Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2003 (25/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de junio de 2003

esta relacionado a una actividad especifica de caracter nacional, regional o metropolitano y ademas, el terreno no se encuentra sobre una via de importancia; recomendando el cambio a Comercio Sectorial - C3, el cual admite actividades exclusivamente comerciales (tiendas y oficinas) y que el recurrente presente el estudio de Planeamiento Integral. De conformidad con lo opinado por la Comision Permanente de Desarrollo MORDAZA y Nomenclatura mediante Dictamenes Nºs. 124-2002 y 023-2003-MML-CDU y Dictamen Nº 086-2003-CAL-MML de la Comision de Asuntos Legales; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE MORDAZA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE ATE Articulo Unico.- Modificar el Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, del terreno de 42,069.82 m2, ubicado en Parcela 5A-1 del ex Fundo Mayorazgo, calificado como MORDAZA Arqueologica - Area Paisajista OU a Comercio Sectorial - C3, toda vez fuera desafectado por el Instituto Nacional de Cultura como MORDAZA arqueologica "Puruchuco - Huaquerones" y porque la MORDAZA posee areas de uso residencial y de servicios de equipamiento que no cuentan con zonas de comercio de MORDAZA sectorial cercanas que le permitan su abastecimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio de dos mil tres. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 11817

Que, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, senala en su articulo 19º que estan exonerados en los procesos de licitacion publica o concurso publico o adjudicacion directa segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando en dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia u oficio; Que, por su parte el articulo 20º del mismo cuerpo legal, senala que las adjudicaciones y contrataciones MORDAZA referidas se realizan en MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo aprobarse mediante acuerdo de concejo; Que, asimismo el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001 senala en su articulo 105º que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que determina la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de menor cuantia, la municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de obtencion por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en la base da la autorizacion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante informe de vistos opina que los servicios de fiscalizacion, asesoria y procuraduria de rentas municipales que requiere esta Municipalidad, ante las acreencias tiene caracter personalisimo; Estando a lo expuesto al Informe Nº 129-2003-AFDM/ 00-MDEA de la Oficina de Administracion y Finanzas de esta Comuna y en uso de las atribuciones que le confiere el inciso 23) articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, por MORDAZA en mayoria el Concejo de El Agustino; ACUERDA: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la Empresa J.J. & W. Ltda., para la fiscalizacion, asesoria y procuraduria de las acreencias tributarias y no tributarias que tiene la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, de las Empresas Edelnor, Luz del Sur, Telefonica y Gas de Camisea. El valor referencial a recaudar asciende a la suma de S/. 1'500.000 Nuevos Soles. La fuente de financiamiento es egreso con cargo a la fuente 09 recursos directamente recaudados. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente acuerdo de concejo. Articulo 3º.- Disponer que la Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y el informe que sustenta la exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- La Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales queda encargada de la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11860

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para fiscalizacion, asesoria y procuraduria de acreencias tributarias y no tributarias que tiene la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054-A-2003-SEGE-06-MDEA

El MORDAZA, 11 de junio de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En sesion ordinaria del 11 de junio del 2003 el Informe Nº 132-2003-DIRENT-MDEA de la Direccion de Rentas y el Informe Legal Nº 217-2003DAJ-MDEA de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 132-2003-DIRENT-MFDEA la Direccion de Rentas acredita la necesidad de contratar los servicios de una persona natural o juridica especializada en fiscalizacion, asesoria y procuraduria, para la recuperacion de la deuda tributaria y no tributaria de las empresas Edelnor, Luz del Sur, Telefonica y Gas de Camisea;

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