamente con el Secretario de Economía el Presupuesto Anual. f) Recibir y entregar al término de su período el Patri- monio de ANCIJE por inventario en coordinación con laSec. De Economía y Bienes Patrimoniales. Artículo 27° .- Son funciones del Vicepresidente del Directorio: a) Suplir al Presidente en caso de ausencia o impedi- mento. b) Apoyar al Presidente en las diferentes tareas que se le encarguen. Artículo 28° .- Son funciones del Secretario: a) Llevar al día los Libros de Actas y reuniones. b) Firmar con el Presidente las Resoluciones, co- rrespondencias y demás documentos administrativos. Artículo 29° .- Son funciones del Vocal: a) Atender y resolver los asuntos administrativos pen- dientes. b) Asumir las comisiones y encargos que le confía el Directorio. Artículo 30° .- El Directorio y el Consejo de Vigilancia, con motivo de la Aprobación del Balance y el Presu- puesto, realizarán sesiones conjuntas. Artículo 31° .- Los cargos del Directorio tienen una dura- ción improrrogable de tres (3) años. No podrán postular a cargos directivos de su Base, mientras dure su mandato. No habrá reelección inmediata.Artículo 32° .- Son funciones del Consejo de Vigilan- cia: a) Velar por el fiel cumplimiento del Estatuto, Regla- mento y demás dispositivos que rigen la vida interna de la Asociación. b) Fiscalizar, supervisar y evaluar el manejo Econó- mico-Financiero-Administrativo de los Bienes dados en Administración. c) Disponer cuando lo estime conveniente la realiza- ción de Arqueos de Caja y Auditorías. d) Verificar la exactitud de las informaciones conta- bles. Inspeccionar los Libros de Caja. e) Denunciar las irregularidades, errores o deficien- cias detectadas entre el Consejo Directivo Nacional,Asamblea Nacional de Delegados, Asamblea Nacional de Presidentes Departamentales y/o Regionales de Base y Asamblea General, no sin antes haber agotado lasmedidas preventivas y correctivas. CAPÍTULO VI DE LA GERENCIA Artículo 33° .- La Gerencia constituye el órgano máxi- mo de ejecución administrativa y depende orgánicamentedel Directorio. Artículo 34° .- Son funciones de la Gerencia: a) Asesorar al Consejo Directivo y el Directorio en materia económica, financiera e inversiones. b) Formular, preparar y presentar el Presupuesto en coordinación con el Directorio. c) Consolidar el Presupuesto Anual de la ANCIJE, ejecutarlo, controlarlo y evaluarlo mensualmente. d) Evaluar las decisiones de inversión y/o financia- miento a corto plazo y largo plazo. e) Preparar técnicamente todo informe económico, financiero y de inversiones. f) Realizar estudios de búsqueda y creación de fuen- tes de financiamiento y de inversiones nacionales o in-ternacionales, proponiéndolas al Consejo Directivo a tra- vés del Directorio.