Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 15-2002-DASIA celebrada el 12 de agosto de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion de la senora MORDAZA MORDAZA Amezaga MORDAZA de Valega con matricula Nº N-3634 en el Registro del Sistema de Seguros Seccion A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 03267

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD
Declaran nulidad de concurso publico sobre contratacion del servicio de radioterapia para el Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA Seguin MORDAZA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 112-PE-ESSALUD-2003
MORDAZA, 17 de febrero del 2003 VISTO: El Expediente del Concurso Publico Nº Concurso Publico Nº 0118P00051 "Contratacion del Servicio de Radioterapia", y la Carta Nº 378-OCAJ-ESSALUD-2003; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de MORDAZA del 2002, ESSALUD convoco al Concurso Publico Nº 0118P00051 con el objeto de contratar los servicios de tratamientos con acelerador lineal a base de Fotones, Cobaltoterapia, y Braquiterapia para el Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA Seguin MORDAZA de la Gerencia Red Asistencial MORDAZA, por un periodo de un ano y valor referencial de S/. 699,036.43 (Seiscientos noventa y nueve mil treinta y seis con 43/100 Nuevos Soles); Que, adquirieron las Bases las empresas MORDAZA Burneo S.A.C., Corvivus S.A., E.S.E. Consultores y Asesores S.A. y Hospital Goyeneche del Ministerio de Salud; Que, al no acogerse todas las observaciones a las Bases, estas fueron elevadas al CONSUCODE mediante Oficio Nº 001-CE-GRAAR-2002 de fecha 23 de MORDAZA del 2002. El CONSUCODE emitio el Pronunciamiento Nº 0742002 (GTN), remitido mediante Oficio Nº 314/2002 (PRE) de fecha 18 de junio del 2002; Que, la integracion fue comunicada al CONSUCODE mediante Oficio Nº 005-CE-GRAAR-ESSALUD-2002 recibido el 3 de MORDAZA del 2002; Que, el 5 de MORDAZA del 2002, el CONSUCODE emitio el Oficio Nº 272-2002 (GTN/ATN), en el cual senala que la Integracion no se ha sujetado al Pronunciamiento Nº 0742002 (GTN); Que, de acuerdo al calendario del MORDAZA de seleccion, el 22 de MORDAZA se llevo a cabo el Acto Publico de MORDAZA de Propuestas, presentandose como unico postor el Hospital Goyeneche del Ministerio de Salud, suscribiendose el acta de la misma fecha. En acta del 25 de MORDAZA del 2002, se declaro desierto el Concurso Publico Nº 0118P00051, por haberse presentado solo un postor, en aplicacion del articulo 32º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el CONSUCODE emitio el Oficio Nº 292-2002 recibido el 23 de MORDAZA por el Comite Especial, con posterioridad a la apertura de sobres, en el cual senala que subsisten las observaciones, debiendo adecuarse las Bases a lo dispuesto en el Pronunciamiento Nº 0742002 (GTN); Que, de acuerdo al articulo 52º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en caso de que el Comite Especial no acoja las observaciones formuladas a las Bases, las elevara junto con informe tecnico al CONSUCODE, el cual notificara su pronunciamiento al Comite Especial. Contra el pronunciamiento del CONSUCODE no cabe la interposicion de recurso alguno; Que, conforme a lo establecido en el articulo 78º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Comite Especial efectuara la Integracion de Bases a mas tardar el dia siguiente de haber sido notificado con el pronunciamiento del CONSUCODE, debiendo notificar dicha integracion en forma simultanea tanto a los adquirentes de las Bases como al CONSUCODE, al dia siguiente de producida la citada integracion;

Autorizan inscripcion de Inspector Maritimo Cascos en el Registro del Sistema de Seguros
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS RESOLUCION SBS Nº 153-2003
MORDAZA, 10 de febrero de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Berry, para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion A: Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 025-2002-DASIA celebrada el 19 de diciembre de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Berry, con Matricula Nº PN-0271 en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion A: Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros, para operar como Inspector Maritimo Cascos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Seguros 03275

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