Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 239487

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 137-MDB Mediante Oficio Nº 107-03-SG-MDB, la Municipalidad Distrital de Barranco solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 137-MDB, publicado en nuestra edicion del dia 9 de febrero de 2003, en la pagina 238898. En el Cuadro DICE: AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATIVO Reconsideracion Director de Def. Civil Apelacion Pdte. Cte. Dtal. D.C. DEBE DECIR: AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATIVO Reconsideracion Oficina de Def. Civil Apelacion Concejo 03326

Que, asimismo, el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, mediante Ordenanza N° 040-MDI del 17 de febrero 2003 se aprobo el MORDAZA Juridico de los Arbitrios Municipales y los montos correspondientes por dicho concepto para el presente ejercicio; Que, para el ejercicio 2003, la actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y la emision de los recibos de pago correspondientes se realizara de manera mecanizada, por lo cual es conveniente establecer el monto a cobrar por dicho servicio; Que, asimismo, resulta necesario aprobar el calendario de pagos del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales durante el ejercicio 2003 y aprobar los formatos a ser utilizados por los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones; De conformidad con el numeral 3 del articulo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y del Decreto Legislativo Nº 776; DECRETA: Articulo Primero.- Fijese en OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8.00) el monto anual que deberan pagar, los contribuyentes o responsables por concepto de actualizacion de valores, determinacion, emision mecanizada y distribucion de recibos de pago correspondientes al Impuesto Predial del ano 2003. El monto senalado sera incluido en el recibo correspondiente a la primera cuota. Tratandose de los Arbitrios Municipales, el contribuyente o responsable debera abonar CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4.00) anuales, que seran incluidos en la Hoja de Liquidacion respectiva. Por cada emision adicional de recibos o adicional de Predio MORDAZA (PU) se abonara UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1.00). Articulo Segundo.- Establezcase el siguiente calendario de vencimientos para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2003:
Tributo Impuesto Predial Anual / Al 1° Cuota / 2° Cuota / 3° Cuota / contado Trimestre Trimestre Trimestre 28 febrero 28 febrero 30 MORDAZA 31 marzo 31 marzo 30 junio 29 agosto 4° Cuota / Trimestre 28 noviembre

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Establecen calendario de vencimientos y otras disposiciones referidas al Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2003
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-03
Independencia, El MORDAZA la Municipalidad Distrital de Independencia CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal senala que las municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por derecho de servicios no mas 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso, esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de Declaraciones Juradas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 191-2002-EF de fecha 18 de diciembre del 2002, se establecio que a partir del 1 de enero del ano 2003, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria -UIT- es de tres mil cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 100.00); en este sentido el 0.4% de la UIT vigente asciende a doce y 40/100 Nuevos Soles (S/. 12.40); Que, conforme al articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, el pago se efectuara en la forma, lugar y plazo que senala la Administracion Tributaria;

Arbitrios Municipales

30 setiembre 31 diciembre

Articulo Tercero.- Apruebense los formatos de Declaracion Jurada, Predio MORDAZA (PU), Hoja de Resumen (HR) y Hoja de Liquidacion (HL) a ser utilizados para el cumplimiento de las obligaciones relativas al Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2003; los cuales forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- Prorroguese con caracter general el vencimiento de la Amnistia aprobada mediante Ordenanza N° 037-MDI del 27 de enero de 2003, hasta el 31 de marzo de 2003. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 03329

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban monto de dieta de regidores y fijan remuneracion mensual de alcaldesa distrital
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2003/MDPN
Punta Negra, 25 de enero del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA NEGRA VISTO: en Sesion Extraordinaria de Concejo del 25 de enero del 2003, la fijacion del monto de la Dieta que perci-

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