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PÆg. 246601 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de junio de 2003 a fin de garantizar la debida continuidad de los órganos resolutivos concursales; Que, consecuentemente, corresponde incluir en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI,el referido proceso de selección de conformidad con lo señalado en el artículo 8º del Reglamento del Texto Único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;En uso de las facultades que confiere el inciso d) del Artículo 42º del Decreto Ley Nº 25868; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones del INDECOPI correspondienteal ejercicio 2003, incluyendo el siguiente proceso: N. TIPO DE OBJETO CIIU SÍNTESIS DE FECHA MONEDA V ALOR UNIDAD CAN- FUENTES DE NIVEL DE Ubigeo REF PRO- ESPECIFICACIONES PROB. ESTIMADO MEDIDA TIDAD FINANC. DESCENT. CESO TÉCNICAS CONV. Y DESCONC. Depart. Prov. Dist. 1 8 Servicio 7414Servicio de Asesoría Junio Soles 66 500,00 10 1 9 Lima 15 01 30 Penal Especializada Artículo Segundo.- La Gerencia de Administración de- berá poner en conocimiento del Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE yde la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microem- presa - PROMPYME la presente Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes a su expedición. Artículo Tercero.- El Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI para el año 2003 se encuen-tra a disposición del público en general en el portal del INDECOPI: www.indecopi.gob .pe o en el Area de Logística y Control Patrimonial ubicada en la sede central del INDE-COPI Calle La Prosa Nº 138, San Borja, donde podrán ad- quirirlo pagando la tasa correspondiente al costo de su re- producción. Regístrese, publíquese y archívese.FERNANDO ARRUNATEGUI MARTÍNEZ Gerente General 11777 Aprueban exonerar proceso de selección para contratar servicios de asesoría le- gal penal especializada en el Æmbito con-cursal y autorizan contratación median-te proceso de adjudicación de menorcuantía INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 049-2003-INDECOPI/DIR Lima, 18 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estable-ce que la contratación de servicios personalísimos por parte de las entidades del Estado se encuentra exonerada de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, quedando sujeta al proceso de adjudicación di- recta de menor cuantía de acuerdo a lo previsto por el Artículo 20º de dicha Ley; Que el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que loscontratos por servicios personalísimos son aquellos cele- brados con personas naturales o jurídicas en los que se tiene en cuenta como requisito esencial a la persona quepresta los mencionados servicios, ya sea por sus caracte- rísticas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que los Artículos 105º y 116º del referido Reglamento esta- blecen el procedimiento que debe seguirse respecto de las con- trataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de se-lección, debiendo determinarse la dependencia que se encargará de realizar la contratación exonerada, de acuerdo al monto invo- lucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación; Que asimismo, el Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM, señala que las instituciones y organismos del Poder Ejecuti- vo pueden contratar servicios especializados en asesoría le-gal, en caso que sus funcionarios sean demandados, admi- nistrativa, civil o penalmente por actos, omisiones o decisio- nes adoptadas en el ejercicio regular de sus funciones;Que con ocasión de los distintos procedimientos que se tramitan ante las Comisiones Delegadas de Procedi- mientos Concursales del Indecopi, diversos usuariosdel Sistema Concursal vienen cuestionando los pronunciamientos y/o la actuación administrativa reali- zada por las distintas instancias de la autoridad con-cursal, a través de la interposición de denuncias pena- les contra los funcionarios de la institución, a partir de las cuales se busca impedir, dificultar, o retrasar la eje-cución de las resoluciones expedidas en los respecti- vos procedimientos concursales; Que es necesario adoptar acciones que garanticen el normal desarrollo de las funciones de la autoridad concur- sal y, en general, de los funcionarios de la institución com- prendidos en las respectivas denuncias penales, para locual resulta preciso la contratación de asesoría legal es- pecializada en el ámbito penal concursal, hasta por un monto total de S/. 66 500,00 nuevos soles, de modo quepueda afrontarse la actividad procesal que se deriva de las denuncias penales promovidas contra los funcionarios de la institución; Que de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 028- 2003/GEL de la Gerencia Legal del INDECOPI, se deter- mina que el Estudio León Pastor & Azabache, Abogados,cuenta con la especialización pertinente en Derecho Penal y brinda asesorías legales preventivas y en gestión públi- ca con profesionales con amplia experiencia en la citadaespecialidad, como es el caso del abogado César Azaba- che Caracciolo, profesional del Derecho con estudios de especialización en la materia, docente en la Pontificia Uni-versidad Católica del Perú, en la Universidad de Lima y en la Academia de la Magistratura, quien además ha ejercido la defensa en representación del Estado como ProcuradorAdjunto en distintas instancias nacionales e internaciona- les; desempeñándose igualmente como conferencista y panelista en temas de administración de justicia en mate-ria penal; Que la contratación de los servicios de asesoría legal- penal citada en el considerando precedente se encuentraenmarcada dentro de los alcances del Artículo 19º inciso h) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Artículo 111º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, y con los Artículos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 113-2001-PCM, y estando a lo expuesto en el Informe Técnico - Legal Nº 028-2003/GEL-INDECOPI;