Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2003 (13/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 13 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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Vista el Acta Nº 003-2003-COESPROADMI(RM20082002), de 16.ENE.2003, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (COESPROADMI), designada mediante R.M. Nº 2008-2002-IN/0901, del 31.OCT.2002, mediante la cual se recomienda la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario a los Srs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefectos del departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 3549-2002-IN-0903 del 26.DIC.2002, complementado con el Oficio Nº 33592002-IN-0903 del 27.DIC.2002, la Oficina de Personal del Ministerio del Interior remite a la COESPROADMI el expediente administrativo relacionado con la presunta inconducta funcional de los Srs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefectos del departamento de MORDAZA, recepcionado por dicha Comision con fecha 7.ENE.2003; Que, en el Informe Nº 023-2002-IN/DG.OCI.O.AUD.INT-U.INV de la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior, que obra en folios 322 al 327 del citado expediente, sobre presunta inconducta funcional de los ex Prefectos del departamento de MORDAZA, Srs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por manejo inadecuado de los fondos de dicha Prefectura, se concluye, entre otros aspectos, que habiendose realizado la investigacion por parte de la Oficina de Inspectoria de la Direccion General de Gobierno Interior, se establecio responsabilidad administrativa a los Srs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex autoridades politicas de MORDAZA, por no haber manejado adecuadamente los fondos de la Prefectura de MORDAZA, recomendando la designacion de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios correspondiente que calificara la falta en que habrian incurrido en el desarrollo de sus funciones los citados ex Prefectos, de acuerdo a lo establecido en el Informe Nº 008-2002-IN-1503 del 7.MAR.2002, elaborado por la Oficina de Inspectoria de la Direccion General de Gobierno Interior, pronunciandose sobre la procedencia de aperturar el correspondiente MORDAZA administrativo disciplinario; Que, en el Informe Nº 008-2002-IN-1503 del 7.MAR.2002, que obra en folios 283 al 291 del expediente, resultado de la accion de control efectuada, se concluye, entre otros aspectos, que esta probado que la Srta. MORDAZA MORDAZA NUNEZ, quien no era servidora de la Prefectura de MORDAZA, realizaba compras para esa dependencia y que el entonces Prefecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conociendo que la mencionada persona legalmente no tenia vinculo laboral con la Prefectura, le permitia realizar compras y efectuar pagos en representacion de dicha dependencia y, que esta probado que el citado ex Prefecto de MORDAZA, dejo de pagar mil veintiocho Nuevos Soles (S/. 1,028), por compromisos correspondientes a los meses de junio, MORDAZA y agosto del ano 2000, con los fondos para gastos generales que para el efecto mensualmente se asignaba; Que, en el citado Informe Nº 008-2002-IN-1503 tambien se concluye que esta probado que el Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien sucedio en el cargo al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cobro dos mil cuatrocientos Nuevos Soles (S/. 2,400) correspondiente a los Gastos Generales de los meses de NOV. y DIC. 2000 de la Prefectura de MORDAZA, habiendo presentado una rendicion de cuentas por dichos meses por dos mil trescientos cincuentiun con treinta centimos de Nuevos Soles (S/. 2,351.30), habiendo incluido boletas y/o facturas que no corresponden a la Prefectura o a los meses de NOV. y DIC. 2000, por el monto de quinientos veintitres con cincuenta centimos de Nuevos Soles (S/. 523.50); Que el inciso f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 del 13.JUL.2002, Ley Organica del Sistema Nacional de Control, establece que los informes correspondientes a las acciones de control constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, adicionalmente, dentro de la documentacion que obra en el expediente administrativo existen documentos

que corroborarian que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria dado lugar al inadecuado gasto de la asignacion para gastos generales de la Prefectura de MORDAZA al permitir que una persona no autorizada formule pedido de materiales a nombre de dicha Prefectura, generandose deudas que no fueron canceladas en su oportunidad; Que, las mencionadas ex autoridades politicas, presuntamente habrian incurrido en negligencia en el desempeno de sus funciones, falta de caracter disciplinario prevista en el articulo 28º, inciso d), del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por lo que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior ha recomendado, por unanimidad, instaurar MORDAZA administrativo disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto del departamento de MORDAZA y al Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto encargado del departamento de Huanuco; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y en los articulos 150º, 151º, 152º, 163º, 166º y 167º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, Estando a lo recomendado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto del departamento de MORDAZA, y al Sr. Elber MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Prefecto encargado del departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los ex Funcionarios procesados tienen derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que estimen necesarias para su defensa ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, dentro del plazo que establece la Ley, contado a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion en forma personal o de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Remitir todos los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior para que, dentro del plazo de Ley, concluya el MORDAZA instaurado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 02570

JUSTICIA
Acceden a pedido de extradicion activa de procesado y disponen su MORDAZA por via diplomatica, a la Republica Federal de Alemania
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2003-JUS MORDAZA, 12 de febrero de 2003 Visto el Informe Nº 007-2003-CEA de 7 de febrero de 2003, de la Comision encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradicion del procesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Decimo Setimo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones de 17 de enero y 4 de febrero de 2003, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, declaro proce-

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