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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (13/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 239057 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de febrero de 2003 Vista el Acta Nº 003-2003-COESPROADMI(RM2008- 2002), de 16.ENE.2003, de la Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COESPROADMI), designada mediante R.M. Nº2008-2002-IN/0901, del 31.OCT.2002, mediante la cual se recomienda la instauración de proceso administrativo disciplinario a los Srs. Juan Manuel MARÍN HORNA yElber Pedro LEANDRO ZÚÑIGA, ex Prefectos del de- partamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 3549-2002-IN-0903 del 26.DIC.2002, complementado con el Oficio Nº 3359- 2002-IN-0903 del 27.DIC.2002, la Oficina de Personaldel Ministerio del Interior remite a la COESPROADMI el expediente administrativo relacionado con la presunta inconducta funcional de los Srs. Juan Manuel MARÍNHORNA y Elber Pedro LEANDRO ZÚÑIGA, ex Prefec- tos del departamento de Huánuco, recepcionado por di- cha Comisión con fecha 7.ENE.2003; Que, en el Informe Nº 023-2002-IN/DG.OCI.O.AUD- .INT-U.INV de la Oficina de Control Interno del Ministe- rio del Interior, que obra en folios 322 al 327 del citadoexpediente, sobre presunta inconducta funcional de los ex Prefectos del departamento de Huánuco, Srs. Juan Manuel MARÍN HORNA y Elber Pedro LEAN-DRO ZÚÑIGA, por manejo inadecuado de los fondos de dicha Prefectura, se concluye, entre otros aspec- tos, que habiéndose realizado la investigación por partede la Oficina de Inspectoría de la Dirección General de Gobierno Interior, se estableció responsabilidad administrativa a los Srs. Juan Manuel MARÍN HORNAy Elber Pedro LEANDRO ZÚÑIGA, ex autoridades políticas de Huánuco, por no haber manejado ade- cuadamente los fondos de la Prefectura de Huánuco,recomendando la designación de la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios corres- pondiente que calificará la falta en que habrían incurri-do en el desarrollo de sus funciones los citados ex Prefectos, de acuerdo a lo establecido en el Informe Nº 008-2002-IN-1503 del 7.MAR.2002, elaborado porla Oficina de Inspectoría de la Dirección General de Gobierno Interior, pronunciándose sobre la proceden- cia de aperturar el correspondiente procesoadministrativo disciplinario; Que, en el Informe Nº 008-2002-IN-1503 del 7.MAR.2002, que obra en folios 283 al 291 delexpediente, resultado de la acción de control efectua- da, se concluye, entre otros aspectos, que está pro- bado que la Srta. Cecilia BRAVO NÚÑEZ, quien no eraservidora de la Prefectura de Huánuco, realizaba com- pras para esa dependencia y que el entonces Prefec- to Juan Manuel MARÍN HORNA, conociendo que lamencionada persona legalmente no tenía vínculo la- boral con la Prefectura, le permitía realizar compras y efectuar pagos en representación de dicha depen-dencia y, que está probado que el citado ex Prefecto de Huánuco, dejó de pagar mil veintiocho Nuevos So- les (S/. 1,028), por compromisos correspondientes alos meses de junio, julio y agosto del año 2000, con los fondos para gastos generales que para el efecto men- sualmente se asignaba; Que, en el citado Informe Nº 008-2002-IN-1503 tam- bién se concluye que está probado que el Sr. Elber Pedro LEANDRO ZÚÑIGA, quien sucedió en el cargoal Sr. Juan Manuel MARÍN HORNA, cobró dos mil cuatrocientos Nuevos Soles (S/. 2,400) correspon- diente a los Gastos Generales de los meses de NOV.y DIC. 2000 de la Prefectura de Huánuco, habiendo presentado una rendición de cuentas por dichos me- ses por dos mil trescientos cincuentiún con treintacéntimos de Nuevos Soles (S/. 2,351.30), habiendo incluido boletas y/o facturas que no corresponden a la Prefectura o a los meses de NOV. y DIC. 2000, por elmonto de quinientos veintitrés con cincuenta cénti- mos de Nuevos Soles (S/. 523.50); Que el inciso f) del artículo 15º de la Ley Nº 27785 del 13.JUL.2002, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, establece que los informes correspondientes a las acciones de control constituyen prueba preconstitui-da para el inicio de las acciones administrativas que sean recomendadas en dichos informes; Que, adicionalmente, dentro de la documentación que obra en el expediente administrativo existen documentosque corroborarían que el Sr. Juan Manuel MARÍN HOR- NA habría dado lugar al inadecuado gasto de la asigna- ción para gastos generales de la Prefectura de Huánuco al permitir que una persona no autorizada formule pedi-do de materiales a nombre de dicha Prefectura, gene- rándose deudas que no fueron canceladas en su opor- tunidad; Que, las mencionadas ex autoridades políticas, pre- suntamente habrían incurrido en negligencia en el des- empeño de sus funciones, falta de carácter disciplinarioprevista en el artículo 28º, inciso d), del Decreto Legisla- tivo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, por lo que laComisión Especial de Procesos Administrativos Disci- plinarios del Ministerio del Interior ha recomendado, por unanimidad, instaurar proceso administrativo disciplina-rio al Sr. Juan Manuel MARÍN HORNA, ex Prefecto del departamento de Huánuco y al Sr. Elber Pedro LEAN- DRO ZÚÑIGA, ex Prefecto encargado del departamen-to de Huánuco; De conformidad con lo establecido en el Decreto Le- gislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa y de Remuneraciones del Sector Público y en los artículos 150º, 151º, 152º, 163º, 166º y 167º de su Regla- mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;y, Estando a lo recomendado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Disci- plinario al Sr. Juan Manuel MARÍN HORNA, ex Prefecto del departamento de Huánuco, y al Sr. Elber Pedro LEAN- DRO ZÚÑIGA, ex Prefecto encargado del departamen-to de Huánuco, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los ex Funcionarios procesados tienen derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que estimen necesarias para su defensa ante la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplina-rios del Ministerio del Interior, dentro del plazo que esta- blece la Ley, contado a partir del día siguiente de la re- cepción de la notificación en forma personal o de la publi-cación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplina- rios del Ministerio del Interior para que, dentro del plazo de Ley, concluya el proceso instaurado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO M. SANABRIA ORTIZ Ministro del Interior 02570 JUSTICIA Acceden a pedido de extradición acti- va de procesado y disponen su presentación por vía diplomÆtica, a la Repœblica Federal de Alemania RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2003-JUS Lima, 12 de febrero de 2003Visto el Informe Nº 007-2003-CEA de 7 de febrero de 2003, de la Comisión encargada del estudio de las solicitu-des de extradiciones activas, sobre el pedido de extradi- ción del procesado EDUARDO EMILIO VALDEZ BUS- TAMANTE, formulado por el Décimo Sétimo JuzgadoEspecializado en lo Penal de la Corte Superior de Justi- cia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones de 17 de enero y 4 de fe- brero de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró proce-