Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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cion Municipal establecera mediante Decreto de Alcaldia y distribuira en forma gratuita, en el que se exprese la permanencia en el giro o giros autorizados y el mantenimiento de los requisitos que dieron origen a la autorizacion. El incumplimiento de la MORDAZA de la declaracion jurada de permanencia dentro del plazo establecido acarrea la imposicion de la multa administrativa, gozando el infractor de un plazo adicional de 30 dias para regularizar la MORDAZA de la declaracion jurada, caso contrario de oficio la administracion declarara de baja la Licencia Municipal de Funcionamiento otorgada. Articulo 6º.- Requisito especial previo.- La obtencion de la Autorizacion de Apertura y Funcionamiento supone previamente contar con el Certificado de Compatibilidad de Uso y Zonificacion, que determine que el giro o giros a desarrollar son compatibles con el lugar o ubicacion del establecimiento donde se va a desarrollar dicha actividad con sujecion al plano de zonificacion del distrito y el Indice de Usos aprobado por la Municipalidad de Lima. De existir mas de un giro a desarrollarse, estos deberan ser compatibles o tener relacion con el principal. Para obtener el Certificado de Compatibilidad de Uso y Zonificacion, se debera adquirir el formulario preimpreso y valorado establecido por la Municipalidad, el mismo que debera ser presentado en la Unidad de Tramite Documentario, adjuntandose el pago de los derechos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, derivandose a la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA para su aprobacion previa inspeccion ocular y revision del plano de zonificacion del distrito y el Indice de Usos, en atencion al giro solicitado. Articulo 7º.- Horario establecido.- El horario establecido para el funcionamiento de las actividades comerciales, industriales, profesionales y/o servicios, que cuenten con Licencia de Apertura y Funcionamiento, dentro del ambito de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA, debera entenderse hasta las 23:00 horas, y en caso de requerir la ampliacion del horario establecido, se debera solicitar a la Municipalidad, la ampliacion del mismo mediante el tramite de la Autorizacion Especial de Funcionamiento. Articulo 8º.- Excepcion.- Quedan excluidos de solicitar la Autorizacion Especial de Funcionamiento, aquellos giros contemplados en los Codigos Nº 112 y 114 de conformidad al Indice de Usos aprobado por la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana mediante Resolucion de Alcaldia Nº 182-95/MML-AM-SMDU, de fecha 8 de octubre de 1995. Articulo 9º.- Actividades que se rigen por normas distintas.- La autorizacion correspondiente para actividades temporales, especiales y otras, se rigen por sus normas especiales. CAPITULO II: TRAMITACION Articulo 10º.- Titularidad de la Autorizacion.- Se considera titular de la Autorizacion a la persona natural o juridica que conduce el negocio o actividad, la que esta obligada a solicitar directamente o por medio de apoderado o de representante. Articulo 11º.- Actos para lo que se requiere Autorizacion.Se requiere la Autorizacion para: a) La apertura de locales con el objeto de desarrollar actividades indicadas en el Articulo 3º. b) Cambio de nombre, denominacion o razon social del negocio. c) Cambio o ampliacion de giro. d) Ampliacion o reduccion del area del establecimiento. Articulo 12º.- Para el caso de aquellos contribuyentes que cambien de nombre, denominacion o razon social del negocio, deberan adjuntar los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA y pago de Derecho de Tramite 2. El propietario contribuyente debera presentar Declaracion Jurada. Si es poseedor o inquilino, documento que acredite la condicion de tal. 3. MORDAZA de la ficha registral (en caso de ser Persona Juridica)

4. MORDAZA autenticada del R.U.C. vigente 5. MORDAZA de la Libreta Electoral o D.N.I. 6. Pago de Derecho de Certificado correspondiente. Concluido el tramite respectivo se procedera a emitir el MORDAZA Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento correspondiente. Articulo 13º.- Obligacion de renovar la Autorizacion.- Las personas naturales o juridicas que cuenten con Autorizacion y que decidan efectuar alguno de los actos previstos en los incisos c) y d) del Articulo 11º de la presente Ordenanza, deberan solicitar la renovacion de su Autorizacion MORDAZA de producirse el hecho que la motiva. CAPITULO III: PROCEDIMIENTO Articulo 14º.- Procedimiento para obtener la Autorizacion.- Para obtener la Autorizacion se puede seguir, segun corresponda: a) Procedimiento de Otorgamiento Automatico o Provisional b) Procedimiento de Verificacion Previa o Definitiva. Articulo 15º.- Procedimiento de Otorgamiento Automatico o Provisional.- Pueden acogerse al procedimiento automatico las personas naturales o juridicas que pretendan desarrollar las actividades descritas en el Articulo 3º y que se encuentren enmarcadas dentro de lo establecido en la Ley Nº 27268 - Ley General de la Pequena y Microempresa, de fecha 27 de MORDAZA del 2003 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2000-ITINCI, de fecha 27 de setiembre del 2000. Las personas que pretendan desarrollar actividades comerciales en zonas residenciales tambien podran acogerse a este procedimiento siempre que el predio donde se pretende funcionar reuna los requisitos de zonificacion de acuerdo al Indice de Usos y hubiese sido construido para uso comercial. Articulo 16º.- Procedimiento de Verificacion Previa o Definitiva.- Pueden acogerse al procedimiento de verificacion previa las personas naturales o juridicas que pretendan desarrollar las actividades descritas en el Articulo 3º, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Articulo 17º de la presente Ordenanza. La verificacion previa la realizara la Administracion en un lapso no mayor de 30 dias habiles en la que se MORDAZA entrega del Certificado correspondiente. Articulo 17º.- Requisitos para obtener la Autorizacion.- Para obtener la Autorizacion, el solicitante debera presentar la siguiente documentacion: 1. Solicitud dirigida al MORDAZA y pago de Derecho de Tramite. 2. Certificado de Zonificacion y Compatibilidad de Uso. 3. El propietario contribuyente debera presentar Declaracion Jurada. Si es poseedor o inquilino documento que acredite la condicion de tal. 4. MORDAZA de la ficha registral (en caso de ser Persona Juridica). 5. MORDAZA autenticada del R.U.C. vigente. 6. Declaracion Jurada de Responsabilidad. 7. Declaracion Jurada de medicamentos y extintor. 8. MORDAZA de la Libreta Electoral o D.N.I. 9. Derecho de Certificado. Asi como, otros requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 028-2001-MDSM, que aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, de fecha 10 de diciembre del 2001. Las copias que se requieren en los incisos 4), 5) y 8) deberan ser autenticadas por el Fedatario Municipal. Cuando el interesado deba seguir el procedimiento de verificacion previa, no puede iniciar actividades sin contar con la Resolucion Jefatural y el Certificado de Autorizacion de Funcionamiento. Articulo 18º.- Otros requisitos.- Los interesados en la obtencion de la Autorizacion de Apertura y Funcionamiento para los establecimientos dedicados a estaciones de servicio y/o puestos de venta de combustibles, asi como venta de gas licuado de petroleo declararan bajo juramento, que cuentan adicionalmente con los siguientes requisitos sin perjuicio de su verificacion posterior:

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