TEXTO PAGINA: 29
PÆg. 246603 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de junio de 2003 tación del servicio de mantenimiento preventivo y correcti- vo de grupos electrógenos de las Aduanas de Lima Metro-politana; Que de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, y el Artículo 26º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, medianteResolución de Superintendencia Nº 196-2002/SUNAT, se declara la nulidad del proceso de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 017-2002-ADUANAS; Que el Artículo Primero de la citada Resolución de Superintendencia hace referencia a la Adjudicación Direc- ta Selectiva Nº 024-2001-ADUANAS y no a la Adjudica-ción Directa Selectiva Nº 017-2002-ADUANAS; Que asimismo, el referido artículo dispone la nulidad de las bases del citado proceso de selección, por lo quecorresponde retrotraer dicho proceso a la etapa de elabo- ración de las bases, para su reformulación con arreglo a ley; Que resulta pertinente la modificación del Artículo Pri- mero de la Resolución de Superintendencia Nº 196-2002/ SUNAT, de acuerdo a lo establecido en el considerandoprecedente; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; y, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Adminis-trativo General; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el Artículo Primero de la Resolución de Superintendencia Nº 196-2002/SUNAT, enlos siguientes términos: "Artículo Primero.- Declarar la Nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 017-2002-ADUANAS, en mérito a las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Resolución; en consecuencia, retrotraer el proceso a laetapa de elaboración de las bases y disponer que el Comi- té Especial designado proceda a su reformulación con arre- glo a ley." Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 11792 Amplían disposiciones para la declara- ción y/o pago de obligaciones tributariasmediante el Sistema de Pago FÆcil SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 125-2003/SUNAT Lima, 24 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que el primer párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario aprobado por Decre- to Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias señalaque el pago se efectuará en la forma que señala la Ley, o en su defecto el Reglamento, y a falta de éstos, mediante Resolución de la Administración Tributaria; Que el penúltimo párrafo del artículo 88º del TUO de Código Tributario faculta a la Administración Tributaria para establecer la forma y condiciones para la presentación delas declaraciones rectificatorias; Que el último párrafo del artículo 12º del TUO de la Ley del Régimen Único Simplificado – RUS aprobado por elVISTOS: El Oficio Nº 1003-2003/ZRNºXI-JZ, de 18 de junio de 2003, mediante el cual se comunica la designación de re- presentantes de las instituciones que conforman el Segun-do Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 063-2002-SUNARP/SN de 19 de febrero de 2002, se constituyó el Primer Consejo Consultivo de la Oficina Registral Los Libertadores Wari, hoy Zona Registral Nº XI - Sede Ica; Que, mediante Resolución Nº 599-2002-SUNARP/SN de 12 de diciembre de 2002, se precisó que el período de un año para el cual fueron designados los miembros de losConsejos Consultivos de las Zonas Registrales de la SUNARP, se computa a partir de la fecha de instalación del Consejo Consultivo correspondiente; Que, habiendo vencido el mandato de los representantes de las instituciones que integran el Primer Consejo Consulti- vo de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica, es oportuno recono-cer los valiosos aportes recibidos en beneficio de la Institu- ción, a la vez que destacar la conformación del Segundo Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI - Sede Ica; Que, es importante fomentar la participación ciudada- na como expresión del sistema democrático; De conformidad con lo dispuesto en el literal v) del Ar- tículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por R.S. Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Agradecer a los señores miembros del Primer Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica 2002 - 2003. Artículo 2º.- El Segundo Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº XI-Sede Ica 2003 - 2004, queda conformado de la siguiente manera: REPRESENTANTE INSTITUCIÓN Dr. Rubén Cipriano Choque Bellido Colegio de Abogados de Ica Ing. Juan Pineda Morán Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Ica Dra. Ana Jara Velásquez Colegio de Notarios de Ica Dr. Nelson Dimas Ortiz y Rivas Cámara de Comercio y Producción de Ica Dr. Gino Barnuevo Cuéllar Municipalidad Provincial de Ica Dr. Armando Buendía Navea SUNARP Arq. Wilfredo Andrade Yp Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 11803 SUNAT Modifican artículo de la Res. N” 196- 2002/SUNAT SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 124-2003/SUNAT Lima, 23 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que ADUANAS convocó al proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 017-2002-ADUANAS, para la contra-