Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2003 (24/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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6. Programa de adquisicion de material y utiles deportivos de alta competicion que no se fabrique en el pais. TITULO MORDAZA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Articulo 76º.- Reserva de Aportes para Infraestructura Deportiva De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades en todo proyecto de habilitacion y urbanizacion de tierras que se desarrollen en el MORDAZA, se reserva obligatoriamente para infraestructura deportiva no menos del cincuenta por ciento del area destinada para parques, bajo responsabilidad de la entidad aportante. El reglamento de la Ley establecera las sanciones para el caso de incumplimiento. Articulo 77º.- Informacion de Infraestructura Deportiva Los Gobiernos Regionales, Locales, las entidades publicas y privadas, y las personas naturales y juridicas informaran y coordinaran con el Instituto Peruano del Deporte en materia de infraestructura deportiva con el objeto de adecuar sus proyectos al Plan Nacional del Deporte. Articulo 78º.- Infraestructura Deportiva en Centros Educativos En la construccion de todo centro educativo, instituto superior y universidad se debe considerar la existencia de infraestructura para uso exclusivo del deporte. Articulo 79º.- Concesion de Infraestructura Deportiva El Instituto Peruano del Deporte otorgara la concesion de la infraestructura deportiva mediante Licitacion o Subasta Publica, para lo cual por Reglamento dispondra y regulara el uso de las instalaciones deportivas de su propiedad o bajo su administracion Articulo 80º.- Cesion en uso de bienes del IPD La cesion en uso de los bienes del Instituto Peruano del Deporte se efectuara mediante la celebracion de Contratos y deben considerar los siguientes criterios: 1. Un plazo MORDAZA de cesion en uso de diez (10) anos, renovable por un periodo adicional, previa evaluacion del cumplimiento de los acuerdos y condiciones materia de la cesion en uso. 2. Determinar la finalidad de la cesion. 3. Establecer una clausula de resolucion cuando el uso del bien no se ajuste a la finalidad establecida en el contrato de cesion en uso. En el caso de que la cesion sea a favor de organizaciones del sistema deportivo, la adjudicacion solo requerira la aprobacion del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte respetandose los criterios anteriores. Articulo 81º.- Terrenos eriazos El Estado establece reservas especiales sobre terrenos eriazos a favor del Instituto Peruano del Deporte de conformidad con la legislacion vigente. Articulo 82º.- Convenios de inversion y administracion Las Federaciones Deportivas Nacionales y el Comite Olimpico Peruano pueden celebrar convenios de inversion y administracion con particulares respecto de bienes del Estado que les MORDAZA cedidos previa aprobacion del Instituto Peruano del Deporte siempre y cuando sea con fines de mejoramiento, rehabilitacion o construccion de infraestructura deportiva. Articulo 83º.- Concesion de inmuebles El Instituto Peruano del Deporte previo acuerdo de su Consejo Directivo podra ceder inmuebles en concesion a empresas privadas o publicas para la construccion, mantenimiento o reparacion de infraestructura deportiva.

1. Los provenientes del Presupuesto General de la Republica. 2. Los recursos directamente recaudados por el IPD. 3. Los generados por el alquiler de su infraestructura deportiva y espacios publicitarios bajo la administracion del IPD. 4. Los originados por el arrendamiento de bienes y servicios. 5. Los ingresos financieros generados de acuerdo a Ley. 6. Cualquier premio no reclamado respecto de promociones comerciales y rifas con fines sociales establecidas en el Decreto Supremo Nº 006-2000-IN del 31 de MORDAZA de 2000, asi como los correspondientes a apuestas y loterias que tampoco hubiesen sido reclamados dentro del plazo que establece el dispositivo que regula estas actividades. 7. Los provenientes del porcentaje del Impuesto por la explotacion de Juegos de Casinos y Maquinas Tragamonedas, establecidos por Ley Nº 27796. 8. Otros creados a su favor. Articulo 85º.- Espacios publicitarios El Instituto Peruano del Deporte puede adjudicar en arrendamiento y bajo cualquier modalidad reglamentada, los espacios publicitarios de su infraestructura deportiva. CAPITULO MORDAZA FONDO PRO DEPORTE ESCOLAR Articulo 86º.- Fondo Pro Deporte Escolar El Fondo Pro Deporte Escolar esta constituido con la finalidad de promover y apoyar la actividad deportiva escolar, la construccion o rehabilitacion de infraestructura deportiva escolar y el equipamiento deportivo y estara a cargo del Consejo del Deporte Escolar. Su patrimonio es intangible. Constituyen recursos del Fondo: 1. Las subvenciones, donaciones y legados que expresamente se destinen a Pro Deporte Escolar. 2. Un porcentaje no menor del diez por ciento (10%) de los montos que perciba cada Federacion por concepto de derechos por televisar y/o radiodifundir los espectaculos publicos deportivos en los que participen deportistas y/o seleccionados nacionales. 3. Otros asignados a su favor. CAPITULO TERCERO DE LOS RECURSOS DE LOS CONSEJOS REGIONALES Articulo 87º.- Recursos de los Consejos Regionales del Deporte Los Consejos Regionales del Deporte realizan la prevision de sus respectivos gastos, atendiendo a la estimacion de ingresos que proyecten obtener, recaudar o captar durante el ano fiscal. Constituyen recursos: 1. Los asignados por el Instituto Peruano del Deporte. 2. Los generados por el arrendamiento de bienes y servicios; y por cesion en uso de la infraestructura deportiva bajo su administracion. 3. Los generados por el arrendamiento de espacios publicitarios de la infraestructura deportiva bajo su administracion. 4. Otros asignados a su favor.

CAPITULO MORDAZA DE LOS RECURSOS DE LAS FEDERACIONES
Articulo 88º.- Recursos de las Federaciones Deportivas Nacionales (FDN) Constituyen recursos propios de las Federaciones Deportivas Nacionales: 1. El apoyo y/o las transferencias que les pueda brindar el Instituto Peruano del Deporte. 2. Las donaciones, legados y las rentas generadas por sus actividades y bienes patrimoniales. 3. Las cuotas de afiliacion de sus organismos de base. 4. Los generados por el alquiler de espacios publicitarios de la infraestructura administrativa bajo su administracion.

TITULO MORDAZA CAPITULO PRIMERO REGIMEN ECONOMICO Y ADMINISTRATIVO
Articulo 84º.- Recursos del IPD Son recursos del Instituto Peruano del Deporte los siguientes:

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