Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Disponen retiro y desocupacion de instalaciones irregulares ubicadas en avenidas colindantes a asociacion de vivienda del distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 394-2003-ALC/MVES
MORDAZA El MORDAZA, 10 de febrero de 2003 Visto: Los Documentos acumulados Nºs. 8570 y 8626, recepcionados con fechas 14.11.2002 y 15.11.2002, organizados por los vecinos de la Asociacion de Vivienda "San MORDAZA de Miraflores" de la jurisdiccion de MORDAZA El Salvador; CONSIDERANDO: Que, con documento senalado en la parte introductoria se hace de conocimiento de la ocupacion indebida de los terrenos correspondientes a la prolongacion de la Av. MORDAZA MORDAZA Moyano con la Av. El Sol; Que, mediante Informe Nº 044-03-DESUR/MVES, de fecha 22.1.2003, la Directora de Desarrollo MORDAZA senala que los terrenos materia de la ocupacion en cuestion estan reservados para efectos de la prolongacion de la Av. MORDAZA MORDAZA Moyano con la Av. El Sol, asi como para Otros Usos, tal como se establece de la Ordenanza Reglamentaria del Plan MORDAZA de MORDAZA El MORDAZA, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 195-98 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la misma que determina la Zonificacion de los Usos del Suelo y el Sistema Vial del distrito de MORDAZA El MORDAZA, siendo de la opinion de proceder con la desocupacion y retiro de estas instalaciones indebidas, entendiendo que se trata de un area de dominio publico y considerando ademas que las vias publicas son imprescriptibles; Que, con Informe Nº 018-2003-OAJ/MVES de fecha 27.1.2003, el Director de la Oficina de Asesoria Juridica senala que de acuerdo con el Numeral 13.7 de la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva Nº 26979, dispone que el Ejecutor Coactivo ejerce a nombre de la Municipalidad las acciones de coercion, correspondiendole ejecutar las medidas y disposiciones necesarias en el caso de ejecucion de obra, demolicion o reparaciones urgentes, clausurar locales publicos o actos de coercion o ejecucion forzosa cuando esten en peligro de salud, higiene o seguridad publica, como es el presente caso, razon por la cual resulta procedente la ejecucion forzosa solicitada; Que, de conformidad con el Articulo 120º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la autoridad municipal puede ordenar el retiro de material y/o la demolicion de obras en instalaciones que ocupan las vias publicas o mandar ejecutar la orden por cuenta del Infractor; Que, con Oficio Nº 047-2003-JMLSUR2/CVVE-SEC de fecha 29.1.2003, la Comisaria de MORDAZA El MORDAZA reitera su Oficio Nº 016-2003-JMLUR2-CUES-SEC de fecha 10.1.2003, mediante el cual y en respuesta al Oficio Nº 492-02-ALC-MVES del 25 de noviembre del 2002, remite el Dictamen Nº 8569-2002-VII-RPNP-OAJ de fecha 31.10.2002, manifestando la procedencia del apoyo policial al Sr. MORDAZA de MORDAZA El MORDAZA, para el cumplimiento de sus funciones, de conformidad a lo estipulado en el Art. 10º Inc. 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, informando que para este apoyo policial, la Municipalidad se servira senalar dia y hora para la diligencia indicada, debiendo efectuarse con la debida anticipacion de por lo menos 72 horas para los fines de la operacion policial; Estando a lo solicitado, en concordancia con lo dispuesto por el Articulo 10º numeral 9, Articulo 47º numerales 6 y 20, y Articulo 114º numeral 3 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase por cuenta de los propios infractores el inmediato retiro y desocupacion de las instalaciones irregulares ubicadas en la prolongacion de la Av. MORDAZA MORDAZA Moyano con la Av. El Sol, colindantes con la Asociacion de Vivienda "San MORDAZA de Miraflores" de la jurisdiccion de MORDAZA El Salvador.

Articulo 2º.- La ejecucion de lo dispuesto en el articulo precedente, debera efectuarse dentro de las 72 horas de que quede firme o consentida la presente, autorizandose al Ejecutor Coactivo de esta Municipalidad para que en caso de incumplimiento proceda con arreglo a ley, con la ejecucion forzosa de la presente Resolucion, contando para ello con el MORDAZA de las Fuerzas Policiales. Articulo 3º.- Encarguese el cumplimiento de la presente Resolucion a la Direccion Municipal, Oficina de Asesoria Juridica en coordinacion con el Ejecutor Coactivo de esta Municipalidad. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03274

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Declaran en situacion de urgencia el servicio de limpieza publica
ACUERDO Nº 007-2003-MPC
Canete, 20 de enero del 2003 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 18 de enero del 2003, la necesidad de contratar los servicios para el Recojo de Basura, para el Servicio de Limpieza Publica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 66º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, precisa que son funciones de las Municipalidades, establecer las acciones necesarias para ejecutar el servicio de limpieza publica, ubicar las areas para la acumulacion de basura y/o el aprovechamiento industrial de los desperdicios. En consecuencia la actividad en mencion es una Funcion Especifica de las Municipalidades; Que, mediante Memorando Nº 002-D-SS-PP-2003, el Director de Servicios Publicos, solicita la contratacion de Camiones Recolectores de Residuos Solidos (recojo de basura) para cubrir el Servicio de Limpieza Publica en la MORDAZA de San MORDAZA de Canete; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 001-2003ASE-LEG-MPC de fecha 7 de enero del 2003, luego de haber analizado los hechos, el Asesor Legal concluye la necesidad de Declarar en Urgencia el Servicio de Limpieza Publica, aplicando el procedimiento de Declaracion de Urgencia, por los causales expuestos en el documento en mencion y que forma parte del presente; Que, ante un hecho imprevisible que hace imposible o impide la continuacion de los servicios propios que debe prestar la Municipalidad Provincial, la limpieza publica, siendo en el presente caso al tener las unidades vehiculares en mal estado (inoperativos); Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ley Nº 24059 y la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA EL SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA, el recojo de basura y desmonte, por los considerandos expuestos en el presente, por sesenta (60) dias, plazo considerado para la reparacion de vehiculos de la Municipalidades Provincial de Canete. Articulo 2º.- Exonerar con caracter de excepcion del MORDAZA de seleccion por las causas previstas en los considerandos del presente acuerdo, procediendose a la contratacion de unidades vehiculares para el recojo y traslado de residuos solidos, para el cumplimiento del Servicio de Limpieza Publi-

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