Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 248633

Articulo 22º.- Otorgamiento de becas Las Universidades, Institutos Superiores y Escuelas de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru otorgaran becas integrales y medias becas a los deportistas calificados de alto nivel. Articulo 23º.- Programas de Capacitacion Las Universidades, Institutos Superiores y Escuelas de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru en coordinacion con el Instituto Peruano del Deporte, los Consejos Regionales del Deporte, las Federaciones Deportivas y las Municipalidades desarrollaran programas de capacitacion con valor academico para dirigentes, deportistas y demas agentes deportivos. Articulo 24º.- Juegos Deportivos Nacionales Los Juegos Deportivos Nacionales de las Universidades, Institutos Superiores y Escuelas de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru se realizaran cada dos (2) anos. Articulo 25º.- Deporte Afiliado Las Universidades, Institutos Superiores y Escuelas de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru podran participar en el deporte afiliado sin necesidad de constituirse en clubes deportivos a solicitud del rector o director segun sea el caso.

3. La inscripcion, acreditacion y participacion de los deportistas peruanos en los Juegos Olimpicos y demas competencias realizadas bajo el MORDAZA del Comite Olimpico Internacional. 4. Estimular la practica de las actividades representadas en los Juegos Olimpicos y en las demas competencias patrocinadas por el Comite Olimpico Internacional. 5. Ejercer la representacion exclusiva del deporte peruano ante el Comite Olimpico Internacional. 6. Rendir cuentas sustentadas respecto de los recursos que el Instituto Peruano del Deporte le asigne. 7. Informar al Instituto Peruano del Deporte y a su Asamblea de Bases sobre los recursos provenientes de MORDAZA nacionales y/o internacionales.

SUBCAPITULO TERCERO COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE
Articulo 29º.- Creacion de la Comision Nacional Antidopaje Crease la Comision Nacional Antidopaje, como un organo adscrito al Instituto Peruano del Deporte - IPD. Articulo 30º.-Objeto de la Comision Nacional Antidopaje El objeto de la Comision Nacional Antidopaje es asesorar al Instituto Peruano del Deporte y al sistema deportivo nacional, para el logro de mejores resultados deportivos y el establecimiento de mecanismos e instrumentos para la lucha, control y prevencion del consumo de sustancias prohibidas, asi como el uso de metodos ilegales para el aumento artificial del rendimiento deportivo, en concordancia con el Codigo Mundial Antidopaje. Articulo 31º.- Conformacion de la Comision Nacional Antidopaje La Comision Nacional Antidopaje esta conformado por: 1. 1 (un) representante del Instituto Peruano del Deporte, quien lo presidira. 2. 1 (un) representante del Ministerio de Educacion. 3. 1 (un) representante del Ministerio de Salud. 4. 1 (un) representante del Comite Olimpico Peruano. 5. 1 (un) representante del Consejo Nacional de la Juventud - CONAJU. 6. 2 (dos) representantes elegidos por las Federaciones Deportivas. 7. 1 (un) representante del Colegio Medico del Peru. 8. 1 (un) representante del Colegio Quimico-Farmaceutico del Peru. 9. 1 (un) representante del Circulo de Periodistas Deportivos del Peru. El mandato de los miembros de la Comision Nacional Antidopaje es de dos (2) anos, pudiendo ser reelegidos una sola vez por un periodo igual. Los mismos que ejerceran sus funciones en forma ad honorem. Articulo 32º.- Funciones de la Comision Antidopaje Asesorar al Instituto Peruano del Deporte y al sistema deportivo nacional en los siguientes aspectos: 1. Elaborar y proponer al Instituto Peruano del Deporte un programa nacional antidopaje que incluya actividades de educacion, investigacion, informacion y control, en MORDAZA con el Codigo Mundial Antidopaje. 2. Elaborar y mantener actualizadas la Lista Prohibida de Sustancias y Metodos Prohibidos para entrenamientos y competencias deportivas de los deportistas peruanos y la Lista de Excepciones de Uso Terapeutico, en concordancia con lo dispuesto por la Agencia Mundial Antidopaje, y entregarlas al Consejo Peruano del Deporte para su publicacion oficial. 3. Realizar el control del dopaje en competencias deportivas de caracter nacional e internacional. 4. Establecer sanciones a los deportistas que incurran en el consumo de sustancias prohibidas, a nivel nacional e internacional, teniendo en cuenta las sanciones contempladas por organismos internacionales deportivos. 5. Efectuar el seguimiento de los resultados analiticos del control del dopaje en las Federaciones Deportivas Nacionales.

CAPITULO MORDAZA ORGANOS DEL INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE SUBCAPITULO PRIMERO REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE
Articulo 26º.- Registro Nacional del Deporte El Registro Nacional del Deporte es un organo del Instituto Peruano del Deporte de caracter publico y en el se registra la siguiente informacion: 1. Ficha tecnica de los deportistas afiliados. 2. Ficha tecnica de los profesionales, especialistas, tecnicos y dirigentes deportivos. 3. Ficha tecnica de las Organizaciones Deportivas. 4. Ficha tecnica de la infraestructura deportiva a nivel nacional. 5. Las MORDAZA, records y titulos en todas las disciplinas y categorias a nivel nacional e internacional. 6. Las metas y objetivos alcanzados anualmente por el Plan Nacional del Deporte. El Instituto Peruano del Deporte aprobara su reglamento. SUBCAPITULO MORDAZA COMITE OLIMPICO PERUANO Articulo 27º.- Comite Olimpico Peruano El Comite Olimpico Peruano es la entidad nacional constituida como asociacion civil sin fines de lucro, afiliada al Comite Olimpico Internacional que tiene por objeto fomentar, proteger y desarrollar el movimiento olimpico y los deportes calificados como tales. Asimismo, difundir los ideales olimpicos y la representacion internacional del movimiento olimpico peruano. Se rige por su estatuto y reglamentos, y por las disposiciones de la carta olimpica internacional que le MORDAZA aplicables de conformidad con la legislacion nacional y los convenios nacionales e internacionales vigentes. Esta constituido por los Presidentes de las Federaciones reconocidas oficialmente con caracter Olimpico, quienes eligen a su Presidente y a los miembros de su Directorio. Articulo 28º.- Responsabilidades del Comite Olimpico Se reconoce al Comite Olimpico Peruano, sin perjuicio de sus fines institucionales, las responsabilidades siguientes: 1. La administracion de las villas olimpicas en todas las competencias del circuito olimpico. 2. Seleccionar a los deportistas integrantes de las delegaciones nacionales a los juegos del circuito olimpico, a propuesta de las respectivas Federaciones Deportivas Nacionales.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.