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PÆg. 248111 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de julio de 2003 tituciones de la Dirección General de Niñas, Niños y Ado- lescentes, recomienda se emita la Resolución de Aproba-ción de Donación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, Decreto Supremo Nº 004-2002-PROMUDEH, Decreto Su-premo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por Decreto Su-premo Nº 013-2002-MIMDES, Decreto Ley Nº 21942,Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Supremo Nº 29-94-EF, modificado por DecretoSupremo Nº 112-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, la donación efectuada por la en- tidad donante Associazione - Amici "Servi dei Poveri delTerzo Mondo", con Sede en la ciudad de Sordio, Italia, con-sistente en un vehículo de clase Bus, marca IVECO FIAT,modelo 100E.21N, año 2003, motor C103-00031527, cha-sis ZCFA1AF1102381996, color amarillo y capacidad de57 pasajeros, con un peso bruto aproximado de 7,000 Kgs.y un valor FOB aproximado de US$. 88,000.00 (OCHENTAY OCHO MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). Artículo 2º.- La Asociación los Siervos de los Pobres del Tercer Mundo, deberá remitir a la Oficina de Coopera-ción Internacional del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, copia del Acta de Entrega - Recepción de los bie-nes donados a los beneficiarios así como la informaciónque posibilite el seguimiento y evaluación del uso y destinode la donación aprobada por la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Contralo-ría General de la República, a la Agencia Peruana de Coope-ración Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores ya la entidad solicitante para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 13163 Autorizan contratar servicios de profe- sionales mediante proceso de adjudi-cación de menor cuantía FONDO NACIONAL DE COMPENSACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 091-2003-FONCODES/DE Lima, 9 de julio de 2003 VISTOS: El Memorando Nº 254-2003-FONCODES/PPAH de fe- cha 4 de junio de 2003, proveído de la Gerencia General yGerencia de Administración y Finanzas de fecha 5 de juniode 2003, recaído en el documento anterior y recepcionadopor la Gerencia de Asesoría Legal el 18 de junio de 2003,el Informe Nº 151-2003-FONCODES/GPyS de fecha 24 dejunio de 2003, el Informe Nº 020-2003-FONCODES/GAF/SGL de fecha 25 de junio de 2003, y el Informe Legal TipoNº 010-2003-FONCODES/GAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 165-2001-JUS publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 deabril de 2001, se designó a los doctores Jessica NarcizoChac y Henry Edward Steer Polack como ProcuradoresAdjuntos del Procurador Público Ad Hoc de la Institucióndesignado por Resolución Suprema Nº 003-2001-JUS; Que, mediante Memorando Nº 254-2003-FONCODES/ PPAH del Vistos, el Procurador Público Ad Hoc de la Insti-tución emite el informe técnico respectivo por el cual solici-ta la exoneración para la contratación de los servicios per-sonalísimos de los Procuradores Adjuntos, doctores Jessi-ca Narcizo Chac y Henry Edward Steer Polack, conside-rando una retribución mensual de S/. 6,000.00 en cada caso.Sustenta su solicitud en que la representación que gozancomo Procuradores Adjuntos del Procurador Público Ad Hocde FONCODES, para ejercer la defensa legal de los dere-chos e intereses en los procesos en los que FONCODESes parte, sólo puede ser ejercida por dichos profesionalesal haber sido designados expresamente por la Resoluciónaludida en el primer considerando de la presente Resolu-ción, encontrándose adecuados tales servicios a lo pre- ceptuado en el artículo 111º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo previsto por el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones deservicios personalísimos que correspondan a LicitacionesPúblicas, Concursos Públicos o Adjudicaciones Directas seencuentran exoneradas de los indicados procesos de se-lección, procediendo su contratación, de acuerdo a loestablecido por el artículo 20º de la precitada norma, me-diante una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, y modificado por los DecretosSupremos Nºs. 071-2001, 125-2002 y 041-2003-PCM, esta-blece las condiciones que debe reunir la contrataciones parapoder acceder a la causal de exoneración por servicios perso-nalísimos, señalando que ésta está referida a los contratos delocación de servicios celebrados con personas naturales ojurídicas cuando para dicha contratación se haya tenido encuenta como requisito esencial a la persona del locador, yasea por sus características inherentes, particulares o especia-les o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte uoficio, estableciendo que la evaluación de las características ohabilidades del locador deberá ser objetiva y se efectuará enfunción de la naturaleza de las prestaciones a su cargo, la mis-ma que no puede ser materia de subcontratación; Que, los artículos 34º, 105º, 113º y 116º del referido Re- glamento establecen los procedimientos a que deben some-terse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de losprocesos de selección antes aludidos, precisando que unavez aprobada la exoneración, la contratación deberá reali-zarse mediante acciones inmediatas sobre la base de laobtención de una cotización que cumpla los requisitos esta-blecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resoluciónexoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo lacontratación, siendo que dicha resolución requiere obligato-riamente un informe técnico-legal previo emitido por las áreastécnica y de asesoría jurídica de la Entidad, que justifique lacontratación y la necesidad de la exoneración, contemplan-do criterios de economía, tales como los costos y la oportu-nidad, y determinando en cada caso la dependencia u órga-no que se encargará de realizar la adquisición o contrataciónexonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su comple-jidad, envergadura o sofisticación; Que, mediante Informe Nº 151-2003-FONCODES/GPyS del Vistos, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas emitesu informe de disponibilidad presupuestaria para la contra-tación de los servicios personalísimos de los ProcuradoresAdjuntos del Procurador Público Ad Hoc de FONCODES; Que, mediante Informe Nº 020-2003-FONCODES/GAF/ SGL del Vistos, la Gerencia de Administración y Finanzas pro-pone que el proceso de selección para la contratación de losservicios personalísimos materia de la presente Resolución,esté a cargo del Comité Especial Permanente - CESPE 02; Que, mediante Informe Legal Tipo Nº 010-2003-FON- CODES/GAL del Vistos, la Gerencia de Asesoría Legalopina que procede la tramitación para la contratación bajola causal de exoneración por servicios personalísimos,siempre y cuando se cuente con la justificación técnicacorrespondiente, disponibilidad presupuestal y demás do-cumentos requeridos y dentro de los límites del marco le-gal previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, ynormas presupuestarias vigentes; Que, para la contratación materia de la presente Resolu- ción, se han cumplido con todos los requisitos previstos por lanormatividad vigente, habiendo la Subgerencia de Logísticade la Institución elevado a la Alta Dirección la documentacióndel vistos para la expedición de la presente Resolución; Que, de acuerdo a los considerandos antes señalados, procede autorizar y exonerar del proceso correspondiente,la contratación de los doctores Jessica Narcizo Chac yHenry Edward Steer Polack bajo la causal de servicios per-sonalísimos, habiendo establecido la Dirección Ejecutivala conveniencia que dicha contratación se efectúe por elperíodo julio-setiembre del 2003; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, artículos 34º, 105º, 111º, 113º y 116ºde su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y normas modificatorias, y literal n) del artículo