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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (28/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 85

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G36/G38/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de junio de 2003 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6C/G61/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G72/G20/G79/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G2D/G72/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G76/G69/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2003-GRAREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO;Que, la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley Nº 27902, establece enla estructura orgánica del Gobierno Regional, al Consejo Regional, como su órgano normativo y fiscalizador; Que, la Ley Nº 27879 de Presupuesto del Sector Públi- co para el año 2003, prevé en sus normas de ejecución del gasto público, artículo 5.7 que los Gobiernos Regionales con acuerdo de sus Consejos Regionales están facultadospara evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversión pública, facultad que debe delegarse en la perso- na del Presidente a efecto de darle agilidad y operatividada este trámite dentro del Sistema de Inversión Pública; Ha aprobado: Artículo Primero.- Delegar en el Presidente del Go- bierno Regional de Arequipa la facultad de evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversión públi-ca, conforme lo establecen las Resoluciones Ministeria- les Nº 421-2002-EF/15 y 067-2003-EF/15, previa opi- nión favorable de las respectivas comisiones del Con-sejo Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re- gional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa a los dieciséis días del mes de abril del dos mil tres. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los dieciséis días del mes de abril del dos mil tres. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Gobierno Regionalde Arequipa 08657 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G69/G73/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G2D /G67/G69/GF3/G6E/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G69/G73/G63/G6F/G20/G79/G20/G73/G75/G73/G64/G65/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G63/G65/G72/G65/G6D/G6F/G6E/G69/G61/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G2D/G74/G6F/G63/G6F/G6C/G61/G72/G65/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2003-GRAREQUIPA El Consejo Regional de Arequipa; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, el Gobierno Regional de Arequipa, tiene por fi- nalidad esencial, la de fomentar el desarrollo regional sos-tenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Re- gionales", modificada por la Ley Nº 27902, establece en su artículo 38º que el Consejo Regional, como órgano norma-tivo del Gobierno Regional, tiene la atribución de normar asuntos de carácter general; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 044-2003- PRODUCE, se declara el día 8 de febrero de cada año,como el DÍA DEL PISCO SOUR, a nivel nacional; Que, la Región Arequipa es conocida a nivel nacional e internacional por ser zona productora de Uva y laelaboración de Vinos y Piscos, lo que le ha merecido ganar, en variadas oportunidades de su historia, los pri- merísimos lugares en Concursos Nacionales; Que, para la preparación del "Characato Sour", Pis- co Sour y otros derivados, es utilizado el Pisco, por lo que resulta necesario, promover el consumo de los ape-ritivos netamente peruanos que son reconocidos a nivel internacional; Estando a lo acordado en la Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, llevada a cabo el 21.4.03 en la ciudad de Caravelí; Ha aprobado: Artículo Primero.- Declarar como brindis oficial de la Región Arequipa el uso del Pisco y sus derivados en todas las ceremonias públicas y protocolares. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Arequipa para su promulgación. En la ciudad de Arequipa a los cinco días del mes de mayo del dos mil tres. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente en Ejercicio del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los cinco días del mes de mayo del dos mil tres. JESÚS GUSTAVO CHIRINOS ZEGARRA Presidente en Ejercicio del Consejo Regional de Arequipa 10126 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/GE9/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G74/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4C/G6F/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G41/G74/G69/G71/G75/G69/G70/G61 ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2003-GRAREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:El Gobierno Regional de Arequipa, en mérito a lo dis- puesto por el artículo 13º de la Ley Orgánica de Gobier-nos Regionales, Ley Nº 27867, que considera que el Con- sejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional de Arequipa, tiene por fi- nalidad esencial, la de fomentar el desarrollo regional sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y elempleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes; Que, el desarrollo regional referido comprende la apli- cación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo, entre otros, en materia ambiental a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condi-ciones que permitan la conservación del medio ambiente en el territorio regional; Que, en la provincia de Caravelí se encuentran ubica- das las Lomas de Atiquipa, frágil ecosistema que guarda significativos restos arqueológicos de culturas prehispáni- cas, y así mismo alberga importantes recursos de flora y