Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2003 (13/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2003
VISTOS:

NORMAS LEGALES

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Los Informes Tecnico y Legal de fecha 30.6.2003 de la Gerencia de Administracion y Finanzas y de la Oficina de Asesoria Legal, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha 30.5.2001, se transfiere la administracion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Articulo 6º del mencionado Decreto de Urgencia establecio que el Gobierno Central, a traves del Pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, transferira los recursos que MORDAZA necesarios hasta el 31.12.2002 para atender los gastos de mantenimiento y operativos de la AATE; Que, el Edicto Nº 250 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8.2.2003, modifica la Estructura Organica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, estableciendose que la AATE es un Organo Descentralizado; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que es procedente la exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, cuando se trate de situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la mencionada Ley, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme lo dispone el Articulo 20º de la misma ley; Que, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establece que constituye situacion de urgencia, una situacion temporal ante un hecho de excepcion que determine una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Articulos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, indicandose que se ha de contar con autorizacion expresa del Titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda y que la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion, debiendo determinarse el organo que se encargara de llevar a cabo la adquisicion o contratacion exonerada; Que, acorde al Informe Tecnico de fecha 30.6.2003 de la Gerencia de Administracion y Finanzas, senala que pese a las gestiones realizadas en el Ministerio de Economia y Finanzas no se ha conseguido una ampliacion de recursos que se disponia hasta diciembre del 2002, dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 058-2001, lo cual impide contratar o adquirir servicios para mantener operativo a la AATE para el ejercicio 2003, razon por la cual por 60 dias se debe declarar en urgencia las diversas adquisiciones y contrataciones de la AATE; Que, la situacion por la que atraviesa la AATE motiva que resulta procedente tecnicamente que se declare la situacion de urgencia, para que se exonere de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las adquisiciones o contrataciones que MORDAZA necesarias para poder continuar con la operatividad de la AATE; Que, la Oficina de Asesoria Legal ha emitido el Informe Legal de fecha 30 de junio de 2003 de conformidad con lo establecido por los Articulos 20º y 105º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respectivamente; De conformidad con el inciso c) del Articulo 19º, inciso a) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, de los Articulos 105º, 108º, 113º y 116º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM y de acuerdo a lo establecido en los Articulos 1º y 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la AATE aprobado por Resolucion Ministerial Nº 024.1-88-MIPRE del 1.2.88; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia por 60 dias calendario las adquisiciones de bienes y servicios para mantener la operatividad de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion de las adquisiciones y contrataciones que MORDAZA necesarias para mantener

la operatividad de la AATE; en consecuencia encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, dichas contrataciones mediante el MORDAZA de menor cuantia, por el plazo de 60 dias calendario y que no superen, en conjunto un valor referencial de S/. 1'000,000.00 (Un millon y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Tercero.- Disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y comunicacion a la Contraloria General de la Republica. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA SANCHEZ-AIZCORBE C. Presidente Ejecutivo 13171

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Autorizan otorgamiento de Autorizacion Municipal de Funcionamiento para establecimientos con el giro "Venta de Gas"
ORDENANZA Nº 078-MDB
Brena, 8 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: El Informe Nº 057-2003-OR/MDB de fecha 18 de junio de 2003, de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 3.6 del numeral 3 del articulo 83º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que es funcion especifica de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, el otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales; Que, mediante Ordenanza Nº 074-2003-MDB se suspende temporalmente el otorgamiento de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento para el giro de "Venta de Gas"; Que, las disposiciones municipales de caracter temporal constituyen medidas de emergencia que se dictan con la finalidad de garantizar el correcto funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales y de servicios; asi como la tranquilidad y seguridad ciudadana; Que, las medidas de emergencia deben estar sujetas a evaluacion permanente, aplicandose los correctivos de acuerdo al impacto social que ellas generen; en ese sentido, en el ejercicio de las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades, es preciso regular las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 074-2003-MDB, permitiendo la venta de gas en sectores que no puedan generar peligro ni causar perjuicio al vecindario; Con las atribuciones que confiere el Inc. 9 del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE FACULTA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON EL GIRO DE "VENTA DE GAS" Articulo Primero.- Autorizar el otorgamiento de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento para la "Venta de Gas" en las avenidas principales del distrito y en los sectores cuya zonificacion comprenda I1-R5 y C2. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza regira a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13208

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