Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

calde dictar Resoluciones de Alcaldia con sujecion a las Leyes y Ordenanzas; Que, a merito de la Resolucion de Alcaldia Nº 1010-98MDSMP, se designo como Ejecutor Coactivo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que el citado Funcionario ha renunciado a la plaza que venia desempenando, habiendo sido formalizado mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 1362003-AL/MDSMP, siendo necesario reemplazarlo y en cumplimiento de la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecucion Coactiva y por Resolucion de Alcaldia Nº 369-2003AL/MDSMP, del 16 de MORDAZA del 2003, se Convoco a Concurso Publico de Meritos Nº 001-2003-MDSMP, para designar al Ejecutor Coactivo; resultando como ganador el senor abogado MORDAZA MORDAZA MENDIVIL MORDAZA, para ocupar la mencionada Plaza; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 6 de junio del 2003 al Sr. abogado MORDAZA MORDAZA MENDIVIL MORDAZA, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- Dar por concluida la encargatura senalada en la R.A. Nº 168-2003-AL/MDSMP. Articulo Tercero.- La designacion MORDAZA referida sera puesta a conocimiento de las entidades que corresponda a fin de que se le brinde las facilidades en el desempeno de sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12071

cimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales o de servicios, por lo que busca que todos estos establecimientos y/o locales se adecuen a la presente normatividad vigente; POR TANTO: Estando a los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, aprobo la siguiente: ORDENANZA PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACION DE APERTURA Y FUNCIONAMIENTO CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto de la Ordenanza.- La presente Ordenanza regula el tramite y el procedimiento administrativo correspondiente para la obtencion de la Autorizacion de Apertura y Funcionamiento de establecimientos en el distrito de San Miguel. Cuando en esta Ordenanza se mencione "Autorizacion" debe entenderse que se trata de la Autorizacion de Apertura y Funcionamiento. Articulo 2º.- Presunciones.- El procedimiento para el otorgamiento de la Autorizacion se rige por la presuncion de veracidad de las personas que se presentan a solicitar la autorizacion: - Dicen la verdad, presentan documentos licitos y actuan de buena fe. - Conocen las normas legales y administrativas que rigen el presente procedimiento y/o que actuan asesorados por profesionales competentes. - Conocen que la fiscalizacion que corresponde ejercer a la Municipalidad es posterior, siendo su obligacion facilitar el ejercicio. - Conocen que quienes proporcionan informacion falsa y burlen la buena fe de la Administracion Municipal seran sancionadas administrativamente, sin perjuicio de la responsabilidad civil y/o penal. Articulo 3º.- Obligatoriedad de la Autorizacion.Toda persona natural o juridica que va a desarrollar una actividad comercial, industrial, profesional y/o de servicios, en forma permanente, en un establecimiento o local ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, esta obligada a obtener la Autorizacion de Apertura y Funcionamiento. Aquellos que pretenden desarrollar actividades en mas de un local o ubicacion deben obtener Autorizacion por cada uno de sus locales o ubicaciones, aunque las actividades MORDAZA complementarias a su giro principal. Articulo 4º.- Exencion a la obligatoriedad de la Autorizacion.- Estan exentos del pago para la obtencion de la Licencia de Apertura de Establecimiento: a) Las dependencias del Gobierno Central y/o Regional. b) Las representaciones diplomaticas y consulares. c) Las dependencias de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. d) Los templos, monasterios y establecimientos similares cualquiera sea el credo religioso. e) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. f) Las organizaciones politicas debidamente acreditadas ante el organo competente. Cabe precisar que, dichas entidades deberan cumplir con la obligacion formal de tramitar la Autorizacion correspondiente. A la MORDAZA de la solicitud debera adjuntarse el Certificado de Compatibilidad de Uso expedido por esta Administracion que acredite la adecuacion a la zonificacion vigente. Articulo 5º.- Vigencia de la Autorizacion.- La Autorizacion de Apertura de Establecimiento tiene vigencia indeterminada de conformidad al Articulo 71º de la Ley Nº 27180, Ley que modifica diversos articulos del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, de fecha 5 de octubre de 1999. Los poseedores de Licencia de Apertura de Establecimiento estan obligados a presentar ante la Municipalidad una declaracion jurada de permanencia en el mes de enero de cada ano, conforme a los formatos que la Administra-

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza para el otorgamiento de la autorizacion de apertura y funcionamiento de establecimientos
ORDENANZA Nº 14-2003-MDSM San MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de San MORDAZA, en Sesion de Concejo, de fecha 19 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru - Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 - establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 68º inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 establece que son funciones especificas de las municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales y/o servicios y el control de funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, a traves de la Ordenanza Nº 019-1998 se aprobo las normas para el otorgamiento de Licencia de Apertura de Funcionamiento, modificado por la Ordenanza Nº 03-2000, de fecha 14 de marzo del 2000 y Nº 142000, de fecha 23 de noviembre del 2000; Que, se hace de imperiosa necesidad contar con un MORDAZA normativo unico que regule el procedimiento para la obtencion de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento en el Distrito de San Miguel; Que, la presente administracion se encuentra abocada al ordenamiento progresivo y formalizacion de los estable-

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