Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2003 (16/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 16 de febrero de 2003
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA, correspondiente al Ejercicio Presupuestal del ano 2003, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion de Logistica remita en su integridad el Plan Anual al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez dias habiles siguientes a su aprobacion, debiendo asimismo poner dicho Plan, a partir de la fecha, a disposicion de los interesados. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles de su expedicion. Articulo Cuarto.- Dese cuenta a la Direccion Municipal, Direccion General de Administracion, Direccion General de Asesoria Juridica, Direccion de Logistica, Direccion de Planificacion y Presupuesto, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03137

sidad de la exoneracion y contempla criterios de economia tales como los costos y la oportunidad; Que, en concordancia con la informado y recomendado por el Asesor Legal y la Direccion de Administracion, a fin de asegurar el abastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche, es necesario adoptar las acciones para que el suministro de los productos se realice en forma normal procediendo a declarar Situacion de Urgencia el abastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Tocache; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por los Articulos 36º, 47º, 119º y 110º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades; con las dispensas de tramite de comisiones y de lectura y aprobacion del Acta por unanimidad; SE ACORDO: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Tocache, con un lapso de sesenta (60) dias naturales en tanto se realice el MORDAZA de seleccion respectivo para el periodo 2003. Articulo 2º.- Encargar al Comite Especial que se encargara del MORDAZA de menor cuantia. La Oficina de Secretaria General pondra en conocimiento del presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica y a las Entidades que corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase.

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE
Declaran en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios para el programa del vaso de leche del municipio
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2003-MPT
Tocache, 28 de enero del 2003 VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 27 de enero del 2003, las recomendaciones para declarar en Situacion de Urgencia el abastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Tocache, sustentados en el Informe Nº 001-2003-MPT-OAL del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal y del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Administracion de la Muncipalidad Provincial de Tocache; CONSIDERANDO: Que, en su informe de Sesion de Comuna del 27 de enero del 2003, el MORDAZA Dr. MORDAZA Bogarin MORDAZA, pone en conocimiento de Concejo que, al no haberse aprobado el Plan de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Provincial de Tocache, no se puede convocar a Licitacion Publica el abastecimiento de insumos alimentarios para el Programa del Vaso de Leche, lo que constituye una situacion de desabastecimiento imprevisible de los productos, con el consecuente malestar y perjuicio para los beneficiarios de este producto social; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, contempla en el inciso c) los casos de exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa estableciendo que estan exonerados aquellas Adquisiciones y Contrataciones que se realizan en Situacion de Urgencia, declaradas de conformidad con la presente Ley; asi mismo el Articulo 20º establece los requisitos formales para la exoneracion del MORDAZA de seleccion; Que, el D.S. Nº 012-2001-PCM que MORDAZA la Ley Nº 26850 es concordante con lo establecido con el articulo 113º del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM que preve que las resoluciones o acuerdos que aprueban la exoneracion de los procesos de seleccion, requieren obligatoriamente un informe tecnico legal previo, emitido por las areas tecnicas y asesoria juridica de la Entidad, el mismo que contendra la justificacion tecnica legal de la Adquisicion o Contratacion y de la nece-

MORDAZA BOGARIN MORDAZA MORDAZA 03108

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION
Dan por terminado vinculo laboral con diversos trabajadores de la municipalidad por causal de abandono
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 044-2003-MDLU/A
La Union, 31 de enero del 2003 VISTO: El Informe Nº 002-2003-MDLU/JUP Informe Nº 003-2003, MDLU/JUP y Informe Nº 004-2003-MDLU/JUP de fechas 2, 3 y 6 de enero del Pte. ano respectivamente emitido por Jefatura de Personal, Informes Nº 006-2003-MDLU/JUP, Informe Nº 072003.MDLU/JUP e Informe Nº 08-2003.MDLU/JUP de fechas , 27, 28 y 29 del mes de enero respectivamente, emitidos por la Jefatura de Personal, Informes Nº 018-2003.MDLU/A de fecha 29 de enero del Pte. ano emitido por Asesoria Legal Interna, Informe de Administracion Nº 011-2003.MDLU/ADM.MUNIC., en las cuales se da conocer la no asistencia del personal, que tenia vinculo contractual con la Municipalidad de La Union; las constataciones policiales practicadas los dias 3 de enero del 2003, el dia 13 de enero, el dia 28 de enero y el dia 29 de enero del Pte. ano, por el Suboficial PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Informe Nº 0092003.MDLU-JUP dirigido al Ministerio de Trabajo. , CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son los Organos de Gobierno Local, que emanan la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Les son aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la constitucion, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional - Ley Nº 23853; Que, el Inc. k) del Art. 28º de la Ley Nº 276, establece que son faltas de caracter disciplinario que, segun la gravedad, pueden ser sancionadas con cese temporal o con destitucion, previo MORDAZA administrativo, las ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos o mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de 30 dias calendario o mas de quince dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta dias calendario; Que de conformidad con el Art. 235º del Codigo Procesal Civil, refiere que constituye un documento publico el haber sido

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