Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2003 (20/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 20 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

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MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican articulo de Ordenanza que regula instalacion de modulos para venta de diarios, revistas y loterias en la via publica del distrito
ORDENANZA Nº 024-02-MDA
Ate, 1 de diciembre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de fecha 1 de diciembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de febrero del 2001, se dicto la Ordenanza Nº 002-01-MDA, que regula la instalacion de Modulos para la venta de diarios, revistas y loterias en la Via Publica de la Jurisdiccion del distrito de Ate; Que, el inciso 13) del articulo 65º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, senala como bienes de dominio publico los caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines edificios publicos y otros analogos con excepcion de los que corresponden a la Ley; y establece como funciones de las municipalidades el procurar, conservar y administrar estos bienes; Que, con fecha 6 de setiembre del ano 2002, la Municipalidad Distrital de Ate y la Asociacion Central de Gremios de Alianza de Trabajadores Comerciales Informales de Ate, suscribieron un Convenio Interinstitucional con el objeto de acordar el cobro unificado de derechos que deben pagar por el mantenimiento y por el uso de la Via Publica en la jurisdiccion del distrito de Ate; Consecuentemente, estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores con el tramite de la dispensa de lectura y aprobacion del acta, se ha dado la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO VEINTISIETE DE LA ORDENANZA Nº 002-01-MDA Articulo 1º.- MODIFICAR el Articulo 27º de la Ordenanza Nº 02-MDA en los siguientes terminos: "Articulo Veintisiete, los Vendedores de diarios, revistas y loterias en la Via Publica de la jurisdiccion del Distrito de Ate, pagaran S/. 62.00 Nuevos Soles por Ano exonerandoles el pago por concepto de Inspeccion Ocular". Articulo 2º.- Incorporese, la presente modificacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Ate. Articulo 3º.- La presente, Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 03268

El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 015-MDA de fecha 29 de octubre del ano 2001 cuyo articulo primero fue modificado por la Ordenanza Nº 003-MDA de fecha 11 de febrero del ano 2002 se faculto al senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate aceptar mediante Resolucion de Alcaldia el Canje de Deuda Tributaria por bienes y/o servicios, de aquellos contribuyentes cuyas deudas tributarias provenientes de las Tasas y Contribuciones Municipales, acumuladas de los anos no prescritos hasta el 31 de diciembre del ano 2001, previa evaluacion de necesidad, utilidad de la Comision Tecnica de Evaluacion; Que, en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 01501-MDA, senalada precedentemente, se conformo la Comision Tecnica de Evaluacion de Pago de Bienes y/o Servicios, integrada por el Director Municipal, Director de Administracion y Subdireccion de Logistica; Que, el articulo 72º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Ate aprobado por Edicto Nº 002-01-MDA establece que la Direccion de Rentas es un organo de gestion y tiene como objeto programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de administracion, recaudacion, fiscalizacion, determinacion, control y supervision de los ingresos de la Municipalidad por concepto de tributos, rentas y cobranzas coactivas de acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes, asi como las politicas tributarias de simplificacion de sistema tributario municipal; Que, en ese sentido se hace necesario que la Comision Tecnica de Evaluacion referida en el MORDAZA considerando este integrado por el Director de Rentas, por lo que debe modificarse el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 015-01MDA, excluyendose de dicha Comision al Director Municipal e incluyendose en su reemplazo al Director de Rentas; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA unanimidad de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas; se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO MORDAZA DE LA ORDENANZA Nº 015-01-MDA Articulo Primero.- Modifiquese el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 015-01-MDA, en los siguientes terminos: "ARTICULO SEGUNDO: CONFORMAR la Comision Tecnica de Evaluacion de Pago en Bienes y/o Servicios, la misma que estara integrada por: - Director de Rentas. - Director de Administracion. - Subdireccion de Logistica. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 03269

Modifican articulo de la Ordenanza Nº 015-01-MDA
ORDENANZA Nº 026-02/MDA
Ate, 30 de diciembre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

Establecen derechos de emision mecanizada de actualizacion de valores y otros conceptos referidos al impuesto predial y arbitrios municipales
ORDENANZA Nº 027-02-MDA
Ate, 30 de diciembre del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

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