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PÆg. 238869 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de febrero de 2003 chos de pesca que acredite el armador con la respecti- va constancia. Este pago será abonado por el armadorpesquero conforme a lo establecido por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002- PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyany cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caducidad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorga- do para operar la embarcación pesquera "MARIA DEL CARMEN" de Matrícula CO-19773-CM, a través de la presente Resolución, en el literal B) del Anexo I de laResolución Ministerial Nº 191-2002-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías yGuardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direccio- nes Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lamba- yeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua yTacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 02615 Modifican denominación social de titu- lar de licencias de operación otorgadas por la R.M. N” 046-97-PE y la R.D. N” 039-2002-PE/DNEPP RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 24 de enero del 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-02072003, de fe- cha 29 de noviembre del 2002, presentado por DON FERNANDO S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial Nº 046-97-PE, de fe- cha 16 de enero de 1997, se otorgó a DON FERNANDO E.I.R.L., licencia para desarrollar la actividad de proce-samiento de recursos hidrobiológicos para consumo hu- mano directo, a través de la operación de una planta de enlatado en su establecimiento industrial ubicado en laAvenida Los Pescadores Mz. "C", Sub-Lote 12-B, Zona Industrial Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, con la capacidadinstalada de 1 200 cajas/turno; Que mediante Resolución Directoral Nº 039-2002- PE/DNEPP, de fecha 7 de febrero del 2002, se otorgóa DON FERNANDO E.I.R.L., autorización de instala- ción en vía de regularización y licencia para la ope- ración de una planta de harina de pescado residual yespecies desechadas para uso exclusivo en el pro- cesamiento de residuos generados de su planta de enlatado, en el establecimiento industrial pesqueroreferido en el considerando precedente, con una ca- pacidad instalada de 4,94 t/h de procesamiento de materia prima; Que mediante el escrito del visto la recurrente solici- ta se modifique la licencia de operación de sus plantas de procesamiento de recursos hidrobiológicos anterior-mente citadas, en el extremo referido a su denominación social, en virtud a la Escritura Pública de Transformación y Modificación Total del Estatuto Social que acredita latransformación de la empresa en una Sociedad Anóni- ma Cerrada, adoptando la denominación de DON FERNANDO S.A.C.; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro- cesamiento Pesquero mediante Informe Nº 031-2002-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 106º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y,En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolu- ción Ministerial Nº 505-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la denominación social del ti- tular de las licencias de operación otorgadas por la Re- solución Ministerial Nº 046-97-PE y Resolución Directo- ral Nº 039-2002-PE/DNEPP y en las demás que corres-pondan, entendiéndose que dichas licencias se encuen- tran otorgadas a favor de DON FERNANDO S.A.C.; en función a los argumentos expuestos en la parte consi-derativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Modificar la denominación social de DON FERNANDO E.I.R.L. consignada en el anexo I y IV-C dela Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, por la DON FERNANDO S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 02604 Declaran infundado recurso de reconsi- deración interpuesto contra la R.D. N”070-2002-PRODUCE/DNEPP referida alicencia de operación para el procesa- miento de recursos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 29 de enero del 2003 Visto los escritos con registro Nº 15370002 de fecha 13 de noviembre del 2002 y de fecha 9 enero del 2003,presentados por la empresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 109-99-PE/ DNPP de fecha 7 de setiembre de 1999, se otorgó a laempresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A. licencia para la operación de una planta de enlatado con una capaci- dad de 1531 cajas/turno para desarrollar la actividad deprocesamiento de recursos hidrobiológicos en el estable- cimiento industrial pesquero ubicado en Zona Industrial III, Tierra Colorada, distrito y provincia de Paita, departa-mento de Piura; Que la Resolución Directoral Nº 070-2002-PRODU- CE/DNEPP, de fecha 9 de octubre del 2002, deja sinefecto la Resolución Directoral Nº 109-99-PE/DNPP mediante la cual se otorgó a la empresa CORPORA- CIÓN DEL MAR S.A., licencia de operación para desa-rrollar la actividad de procesamiento de recursos hidro- biológicos, a través de la planta de enlatado, detallada en el párrafo precedente; Que la recurrente interpone Recurso de Reconsidera- ción contra la precitada Resolución Directoral Nº 070- 2002-PRODUCE/DNEPP para lo cual adjunta copias decuatro (4) testimonios de contratos venta y arrenda- miento financiero, suscritos entre Corporación del Mar S.A. y Crédito Leasing, sobre los inmuebles identifica-dos como Lote B y Lote A en Tierra Colorada, y sobre las maquinarias y equipos instalados en dichos lotes desti- nados a la elaboración de harina y aceite de pescado,congelado y enlatado de una capacidad de 1531 cajas/ turno. Asimismo, señala que el acto de inicio del procedi- miento de oficio seguido por la administración para dejarsin efecto la Resolución Directoral Nº 109-99-PE/DNPP que concedía a la empresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A. derechos pesqueros, no ha sido notificado al titulardel derecho pesquero afectado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 104.2 del artículo 104º de la nueva Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley