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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (28/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G36/G38/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 28 de junio de 2003 Que, ante la situación problemática creada por la des- aparición de las tierras agrícolas y verdes en general, debe adoptarse las medidas del caso para revertir la situación anotada, por lo que resulta procedente la expedición deuna norma que declare la intangibilidad de los terrenos agrí- colas y áreas verdes en general; Ha aprobado: Artículo Primero.- Declarar la Intangibilidad de los te- rrenos agrícolas y áreas verdes en general en el ámbito dela Región Arequipa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Invocar a los Concejos Municipa- les del ámbito de la Región Arequipa, para que en sus res- pectivos planes directores incorporen la intangibilidad de- clarada en el artículo anterior, en razón de sus compe-tencias. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Arequipa para su promulgación.En Arequipa a los veintiún días del mes de marzo del dos mil tres. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Are- quipa, a los treintiún días del mes de marzo del dos mil tres. DANIEL ERNESTO VERA BALLÓN Presidente del Gobierno Regional de Arequipa 08653 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79 /G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2003-GRAREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Re- gionales, modificada por Ley Nº 27902, establece en laestructura orgánica del Gobierno Regional, al Consejo Re- gional, como su órgano normativo y fiscalizador; Que, habiéndose puesto a consideración del Conse- jo Regional las modificaciones a la Estructura definitiva y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobier- no Regional; Ha aprobado: Artículo Único.- Aprobar la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobier-no Regional de Arequipa, el mismo que está compuesto de VIII Títulos, XIX Capítulos, 132 artículos y dos disposicio- nes complementarias. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los treintiuno días del mes de marzo del dos mil tres. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Consejo Regionalde Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Are- quipa, a los dos días del mes de abril del dos mil tres. DANIEL ERNESTO VERA BALLON Presidente del Gobierno Regionalde Arequipa REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU