Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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de las acreencias que a favor de dicho Banco mantienen el Banco Nacional de MORDAZA y el Banco Central de Nicaragua; y, aceptar la transferencia de la obligacion a cargo del Banco Nacional de MORDAZA proveniente de la linea de credito FONEX, la misma que se pagara con cargo a las utilidades del Banco Central de Reserva del Peru del ejercicio 2002, que resulten excedentes luego de aplicado el mecanismo de distribucion de utilidades previsto en el articulo 92º de la Ley Organica del referido Banco. Asimismo, disponer un destino para el saldo del excedente de utilidades del Banco Central de Reserva del Peru del ejercicio 2002; Que, las Direcciones Generales de Credito Publico y del Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica han emitido opinion sobre el particular; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 17) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27881, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- El monto remanente de las utilidades netas del Banco Central de Reserva del Peru por el ejercicio 2001, ascendente a S/. 53 728 019,95 (CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL DIECINUEVE Y 95/100 NUEVOS SOLES) se aplicara a la amortizacion parcial de los "Bonos de Capitalizacion Banco Central de Reserva del Peru" - Serie "B". Articulo 2º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a aceptar el pago de los intereses por depositos de deuda publica externa que el Banco Central efectuara por la suma de US$ 22 692 810,43 (VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y 43/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). Articulo 3º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a aceptar la transferencia que el Banco Central de Reserva del Peru efectuara a favor del Tesoro Publico, de las obligaciones a cargo del Banco Nacional de MORDAZA y del Banco Central de Nicaragua mencionadas en la parte considerativa de esta MORDAZA legal, ascendentes a US$ 23 782 146,28 (VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 28/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), mas los intereses correspondientes. Lo dispuesto en el presente articulo no comprende la transferencia de la obligacion del Banco Nacional de MORDAZA proveniente de la Linea FONEX, la misma que se regira por lo previsto en el articulo 4º del presente decreto. Teniendo en cuenta la entrega de Bonos de Capitalizacion efectuada por el Tesoro Publico con arreglo a lo dispuesto en la Ley Organica del citado Banco, la transferencia dispuesta en el presente articulo no generara pago alguno a cargo del Tesoro Publico. Articulo 4º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a aceptar la transferencia de la obligacion a cargo del Banco Nacional de MORDAZA, proveniente de la linea de credito FONEX, ascendente a US$ 9 101 846,35 (NUEVE MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 35/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas los intereses correspondientes, que el Banco Central de Reserva del Peru efectuara a favor del Tesoro Publico. La referida obligacion sera pagada con el excedente de las utilidades del Banco Central de Reserva del Peru del ejercicio 2002, que resulte luego de aplicado el mecanismo de distribucion de utilidades previsto en el articulo 92º de la Ley Organica de dicho Banco. Luego de pagada la transferencia de la obligacion referida en el parrafo anterior, el saldo del excedente de utilidades del Banco Central de Reserva del Peru del ejercicio 2002, sera aplicado a la cancelacion de Bonos de Capitalizacion Banco Central de Reserva del Peru, Serie "B"; de resultar aun excedentes, estos se aplicaran a la amortizacion de Bonos de Capitalizacion Banco Central de Reserva del Peru, Serie "A", hasta donde alcance. Articulo 5º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico, a suscribir la correspondiente Acta de conciliacion de cifras con el Banco Central de Reserva del Peru. Articulo 6º.- Mediante Resolucion Ministerial se dispondra el ente que se encargara de las cobranzas producto de la transferencia de las acreencias a las que se refiere el presente dispositivo legal. Articulo 7º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 13951

Autorizan viaje de Funcionaria para participar en el Primer Encuentro Iberoamericano de Autoridades Financieras, a realizarse en Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 368-2003-EF/10
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General del Tesoro y Politica Financiera del Ministerio de Economia de Espana ha cursado invitacion a funcionarios del Ministerio de Economia y Finanzas, para que participen en el "Primer Encuentro Iberoamericano de Autoridades Financieras" que se llevara a cabo en el Centro de Formacion de la Cooperacion Espanola (CFCE), en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, los dias 24 y 25 de MORDAZA de 2003; Que, el referido evento tiene por objeto analizar y compartir experiencia de los paises iberoamericanos sobre los mercados de capitales, el desarrollo de los mercados de deuda publica y los nuevos desafios del sistema financiero, por lo cual se ha considerado importante la participacion de la Directora General de Credito Publico; Que, en consecuencia y siendo de interes para la institucion; es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran atendidos con fondos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, el literal a) del articulo 18º de la Ley Nº 27879 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje en Comision de Servicio de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General (e) de la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 23 al 26 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, seran cubiertos con fondos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE, hasta por un monto de US$ 1 400,00 Dolares Americanos. Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la citada funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 13949

Declaran prescrita accion para iniciar MORDAZA administrativo disciplinario a ex vocales del Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 369-2003-EF/43
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003

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