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PÆg. 248638 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de julio de 2003 5. El diez por ciento (10%) de los derechos que se cobren por televisar y/o radiodifundir los espectá-culos públicos deportivos de sus afiliados. 6. El tres por ciento (3%) de la taquilla de los espectá- culos públicos deportivos de su disciplina. Dicho ingreso beneficia directamente a la respectiva Fe-deración Deportiva Nacional. 7. Otros ingresos que perciban. CAPÍTULO QUINTO ÓRGANOS DE APOYO Artículo 89º.- Los Órganos de Línea y de Apoyo El Consejo Directivo aprobará la implementación de los órganos de línea y apoyo del IPD necesarios para el desa-rrollo de la actividad recreativa, deportiva y de educaciónfísica. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Adecuación y reestructuración del IPDFíjase el plazo de noventa (90) días calendario, para la adecuación y reestructuración del IPD, a los términos esta-blecidos en la presente Ley. Segunda.- Régimen LaboralEl personal del IPD que viene laborando se mantendrá en el régimen laboral vigente u optará su incorporación alrégimen laboral privado dispuesto en el Decreto Legislati-vo Nº 728, dentro de los ciento veinte (120) días de puesta en vigencia la presente Ley. Asimismo, las nuevas contra- taciones de personal se regularán de acuerdo a lo dispuestoen el Decreto Legislativo Nº 728. Tercera.- De los Consejos Regionales del Deporte En tanto se constituyen los Consejos Regionales del Deporte, el Presidente del Consejo Regional del Deporte designado conforme al artículo 14º inciso 1) de la presenteLey, asumirán las direcciones departamentales del IPD. Cuarta.- Procesos Eleccionarios Los procesos eleccionarios para las Federaciones De- portivas Nacionales se efectuarán al término del ciclo olím- pico y conforme a Ley. Exceptuándose a la FederaciónDeportiva Nacional de Fútbol que elegirá a su directoriodespués de la Copa Mundial FIFA. Quinta.- Del Consejo Superior de Justicia y Hono- res del Deporte En tanto se constituya el Consejo Superior de Justicia y Honores del Deporte, el Tribunal del Deporte ejercerá di-chas funciones en el marco de sus competencias. Sexta.- Adecuación de Estatutos Las directivas actuales de las Federaciones Deportivas Nacionales adecuarán sus estatutos en concordancia conlo prescrito en la cuarta disposición complementaria de lapresente Ley. Sétima.- Educación Física en las Universidades, Ins- titutos Superiores, FF.AA. y PNP El Instituto Peruano del Deporte promoverá la creación y/o implementación de la especialidad de la Educación Fí-sica en las universidades e institutos superiores, y la re-apertura de la Escuela de Educación Física del Ejército. Octava.- Día del Deporte Nacional El Día del Deporte Nacional se celebra el día 15 de julio de cada año. Novena.- Deroga disposiciones legales Deróganse la Ley Nº 27159 y todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Décima.- Reglamentación El Poder Ejecutivo, reglamentará en un plazo no mayor de noventa (90) días naturales contado a partir de la vigen-cia de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dos días del mes de julio de dos mil tres. CARLOS FERRERO Presidente del Congreso de la RepúblicaHILDEBRANDO TAPIA SAMANIEGO Tercer Vicepresidente delCongreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 13945 LEY N” 28037 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE AUTORIZA UN CRÉDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO A FAVOR DEL MINISTERIO DE ENERG˝A Y MINAS, PROVENIENTE DE LA OPERACIÓN DE ENDEUDAMIENTO EXTERNO DESTINADA A FINANCIAR EL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y APOYO A LA GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL DEL PROYECTO DE GAS DE CAMISEA Artículo 1º.- Finalidad Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, hasta por lasuma de S/. 8 392 965,00 (OCHO MILLONES TRESCIEN-TOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES), de acuerdo al siguien- te detalle: INGRESOS En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo S/.: 4.0.0 FINANCIAMIENTO 4.1.0 OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 4.1.2 Operaciones Oficiales de Crédito Externo 4.1.2.001 Operaciones Oficiales de Crédito Externo - BID 8 392 965,00 TOTAL INGRESOS S/. 8 392 965,00 EGRESOS SECCIÓN PRIMERA : I GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 016 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASUNIDAD EJECUTORA : 001 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS - CENTRAL FUNCIÓN : 10 ENERGÍA Y RECURSOS MINERALES PROGRAMA : 006 PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL SUBPROGRAMA : 0005 SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN SUPERIOR