Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003 VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Oficio Nº 081-2003-OAI/SNC/ML, de fecha 30 de MORDAZA del ano 2003, expedido por el Organo de Control Institucional de este Gobierno Local, en el cual se presentan los resultados de la investigacion en torno a las irregularidades en el otorgamiento de la Licencia de Construccion al Camal MAFINGESA; CONSIDERANDO: Que, con Memorandum Nº 022-2003-ALC/MDL, la Alcaldia encarga al Director de la Oficina de Auditoria Interna, se realice las investigaciones necesarias respecto a la Licencia de Construccion otorgada al Camal MAFINGESA; Que, con Oficio Nº 081-2003-OAI/SNC/ML, la Oficina de Auditoria Interna de la Municipalidad de Lurin, presenta los resultados de las investigaciones de la Licencia de Construccion Camal MAFINGESA, donde se establece que han sido verificados actos y hechos que podrian constituir vicios de nulidad de la Licencia de Construccion Nº 041-02-UDFT-AG-MUN-ZA-MI, otorgada al Camal MAFINGESA. Asi tambien se aprecian recomendaciones tendientes a profundizar el esclarecimiento del presente caso, en las que se dispone el traslado de los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su pronunciamiento, asi como la evaluacion tecnica y legal de la Recomendacion 16) del Informe Largo de Auditoria Externa al 31 de diciembre del 2001, emitida por la Sociedad Auditora MORDAZA Asociados S.C., designada por la Contraloria General de la Republica que senala "la prohibicion de funcionamiento del Camal MAFINGESA debido a que su funcionamiento es contrario a la salud y al medio ambiente."; Que, conforme al literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General, los informes resultantes de la accion de control emitidos por los Organos del Sistema, constituyen prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; En uso de las facultades conferidas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la implementacion de las recomendaciones resultantes de la investigacion en torno a las irregularidades en el otorgamiento de la Licencia de Construccion al Camal MAFINGESA, encargando la evaluacion tecnica a MORDAZA Exebio MORDAZA, Director de Secretaria Tecnica, asi como la evaluacion legal a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Asesoria Legal, otorgandoles para tales efectos un plazo de diez (10) dias utiles a partir de su notificacion. Articulo Segundo.- Trasladar a la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios el informe de la investigacion en torno a las irregularidades en el otorgamiento de la Licencia de Construccion al Camal Mafingesa, para su respectiva evaluacion y resolucion, otorgandoles para su cometido un plazo de sesenta (60) dias utiles a partir de su notificacion. Articulo Tercero.- Trasladar MORDAZA de esta disposicion a la Direccion de Secretaria Tecnica, Oficina de Asesoria Juridica, Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios para su conocimiento y accion inmediata. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 12042

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Amplian plazo de amnistia tributaria
ORDENANZA Nº 0027-MDPH Punta MORDAZA, 20 de junio del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 19 de junio del 2003, aprobo por unanimidad ampliar la Amnistia Tributaria otorgada a los residentes del distrito de Punta MORDAZA, para que se pongan al dia en el pago de sus obligaciones pendientes de pago correspondientes a los anos 1998 - 2002; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de este contexto, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, concordante con el Art. 74º de la Constitucion Politica del Estado, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99EF, senala expresamente que los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, existiendo el pedido de numerosos contribuyentes que desean obtener Beneficios Tributarios, que les permita regularizar sus adeudos tributarios de anos anteriores, lo que es entendible y a su vez expresar el reconocimiento del Concejo a los contribuyentes que cumplen oportunamente con cancelar sus obligaciones pendientes y siendo politica de la actual gestion municipal otorgar a sus contribuyentes las mayores facilidades para que cumplan con el pago de los tributos pendientes, se hace oportuno establecer un beneficio tributario (Amnistia) a fin de reducir los indices de morosidad e incumplimiento de pago; Que, habiendose otorgado mediante Ordenanza Nº 00262003-MDPH, Amnistia Tributaria inicialmente hasta el 31 de MORDAZA del ano en curso, la misma que posteriormente fue ampliada hasta el 30 de junio del presente ano, la que esta proxima a vencer; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y de conformidad al Acuerdo de Concejo Nº 0110-2003CDPH, se sanciona la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar hasta el 26 de MORDAZA del 2003, la Amnistia Tributaria que esta por vencer el proximo 30 de junio del 2003, a fin de que los contribuyentes de Punta MORDAZA, puedan ponerse al dia en el pago de las obligaciones tributarias pendientes correspondientes a los de 1998 - 2002, por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion, Direccion de Rentas y Unidades respectivas el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como la ejecucion de la difusion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 11989

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