Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2003 (13/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248113

- Medidor de Angulos. - Equipo de Soldar Mig, Mag, Tig o por electrodo con arco continuo. - Equipo remachadora. - Juego de llaves y herramientas. - Medidor (Gauge) de espesor de pintura. - Soplete. - Pinza multimetrica o similar. - Compresora de aire de 100 lb/pulg² y 8 bar de presion minimo. - MORDAZA de diseno (por computadora). D. PERSONAL TECNICO 1. Ingeniero Mecanico o Ingeniero Mecanico Electricista o Ing. Industrial Colegiado habil, responsable de la produccion, en planilla o bajo contrato de servicios. 2. Registro de Planilla de la empresa en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. 3. Relacion de personal y actividad que desarrolla bajo planilla y/o contrato. 4. Soldadores calificados en planilla o bajo contrato de servicios, certificados bajo MORDAZA aplicable a la actividad (AWS, ASME, etc.) E. PRODUCTO (ADJUNTAR Y/O COMPLETAR LA INFORMACION) 1. Diseno del Producto: Planos firmados por un Ingeniero mecanico o Mecanico Electricista colegiado. 2. MORDAZA Tecnica del producto declarada por el fabricante. ANEXO 2 REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PRODUCTOS INDUSTRIALES NACIONALES - RPIN DE ESTRUCTURA DE TRIMOVIL O MOTOTAXI Y MOTOTAXIS (VEHICULO AUTOMOTOR) A. DOCUMENTACION GENERAL DE LA EMPRESA 1. Licencia Municipal de Funcionamiento. 2. Registro Unico de Contribuyente - RUC - vigente. 3. En caso de personas juridicas: Escritura Publica que establezca como parte su objeto social, la fabricacion y/o ensamblaje de vehiculos automotores. B. ESTABLECIMIENTO 1. Plano de Distribucion de Planta. 2. Areas construidas con losas de concreto y techo de material no inflamable, delimitadas e identificadas: Area Administrativa y de Servicios, Area de recepcion de insumos y almacenamiento, Area de manufactura y ensamblaje y Area de almacenamiento de productos terminados y despacho. 3. Reglamento Interno de Higiene y Seguridad Industrial, aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. C. EQUIPO Y MAQUINARIA 1. Equipo de soldar Mig, Mag, Tig y/o de arco a corriente continua. 2. Equipo de soldadura de punto para montaje de la carroceria. 3. Dispositivos de sujecion para soldar con ajuste neumatico o mecanico. 4. Compresora de aire min 120 Lb/pulg² y 7 pie³/min (8bar y 200 I/min). 5. Torquimetros y juegos de llaves. 6. Equipo de verificacion para el sistema electrico: multimetro o similar. 7. Dobladora de tubos. 8. Cizalla para planchas. 9. Dobladora o plegadora de planchas. 10. Equipo de pintura. 11. Cabina de pintura. 12. Analizador de gases para control de emisiones. D. PERSONAL TECNICO 1. Registro de Planilla de la empresa en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. 2. Relacion de personal y actividad que desarrolla bajo planilla y/o contrato. 3. Ingeniero Mecanico, Ingeniero Mecanico Electricista o Ingeniero Industrial Colegiado habil, responsable de la produccion, en planilla o bajo contrato de servicios.

4. Soldadores calificados en planilla o bajo contrato de servicios, certificados segun los procedimientos de la AWS. E. PRODUCTO (ADJUNTAR Y/O COMPLETAR LA INFORMACION) 1. Diseno del Producto: Planos firmados por un Ingeniero Mecanico o Ingeniero Mecanico Electricista colegiado. 2. MORDAZA Tecnica declarada por el fabricante, actualizada a la fecha. 13169

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ecuador y EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 541-2003-MTC/02
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1052-2003-MTC/12.04-SDA, senalando que el Inspector MORDAZA MORDAZA Rivero Pun realizara una inspeccion tecnica a la aeronave Boeing 767 de matricula OB-1765, de la empresa Aerocontinente S.A., en la ruta Lima-Guayaquil-Miami, como parte de su MORDAZA de certificacion ETOPS (Extended Twin Engine Range Operations) de sus operaciones aereas internacionales, durante los dias 14 al 16 de MORDAZA del 2003; Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1052-2003-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Rivero Pun, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Guayaquil (Ecuador) y Miami (Estados Unidos de America), entre los dias 14 al 16 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 US$ 28.00

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.