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PÆg. 238863 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de febrero de 2003 En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa PEZ DE EXPOR- TACION S.A.C., autorización de incremento de flota víaadquisición de tres (3) embarcaciones pesqueras de construcción nacional del año 1982, con una capacidad de bodega de 650 m3 cada una, arqueo neto de 125.74,sistema de preservación a bordo R.S.W. a ser equipada con red de cerco de 4 1/2 pulgadas de abertura del tamaño de la malla, con paño protector de delfines de 1¼ de tamaño de abertura de malla, para la extracción del recurso atún y especies afines, con destino al consumo humano directo, en el ámbito del litoral peruano y fuerade las diez (10) millas de la costa. Artículo 2º.- La autorización otorgada por el artículo precedente tendrá vigencia por un plazo de dieciocho(18) meses, contado a partir de la fecha de su notifica- ción, prorrogable por seis (6) meses adicionales por única vez. Vencido el plazo inicial, o la prórroga, laautorización de incremento de flota caducará de pleno derecho en caso de no haberse verificado la adquisición de las embarcaciones o no haberse ejecutado o solicita-do el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificación por parte del Ministerio de la Producción. Asimismo, serácausal de caducidad la ejecución de la autorización exce- diendo la capacidad de bodega autorizada o con caracte- rísticas diferentes a las que la sustentaron. Artículo 3º.- Incluir a las tres (3) embarcaciones pesqueras en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las DireccionesRegionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Liber- tad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 02602 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 27 de enero del 2003 Vistos los escritos con registro Nº CE-00954002 de fechas 3 y 23 de setiembre de 2002, presentados por PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 49º del Reglamen- to de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las personas naturales o ju-rídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autori-zación para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial; Que por Resolución Ministerial Nº 280-97-PE de fecha 3 de junio de 1997, se otorgó a PACIFIC FREEZING COM- PANY E.I.R.L. licencia de operación, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos,destinado al consumo humano directo, a través de su plan- ta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en la Zona Industrial II de Paita, Mza. B, Lote 04, distrito yprovincia de Paita, departamento de Piura; Que a través de los escritos del visto, PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. solicita autorización parael incremento de la capacidad de operación de la planta de congelado de productos hidrobiológicos de 25 t/día a 90 t/día, en su establecimiento industrial señalado en elpárrafo anterior;Que mediante Certificado Ambiental -EIA Nº 026- 2002-PRODUCE/DINAMA de fecha 29 de agosto de2002, la Dirección Nacional de Medio Ambiente otorga calificación favorable al Estudio de Impacto Ambiental presentado por PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L.; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. ha cumplido con presen-tar los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 24 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Pro-ducción), aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2002- PE, por lo que resulta procedente otorgar la autorización solicitada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro- cesamiento Pesquero mediante Informe Nº 001-2002-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 2 de octubre de 2002 y con la opinión favorable de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca-, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y elprocedimiento Nº 24 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmen- te Ministerio de la Producción), aprobado por DecretoSupremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a PACIFIC FREEZING COM- PANY E.I.R.L. autorización para efectuar el incrementode la capacidad de operación de la planta de congelado de productos hidrobiológicos, instalada en su estableci- miento industrial ubicado en la Zona Industrial II, Mz. B,Lote 04, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado : de 25 t/día a 90 t/día Artículo 2º.- PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. deberá instalar el incremento de capacidad de su planta de congelado de productos hidrobiológicos, con suje- ción a las normas legales y reglamentarias del ordena-miento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sani- dad, higiene y seguridad industrial pesquera que garan-ticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar los compromisos asumi- dos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificadofavorablemente por la Dirección Nacional de Medio Am- biente, según el Certificado Ambiental - EIA Nº 026-2002- PRODUCE/DINAMA de fecha 29 de agosto de 2002. Artículo 3º.- Otorgar a PACIFIC FREEZING COM- PANY E.I.R.L. el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de notificada la presente resolución, renovablepor una sola vez y por igual período, previa presenta- ción de la información relativa al avance de obra e inver- sión sustantiva efectuada, para que la interesada con-cluya con la instalación del aumento de capacidad de su planta de congelado de productos hidrobiológicos. Pre- vio al inicio de su actividad productiva, PACIFIC FREE-ZING COMPANY E.I.R.L. solicitará la inspección técni- ca correspondiente para la determinación de la capaci- dad instalada y el otorgamiento de la licencia de opera-ción respectiva. Artículo 4º.- La autorización de incremento de capacidad de la planta de congelado otorgada por elartículo 1º de la presente resolución, caducará de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo señalado en el artículo anterior o, de ser el caso, al término de larenovación del mismo, el referido aumento, sin que sea necesario para ello notificación por parte del Ministerio de la Producción. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en los artículos 2º y 3º de la presente resolución será causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicación delas sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso.