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PÆg. 248125 NORMAS LEGALES Lima, domingo 13 de julio de 2003 VISTOS: Los Informes Técnico y Legal de fecha 30.6.2003 de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Oficina deAsesoría Legal, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha 30.5.2001, se transfiere la administración de la Autoridad Au-tónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Trans- porte Masivo de Lima y Callao - AATE a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 6º del mencionado Decreto de Urgencia estableció que el Gobierno Central, a través del Pliego delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, transferirá losrecursos que sean necesarios hasta el 31.12.2002 para aten- der los gastos de mantenimiento y operativos de la AATE; Que, el Edicto Nº 250 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8.2.2003, modifica la Estructura Orgánica de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, estableciéndose quela AATE es un Órgano Descentralizado; Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estable-ce que es procedente la exoneración de los procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,cuando se trate de situación de emergencia o de urgenciadeclaradas de conformidad con la mencionada Ley, proce- diendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía conforme lo dispone el Artículo 20º de la misma ley; Que, el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por DecretoSupremo Nº 079-2001-PCM, establece que constituye situa- ción de urgencia, una situación temporal ante un hecho de excepción que determine una acción rápida a fin de adquiriro contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin per-juicio que se realice el proceso de selección correspondien-te para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado y los Artículos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que debensometerse las contrataciones y adquisiciones exoneradasde los procesos de selección, indicándose que se ha de con-tar con autorización expresa del Titular del pliego o la máxi-ma autoridad administrativa de la Entidad, según correspon- da y que la contratación deberá realizarse mediante accio- nes inmediatas sobre la base de la obtención de una cotiza-ción, debiendo determinarse el órgano que se encargará dellevar a cabo la adquisición o contratación exonerada; Que, acorde al Informe Técnico de fecha 30.6.2003 de la Gerencia de Administración y Finanzas, señala que pese a las gestiones realizadas en el Ministerio de Economía y Finanzas no se ha conseguido una ampliación de recursos que se dis-ponía hasta diciembre del 2002, dispuesto por el Decreto deUrgencia Nº 058-2001, lo cual impide contratar o adquirir ser-vicios para mantener operativo a la AATE para el ejercicio 2003,razón por la cual por 60 días se debe declarar en urgencia las diversas adquisiciones y contrataciones de la AATE; Que, la situación por la que atraviesa la AATE motiva que resulta procedente técnicamente que se declare la si-tuación de urgencia, para que se exonere de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, las adquisiciones ocontrataciones que sean necesarias para poder continuar con la operatividad de la AATE; Que, la Oficina de Asesoría Legal ha emitido el Informe Legal de fecha 30 de junio de 2003 de conformidad con loestablecido por los Artículos 20º y 105º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y en su Reglamento, respectivamente; De conformidad con el inciso c) del Artículo 19º, inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porD.S. Nº 012-2001-PCM, de los Artículos 105º, 108º, 113º y116º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM y de acuer- do a lo establecido en los Artículos 1º y 20º del Reglamen- to de Organización y Funciones de la AATE aprobado porResolución Ministerial Nº 024.1-88-MIPRE del 1.2.88; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Urgencia por 60 días calendario las adquisiciones de bienes y servi-cios para mantener la operatividad de la Autoridad Autóno-ma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de TransporteMasivo de Lima y Callao - AATE. Artículo Segundo.- Aprobar la exoneración de las adqui- siciones y contrataciones que sean necesarias para mantenerla operatividad de la AATE; en consecuencia encargar a la Ge- rencia de Administración y Finanzas, dichas contratacionesmediante el proceso de menor cuantía, por el plazo de 60 díascalendario y que no superen, en conjunto un valor referencialde S/. 1'000,000.00 (Un millón y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- Disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano y comunicación a la Contraloría Generalde la República. Regístrese, publíquese y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ-AIZCORBE C. Presidente Ejecutivo 13171 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Autorizan otorgamiento de Autoriza- ción Municipal de Funcionamiento paraestablecimientos con el giro "Venta deGas" ORDENANZA Nº 078-MDB Breña, 8 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 057-2003-OR/MDB de fecha 18 de junio de 2003, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 194º de la Constitución Política del Estado las Municipalidades tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 3.6 del numeral 3 del artículo 83º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que es funciónespecífica de las municipalidades en materia de abastecimientoy comercialización de productos, el otorgar licencias para la aper-tura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza Nº 074-2003-MDB se sus- pende temporalmente el otorgamiento de la AutorizaciónMunicipal de Funcionamiento para el giro de "Venta de Gas"; Que, las disposiciones municipales de carácter temporal constituyen medidas de emergencia que se dictan con lafinalidad de garantizar el correcto funcionamiento de losestablecimientos comerciales, industriales y de servicios;así como la tranquilidad y seguridad ciudadana; Que, las medidas de emergencia deben estar sujetas a evaluación permanente, aplicándose los correctivos deacuerdo al impacto social que ellas generen; en ese senti-do, en el ejercicio de las facultades que confiere la Ley Or-gánica de Municipalidades, es preciso regular las disposi-ciones contenidas en la Ordenanza Nº 074-2003-MDB,permitiendo la venta de gas en sectores que no puedangenerar peligro ni causar perjuicio al vecindario; Con las atribuciones que confiere el Inc. 9 del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite deaprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FACULTA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON EL GIRO DE "VENTA DE GAS" Artículo Primero.- Autorizar el otorgamiento de la Au- torización Municipal de Funcionamiento para la "Venta deGas" en las avenidas principales del distrito y en los secto-res cuya zonificación comprenda I1-R5 y C2. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 13208