Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el articulo 29º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la elaboracion de las Bases recogera lo establecido en la Ley y su Reglamento las cuales se aplicaran obligatoriamente; Que, la remision de las observaciones no acogidas debe ser remitida al CONSUCODE conforme a los plazos y terminos que establece la Resolucion Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE "Procedimiento para la remision de los actuados de las observaciones a las Bases formuladas por los adquirentes que no hayan sido acogidas por los Comites Especiales"; Que, de las normas mencionadas se desprende que la Integracion de las Bases debe efectuarse con el Pronunciamiento que emita el CONSUCODE y acogiendo los lineamientos emitidos por este; Que, el ultimo parrafo del articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece las etapas que debe seguir el MORDAZA de seleccion, estableciendo que el incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de dichas etapas constituye causal de nulidad de las etapas siguientes del MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26º y lo retrotrae al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento; Que, en el presente caso, la Integracion de las Bases se ha producido sin acoger y/o cumplir con el Pronunciamiento Nº 074-2002(GTN), infringiendo de esta manera el procedimiento legalmente establecido y normas de obligatorio cumplimiento sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, de lo senalado precedentemente se observa que se ha infringido los articulos 49º, 52º y 78º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado, por lo que se ha incurrido en causal de nulidad segun lo establecido en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que dispone que son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, al respecto, el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos; Que, atendiendo a la MORDAZA mencionada precedentemente, corresponde declarar de oficio la nulidad del Concurso Publico Nº 0118P00051; Que, conforme a lo senalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001 (GTN-MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la facultad prevista en el articulo 26º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, la declaracion de nulidad de oficio de un MORDAZA es una atribucion de la autoridad administrativa en los casos contemplados en la Ley; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad del Concurso Publico Nº 0118P00051 "Contratacion del servicio de radioterapia", y en consecuencia, dejese sin efecto la declaratoria de desierto, debiendose retrotraer el MORDAZA a la Etapa de Convocatoria, previa elaboracion de nuevas Bases, las cuales deberan acoger el Pronunciamiento Nº 074/2002/ GTN. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 3. DISPONER que la Secretaria General notifique la presente Resolucion al Comite Especial del Concurso Pu-

blico Nº 0118P00051, la Gerencia Red Asistencial MORDAZA y a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 03255

Aprueban inclusion de procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2003
RESOLUCION DE GERENCIA CENTRAL DE LOGISTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 0140-GCLI-ESSALUD-2003 MORDAZA, 13 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entro en vigencia el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 036GG-ESSALUD-2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD correspondiente al ano 2003; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deberan ser aprobadas por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, para su inclusion en el mismo; Que, con la Resolucion de Gerencia General Nº 078GG-ESSALUD-2003, se ha delegado en el Gerente Central de Logistica e Infraestructura la funcion de aprobar la inclusion de los procesos de seleccion -licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas- no contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD para el ano 2003; Que, diversas circunstancias como el surgimiento de diversos requerimientos, limitaciones presupuestales, urgencia en compra de medicamentos y retraso en la adjudicacion de los procesos de seleccion centralizados; han dado origen a procesos de seleccion no incluidos en el PAAC 2003; Que, en tal sentido son necesarias las inclusiones de procesos al PAAC 2003, de acuerdo al detalle de la relacion del anexo adjunto; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la inclusion de los procesos de seleccion que se detallan en el anexo de la presente resolucion, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente al ano 2003. 2. DISPONER que la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo de la Gerencia Central de Logistica e Infraestructura informe de la presente resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dando cuenta al CONSUCODE dentro del plazo establecido por la ley. 3. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BASADRE MORDAZA Gerente Central de Logistica e Infraestructura

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