Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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14. Tendran a su cargo la administracion y manejo de las selecciones nacionales de su respectiva disciplina deportiva de acuerdo a la ley y a su reglamento. 15. Promover la formacion, capacitacion y mejoramiento de los recursos humanos necesarios para el desarrollo de su respectiva especialidad. 16. Administrar justicia deportiva en el ambito de su disciplina. 17. Mantener actualizado el Registro Federativo y remitir un informe cada seis (6) meses para su actualizacion al Instituto Peruano del Deporte. 18. Los demas deberes y atribuciones que establezcan sus estatutos y reglamentos. Para el uso de los simbolos nacionales solicitaran la autorizacion respectiva al Instituto Peruano del Deporte. Todo acto relacionado con la administracion y manejo de las selecciones nacionales se consideraran funciones publicas por delegacion. Articulo 46º.- Junta Directiva Los miembros de la Junta Directiva seran elegidos por un periodo de cuatro (4) anos, pudiendo ser revocados en sus cargos por la Asamblea General de Bases, de acuerdo al reglamento. El Presidente ejerce la representacion legal y deportiva y se elige entre los miembros de la Junta Directiva. El Vicepresidente lo reemplaza en caso de ausencia. SUBCAPITULO MORDAZA FEDERACION DEPORTIVA ESPECIAL Articulo 47º.- Federacion Deportiva Especial Se denomina Federacion Deportiva Especial a la Asociacion Civil de derecho privado y sin fines de lucro que desarrolla, promueve, organiza y dirige la practica deportiva, recreativa y de educacion fisica de las personas con discapacidad, en sus diferentes disciplinas y modalidades. Sus estatutos, dirigentes y organizaciones de base se inscriben en el Registro Nacional del Deporte. Articulo 48º.- Promocion de actividades deportivas, recreativas y de educacion fisica para discapacitados El Instituto Peruano del Deporte en coordinacion con el CONADIS promovera la actividad deportiva, recreativa y de educacion fisica de las personas con discapacidad, la constitucion de Federaciones Deportivas Especiales. Reconocera y estimulara a aquellos deportistas que obtengan triunfos olimpicos y mundiales en sus respectivas disciplinas en concordancia con lo senalado en la Ley Nº 27050 y demas normas conexas y complementarias.

El CSJDHD por acuerdo de su Sala Plena, esta facultado para proponer al IPD el funcionamiento de instancias regionales. Articulo 51º.- Integrantes Esta conformado por 5 miembros elegidos democraticamente por un periodo de dos (2) anos. Cada miembro tendra un suplente. El CSJDHD esta conformado por: 1. 2 (Dos) representantes de las Federaciones Deportivas Nacionales. 2. 2 (Dos) representantes de los Colegios de Abogados del Peru. 3. 1 (Un) representante de las Facultades de Derecho de las Universidades a propuesta de la Asamblea Nacional de Rectores. El Presidente del CSJDHD es elegido entre sus miembros titulares. Existe incompatibilidad entre el cargo de miembro del Consejo Superior de Justicia y MORDAZA del Deporte con cualquier otra funcion deportiva. Articulo 52º.- Resoluciones del CSJDHD Las Resoluciones del CSJDHD constituyen la MORDAZA instancia de justicia deportiva. Articulo 53º.- Reglamento del CSJDHD El CSJDHD elabora su reglamento y lo aprueba en Sala Plena. El Reglamento de la Ley fijara las causales de sancion, procedimientos y las penas aplicables, asimismo los requisitos para el otorgamiento de MORDAZA y distinciones. Articulo 54º.- Sistema de Justicia y MORDAZA a nivel federativo Cada Federacion Deportiva Nacional establecera un Sistema de Justicia y MORDAZA del Deporte. SUBCAPITULO SETIMO ESCUELAS DEL DEPORTE Y LOS CENTROS DE ALTO RENDIMIENTO Articulo 55º.- De las Escuelas del Deporte El Instituto Peruano del Deporte apoyara con asistencia tecnica a los Gobiernos Locales, con planes y programas a efecto de crear e implementar las Escuelas del Deporte, como uno de los MORDAZA del desarrollo del Deporte Nacional. Articulo 56º.- Centros de Alto Rendimiento Son organos creados por el Instituto Peruano del Deporte en coordinacion con las Federaciones Deportivas Nacionales, el Comite Olimpico Peruano, la Empresa Privada y las Universidades con la finalidad de mejorar el nivel tecnico deportivo de los deportistas calificados de alto nivel. Cuentan con recursos humanos especializados en las diferentes areas de la ciencia y el deporte, recursos logisticos y de infraestructura para el entrenamiento y la capacitacion. SUBCAPITULO OCTAVO DEPORTE PROFESIONAL Articulo 57º.- Deporte Profesional Se define como deporte profesional al conjunto de actividades deportivas remuneradas, que generan renta, ingreso o utilidades, se regula de acuerdo al reglamento aprobado por el IPD en base a la legislacion nacional y la normatividad internacional. Articulo 58º.- Actividades deportivas Las actividades de los deportistas profesionales se canalizan a traves de los clubes deportivos afiliados al sistema deportivo nacional. En los deportes de practica individual, dichas actividades estan bajo el control directo de su respectiva Federacion. Articulo 59º.- Asociaciones dedicadas al deporte profesional Podran crearse o adecuarse a la presente MORDAZA, instituciones, asociaciones y clubes que se dediquen a la practica del deporte profesional conforme a cualquiera de las modalidades comerciales que se establecen en la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887.

SUBCAPITULO MORDAZA LOS AGENTES DEPORTIVOS
Articulo 49º.- Agentes Deportivos Se denomina Agentes Deportivos a todas aquellas personas que por la naturaleza de sus actividades personales y/o profesionales participan de una manera activa y directa en el deporte como: dirigentes, tecnicos, entrenadores, auxiliares, jueces, arbitros, profesionales del deporte, la recreacion y de la educacion fisica, asi como a todas aquellas personas que en calidad de colaboradores participan en una actividad deportiva. SUBCAPITULO MORDAZA DE LA JUSTICIA DEPORTIVA Y MORDAZA DEL DEPORTE CONSEJO SUPERIOR DE JUSTICIA DEPORTIVA Y MORDAZA DEL DEPORTE (CSJDHD) Articulo 50º.- Consejo Superior de Justicia Deportiva y MORDAZA del Deporte Crease el Consejo Superior de Justicia Deportiva y MORDAZA del Deporte, como instancia autonoma del Instituto Peruano del Deporte, competente para conocer y sancionar las faltas y transgresiones a la presente Ley, su reglamento y a la normatividad deportiva vigente, asi como la atencion de la defensa de los intereses y derechos de los deportistas. Asimismo para otorgar MORDAZA y distinciones a deportistas, tecnicos, auxiliares y dirigentes de una seleccion nacional, a los directivos de las Federaciones Deportivas Nacionales, al Comite Olimpico Peruano y otros organismos del Sistema del Deporte Nacional.

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