Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

VISTO el Informe Final de la COMISION ESPECIAL R.M. Nº 044-2003-EF/43, de fecha 15 de MORDAZA de 2003; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 275-2003-EF/ 43, emitida con fecha 19 de junio de 2003, se resolvio instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los ex Vocales del Tribunal Fiscal, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Santivanez Yuli y MORDAZA Edery De Las MORDAZA, de acuerdo con el Informe Nº 001-2003 - COMISION ESPECIAL - R.M. Nº 0442003-EF/43 de fecha 17 de junio de 2003, que concluyo que existian indicios de presunta responsabilidad administrativa de dichos ex funcionarios por inconducta funcional al haber supuestamente incumplido con los deberes que le imponia el servicio publico, de acuerdo con lo estipulado por el inciso a) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que en sus escritos de descargo, los citados ex Vocales del Tribunal Fiscal invocan la prescripcion de la accion para instaurarles MORDAZA Administrativo Disciplinario; Que el articulo 1.2 del Reglamento Normativo para los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren en el Ministerio de Economia y Finanzas aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 145-92-EF/43, establece que podran ser sometidos a MORDAZA Administrativo Disciplinario, entre otros, los funcionarios y servidores cesantes por las faltas de caracter disciplinario que hubiesen cometido en el ejercicio de sus funciones, siempre que la instauracion se solicite en el plazo no mayor de un (1) ano desde la fecha de cese, plazo que constituye uno de prescripcion; Que segun la doctrina y las referencias normativas, la prescripcion como excepcion constituye un medio de defensa procesal que se invoca al haber transcurrido el tiempo legal habil para reclamar un derecho o ejercer una accion, debiendo la autoridad, en tal caso, proceder a resolverla sin mas tramite que la constatacion de los plazos, no llegandose a determinar si esta bien o mal fundada la accion, dado el caracter procesal de la excepcion, lo que implica que debe analizarse en forma previa al analisis del fondo de la controversia; Que en tal sentido, si en un procedimiento determinado el recurrente plantea la excepcion de prescripcion, el organo resolutor no puede avocarse al conocimiento del fondo del MORDAZA, debiendo evaluar dicha excepcion preliminarmente, esto es, verificando si ha transcurrido el plazo establecido, en cuyo caso debera dar por concluido el procedimiento; Que de acuerdo con lo informado por la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, las fechas de cese de los referidos ex - funcionarios ocurrieron en las siguientes oportunidades: a. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 11 de enero de 2001 (Resolucion Suprema Nº 017-2001-EF). b. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Santivanez Yuli, 4 de enero de 2001 (Resoluciones Supremas Nºs. 002-2001EF y 004-2001-EF, respectivamente). c. MORDAZA Edery De Las MORDAZA, 13 de junio de 2000 (Resolucion Suprema Nº 168-2000-EF); Que por lo tanto, al haber transcurrido, en el caso de cada uno de ellos, el plazo previsto por el articulo 1.2 del Reglamento Normativo para los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren en el Ministerio de Economia y Finanzas, corresponde declarar prescrita la accion para instaurarles MORDAZA Administrativo Disciplinario, por lo que si bien dicho MORDAZA se inicio, no procede su continuacion; Que si bien en el Informe Nº 001-2003 - COMISION ESPECIAL - R.M. Nº 044-2003-EF/43 de fecha 17 de junio de 2003, la Comision Especial determino, entre otros, la existencia de indicios de presunta responsabilidad administrativa de los mencionados ex Vocales del Tribunal Fiscal, y recomendo la instauracion del MORDAZA Administrativo Disciplinario a efecto que sea en dicho MORDAZA que se determine la existencia o no de tal responsabilidad en base a los cargos y descargos formulados asi como a las nuevas pruebas actuadas, ante la invocacion de la prescripcion, se ha limitado, por asi corresponder, a verificar si se produjo la prescripcion alegada, por lo que habiendose verificado esta, ha procedido a declarar concluido el proceso; Que de conformidad con lo previsto por el articulo 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Admi-

nistrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y por el articulo 5.12 del Reglamento Normativo para los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren en el Ministerio de Economia y Finanzas aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 145-92-EF/43; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR PRESCRITA la accion para instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Santivanez Yuli y MORDAZA Edery De las MORDAZA, en su condicion de ex Vocales del Tribunal Fiscal, de conformidad con lo previsto en el articulo 1.2 del Reglamento Normativo para los Procesos Administrativos Disciplinarios que se instauren en el Ministerio de Economia y Finanzas aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 14592-EF/43, dando por concluido el MORDAZA Administrativo Disciplinario iniciado mediante Resolucion Ministerial Nº 275-2003-EF/43 de fecha 19 de junio de 2003, y ordenar su archivamiento. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, proceda a notificar la presente resolucion y el Informe Final de la COMISION ESPECIAL - R.M. Nº 044-2003-EF/43 a los ex funcionarios senalados en el articulo anterior, en la forma y modo que establece el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento - Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 13893

Solicitan a Titulares de Pliegos de Gobiernos Locales enviar, mediante oficio dirigido a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, direccion electronica y numero telefonico
OFICIO CIRCULAR Nº 005-2003-EF/76.15.2
MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2003 Senor MORDAZA Presente.Tengo el agrado de dirigirme a usted, a fin de solicitarle, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; y con el objetivo de llevar a cabo las acciones necesarias que nos permitan optimizar la gestion presupuestaria de los Gobiernos Locales, nos haga llegar en su condicion de Titular del Pliego del Gobierno Local a su cargo, mediante un oficio dirigido a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, una direccion electronica y un numero telefonico, a traves de los cuales podamos efectuar las coordinaciones tecnicas que conlleven a mejorar los procesos presupuestarios en los Gobiernos Locales. En tal sentido, considerando la importancia de contar con dicha informacion, le solicitamos que esta nos sea remitida a la brevedad posible, con el fin de realizar las coordinaciones entre los pliegos, que coadyuven al perfeccionamiento del MORDAZA presupuestario y al fortalecimiento de las relaciones entre la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y las distintas municipalidades del pais. Sea propicia la oportunidad para testimoniarle las seguridades de mi mayor consideracion. Atentamente, MORDAZA SHACK YALTA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico 13930

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